ELECCIONES SEGUNDA VUELTA: Personeros pueden ser acreditados el domingo 4 ante locales y mesas de votación



ELECCIONES SEGUNDA VUELTA: Personeros pueden ser acreditados el domingo 4 ante locales y mesas de votación
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que los personeros de los centros de votación y de mesas de sufragio pueden ser acreditados directamente el domingo 4 de diciembre, día de la segunda elección regional, con el fin de ejercer dicha función y velar por los intereses de sus respectivas organizaciones políticas.

Indicó que los pasos y requisitos para tales acreditaciones, y su correspondiente reconocimiento, están establecidos en el Reglamento sobre la Participación de Personeros en Procesos Electorales aprobado por Resolución N° 0243-2020-JNE.

Dicha norma refiere, en su artículo 30, que tanto la solicitud de reconocimiento de personeros de los centros de votación, como de personeros ante las mesas de sufragio, se presentan ante los respectivos Jurados Electorales Especiales (JEE) hasta siete días calendario antes de la elección.

Una vez vencido dicho plazo, precisa el reglamento, los personeros legales pueden acreditar a los personeros de los centros de votación directamente ante los coordinadores que la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) haya asignado.

Asimismo, agrega la disposición, pueden acreditar a los personeros ante las mesas de sufragio, directamente ante el presidente de la mesa durante el día de la elección correspondiente, en este caso el 4 de diciembre.

La presencia de los personeros en los centros de votación es importante porque se encargan de coordinar y dirigir las actividades de sus representantes ante las mesas de sufragio, así como de coordinar con el personal de las ODPE. Su actividad se desarrolla únicamente el día de la elección.

Los personeros ante las mesas de sufragio, por su parte, tienen la atribución de presenciar y fiscalizar los actos de instalación, sufragio y escrutinio, durante el acto electoral.

De tener alguna observación, además, pueden presentar oportunamente diversos recursos que están contemplados en la normativa electoral, entre ellos la impugnación de la identidad del elector o a las cédulas de votación, así como solicitar la nulidad de la votación de la mesa por hechos pasibles de conocimiento de los miembros de mesa y de acuerdo con la normativa.

La segunda vuelta regional se realizará en Amazonas, Cajamarca, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Provincias, Moquegua, Pasco y Piura, donde 6 892 979 ciudadanos se encuentran habilitados para concurrir a las ánforas y elegir a sus respectivos gobernadores y vicegobernadores.



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