Disponen la suspensión de labores académicas y administrativas del viernes 7 al lunes 10 de diciembre en instituciones educativas que servirán como local de votación en el Referéndum Nacional y la Segunda Elección del proceso de Elecciones Regionales del domingo 9 de diciembre
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 670-2018-MINEDU
Lima, 5 de diciembre de 2018
VISTOS, el Expediente N° MPT2018-EXT-0232748, el Informe Nº 528-2018-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE de la Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, y el Informe N° 01262 -2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 101-2018-PCM y el Decreto Supremo Nº 112-2018-PCM, el Presidente de la República convoca, para el día domingo 9 de diciembre de 2018, a Referéndum Nacional y a Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales de Gobernadores y Vicegobernadores Regionales llevado a cabo el pasado domingo 7 de octubre, respectivamente;
Que, el artículo 65 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que los locales en que deban funcionar las mesas de sufragio son designados por las oficinas descentralizadas de procesos electorales; y el artículo 213 de la misma Ley, señala que el Coordinador Electoral se instala dos días antes de las Elecciones;
Que, mediante el Oficio N° 000117-2018-JN/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha solicitado al Ministerio de Educación, que se disponga que durante los días viernes 7, sábado 8 y lunes 10 de diciembre de 2018, se suspenda las labores académicas y administrativas en las instituciones educativas, a efectos de poder cumplir con las actividades electorales de recepción y acondicionamiento de las instituciones educativas que servirán como local de votación;
Que, el numeral 5.2.2 de las "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 657-2017-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial N° 070-2018-MINEDU, establece que la calendarización en las instituciones educativas debe tener en cuenta las fechas de inicio y término del año escolar y cumplirse las horas lectivas mínimas establecidas;
Que, en atención a ello, a través del Informe Nº 528-2018-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE, la Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, emite opinión favorable respecto a la solicitud de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, referida a la suspensión de labores académicas y administrativas desde el día viernes 7 al lunes 10 de diciembre de 2018, en las instituciones educativas que servirán como local de votación en el Referéndum Nacional y la Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales de Gobernadores y Vicegobernadores Regionales, convocados para el día domingo 9 de diciembre de 2018; habiéndose recomendado, que las instituciones educativas que servirán como local de votación, deberán reprogramar las clases, con la finalidad de cumplir con la totalidad de horas lectivas programadas;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer, excepcionalmente, la suspensión de labores académicas y administrativas del viernes 7 al lunes 10 de diciembre de 2018, para la realización de actividades electorales de recepción y acondicionamiento por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de las instituciones educativas que servirán como local de votación para el Referéndum Nacional y la Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales de Gobernadores y Vicegobernadores Regionales, convocados para el día domingo 9 de diciembre de 2018.
Artículo 2.- Disponer que las autoridades educativas reprogramen las actividades escolares establecidas para dichas fechas, a fin de cumplir con la calendarización del año escolar y las horas efectivas de clase establecidas por las "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", aprobadas por Resolución Ministerial N° 657-2017-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N° 070-2018-MINEDU.
Artículo 3.- Los directores de las instituciones educativas seleccionadas son responsables de cautelar que la Oficina Nacional de Procesos Electorales entregue los locales escolares luego del Referéndum Nacional y la Segunda Elección en el proceso de Elecciones Regionales de Gobernadores y Vicegobernadores Regionales; en las mismas condiciones de conservación en que fueron cedidos.
Artículo 4.- Las direcciones regionales de educación y las unidades de gestión educativa local, en el marco de sus atribuciones, supervisan el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación
[El Peruano: 06/12/2018]
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