R. M. N° 060-2021-VIVIENDA.- Aprueban la «Metodología e indicadores de los criterios para el cofinanciamiento gradual y temporal de los costos de operación y mantenimiento de proyectos de saneamiento bajo la modalidad de Asociación Público Privada»



R. M. N° 060-2021-VIVIENDA.- Aprueban la «Metodología e indicadores de los criterios para el cofinanciamiento gradual y temporal de los costos de operación y mantenimiento de proyectos de saneamiento bajo la modalidad de Asociación Público Privada»
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

Aprueban la "Metodología e indicadores de los criterios para el cofinanciamiento gradual y temporal de los costos de operación y mantenimiento de proyectos de saneamiento bajo la modalidad de Asociación Público Privada"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2021-VIVIENDA


Lima, 10 de febrero de 2021

VISTOS:

El Informe N° 234-2020-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS y Memorando N° 68-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Memorándum N° 58-2021/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 025-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS), establecen que el Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, entre otros, en materia de saneamiento, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional;

Que, asimismo, el artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley Marco), establece que al MVCS, en su condición de Ente Rector en materia de saneamiento, le corresponde planificar, diseñar, normar y ejecutar las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia;

Que, el artículo 111 del TUO de la Ley Marco, establece que en los casos que, por delegación expresa, el Ente Rector otorgue al sector privado la explotación de los servicios de saneamiento, este se encuentra facultado para cofinanciar los costos de inversión de dichos proyectos; así como, excepcionalmente, según los criterios que establezca el Reglamento de la mencionada norma, puede cofinanciar los costos de operación y mantenimiento de manera gradual y temporal, lo que es determinado en el respectivo contrato;

Que, el párrafo 237-A.1 del artículo 237-A del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA (en adelante, Reglamento), establece que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 111 del TUO de la Ley Marco, excepcionalmente, el Ente Rector puede cofinanciar, de manera gradual y temporal, los costos de operación y mantenimiento de proyectos de saneamiento, bajo la modalidad de asociación público privada, aplicando para ello los criterios de acceso a los servicios de saneamiento y de sostenibilidad;

Que, los párrafos 237-A.2 y 237-A.3 del artículo 237-A del Reglamento, establecen que los criterios señalados en el considerando precedente son aplicados por la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento a los proyectos de saneamiento ejecutados bajo la modalidad de asociación público privada de titularidad del MVCS, en la fase de estructuración; y que la gradualidad y temporalidad del cofinanciamiento de los costos de operación y mantenimiento se determinan en dicha etapa;

Que, asimismo, el párrafo 237-A.4 del artículo 237-A del Reglamento, establece que el Ente Rector aprueba, mediante Resolución Ministerial, la metodología e indicadores de los criterios establecidos en el mencionado artículo;

Que, a través de los documentos de vistos, se sustenta y se emiten las opiniones técnicas favorables a la propuesta de "Metodología e indicadores de los criterios para el cofinanciamiento gradual y temporal de los costos de operación y mantenimiento de proyectos de saneamiento bajo la modalidad de Asociación Público Privada";

Que, en consecuencia, corresponde aprobar la "Metodología e indicadores de los criterios para el cofinanciamiento gradual y temporal de los costos de operación y mantenimiento de proyectos de saneamiento bajo la modalidad de Asociación Público Privada";

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA; y, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación


Apruébase la "Metodología e indicadores de los criterios para el cofinanciamiento gradual y temporal de los costos de operación y mantenimiento de proyectos de saneamiento bajo la modalidad de Asociación Público Privada", que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aplicación

La metodología e indicadores aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son aplicados por la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, a los proyectos de saneamiento ejecutados bajo la modalidad de asociación público privada de titularidad del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en la fase de estructuración.

Artículo 3.- Publicación y difusión

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

[El Peruano: 11/02/2021]






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