Modifican el alcance y los horarios establecidos para la Mesa de Partes Presencial de la Sede Central, de las Oficinas Regionales de Coordinación a nivel nacional; y en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, así como de la Mesa de Partes Virtual Externa, efectuada a través de la Res. Nº 00019-2020-SG/ONPE
RESOLUCIÓN Nº 000005-2021-SG/ONPE
Lima, 3 de febrero del 2021
VISTOS:
La Resolución de Secretaría General Nº 000019-2020-SG/ONPE mediante la cual se establecen los horarios de la Mesa de Partes Física y la Mesa de Partes Virtual Externa de la institución, para el proceso de Elecciones Generales 2021.
El Informe N.º 000172-2021-SGACTD-SG/ONPE de fecha 2 de febrero de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, mediante el cual presenta, la propuesta de atención para el horario de Mesa de Partes de manera presencial a nivel nacional y la Mesa de Partes Virtual Externa (MPVE), con el fin de garantizar la oportunidad para la presentación de la documentación correspondiente a las Elecciones Generales 2021 y trámite de solicitudes para la Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Regionales y Municipales del periodo 2019-2022;
CONSIDERANDOS
Mediante Resolución de Secretaría General Nº 000019-2020-SG/ONPE se establecieron los horarios extendidos de atención a la ciudadanía, a nivel nacional, en la Mesa de Partes Física y en la Mesa de Partes Virtual Externa de la institución, para el proceso de Elecciones Generales 2021, el mismo que empezó a regir a partir del 1 de enero del presente año;
Al respecto, la Sub Gerencia de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, mediante informe de vistos, considera necesaria nuevas medidas de atención para el horario de Mesa de Partes de manera presencial a nivel nacional y de manera virtual a través de la MPVE, con el fin de garantizar la oportunidad de la presentación de documentación correspondiente a las Elecciones Generales 2021 así como respecto al trámite de solicitudes para llevar a cabo Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Regionales y Municipales del periodo 2019-2022; además solicita que la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional garantice la disponibilidad del horario de la Mesa de Partes Presencial en las noventa y cuatro (94) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) ;
Siendo la Secretaría General el órgano de la Alta Dirección de la Oficina Nacional de Procesos Electorales responsable de la gestión documental de la entidad, de su tránsito hacia, desde y dentro de la entidad y encargada integralmente del trámite documentario, le corresponde adoptar las medidas necesarias para que en el contexto actual de Emergencia Nacional declarada por el Gobierno, mediante Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, pueda facilitarse la recepción documental, de manera acorde con las medidas sanitarias pertinentes establecidas por la autoridad sanitaria y que permitan a la institución la atención a la ciudadanía;
Conforme a lo solicitado por la Sub Gerencia de Atención al Ciudadano de la Secretaria General, en el informe de vistos, con la finalidad de garantizar la oportunidad para la presentación de la documentación correspondiente a las Elecciones Generales 2021 y trámite de solicitudes para Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Regionales y Municipales del periodo 2019-2022; se hace necesario viabilizar la recepción de documentación mencionada en horario solicitado, en las Oficinas Regionales de Coordinación y en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, a nivel nacional conforme al artículo 130 inciso 2) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
De conformidad con lo establecido en el artículo 15 y en el literal p) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014- J/ONPE y sus modificatorias;
Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el alcance y los horarios establecidos para la Mesa de Partes Presencial de la Sede Central, de las Oficinas Regionales de Coordinación a nivel nacional; y en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, así como de la Mesa de Partes Virtual Externa, efectuada a través de la Resolución Nº 00019-2020-SG/ONPE; en consecuencia, los horarios quedarán establecidos de la siguiente manera:
a) Mesa de Partes Presencial de la Sede Central, y de las ORC y de las ODPE a nivel nacional, en el horario de 8:30 horas a 16:30 horas, de lunes a viernes, a partir del 3 de febrero de 2021.
b) Mesa de Partes Virtual Externa, en el horario de 8:30 horas a 23:59 horas, e inclusive durante los días sábados, domingos y feriados, a partir del 3 de febrero de 2021.
c) Estos horarios ampliados de la Mesa de Partes Virtual Externa, que incluyen sábados, domingos y feriados de 08:30 horas hasta 23:59 horas, y de lunes a viernes de 16:31 horas hasta 23:59 horas, se habilitan exclusivamente para la presentación de la documentación correspondiente a las Elecciones Generales 2021 y para el trámite de solicitudes para Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Regionales y Municipales del periodo 2019-2022.
Articulo Segundo.- La Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional garantiza la disponibilidad del horario de la Mesa de Partes Presencial en las noventa y cuatro (94) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Generales 2021 y trámite de solicitudes para la Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Regionales y Municipales del periodo 2019-2022, en el horario de 8:30 horas a 16:30 horas, de lunes a viernes.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Jefatura de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, a la Sub Gerencia de Atención al Ciudadano de la Secretaria General, a la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional y a la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, para su cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas para que, en coordinación con la Sub Gerencia de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Secretaría General, realicen la difusión de la presente Resolución y sus alcances.
Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano, en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS
Secretario General
[El Peruano: 04/02/2021]
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