MINEDU establece criterios para la bonificación especial a docentes investigadores de universidades públicas (D. S. N° 032-2021-EF)



MINEDU establece criterios para la bonificación especial a docentes investigadores de universidades públicas (D. S. N° 032-2021-EF)
DECRETO SUPREMO TAMBIÉN ESTABLECE CONDICIONES PARA SU PERCEPCIÓN Y CRITERIOS PARA DETERMINAR LA RELACIÓN DE PROFESORES ORDINARIOS BENEFICIARIOS: El Ministerio de Educación destinará recursos adicionales para financiar un bono extraordinario para los docentes investigadores de las universidades públicas por un periodo de nueve meses.

A través del Decreto Supremo N° 032-2021-EF, publicado en diario oficial El Peruano, se establecieron los montos, criterios y condiciones para la Bonificación del Docente Investigador. De esta manera, los docentes ordinarios en la categoría de principal recibirán una bonificación especial de S/ 3778,66, los asociados S/ 2329 y los auxiliares S/ 1829. Cabe destacar que estos montos son aplicables para los docentes a tiempo completo o dedicación exclusiva. En el caso de los catedráticos que desarrollen sus labores a tiempo parcial, la bonificación se calculará de manera proporcional a las horas trabajadas.

Para el otorgamiento de esta bonificación, los docentes deberán cumplir con tres criterios: estar calificados en el Renacyt, en el grupo Carlos Monge o en el nivel I del grupo María Rostworowki al 31 de enero del año 2021; estar registrados como docentes ordinarios en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al mes de febrero del año 2021; y, por último, cumplir con la normativa interna de la universidad en lo que resulte aplicable a los docentes investigadores.

La norma también establece las obligaciones de la universidad pública que accede al financiamiento de dicha bonificación; así como el periodo de entrega y los mecanismos de interoperabilidad entre el Minedu, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) y las universidades públicas.

La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 autoriza al Minedu a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de las universidades públicas, hasta por un monto de S/ 144 millones. Dicho monto permitirá financiar, entre otros rubros, la implementación progresiva de la mencionada bonificación, cuyo otorgamiento está previsto en el artículo 86° de la Ley Universitaria.

Con esta disposición se busca fomentar la excelencia del servicio educativo universitario, a través del reconocimiento y fortalecimiento de la labor de investigación realizada por los docentes ordinarios en las universidades públicas, mediante el impulso y consolidación de la producción académica.








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