RES. N° 007-2021-SUNEDU/CD.- Aprueban el cambio de denominación de los programas y de los grados académicos comunicados por la Universidad de Piura



RES. N° 007-2021-SUNEDU/CD.- Aprueban el cambio de denominación de los programas y de los grados académicos comunicados por la Universidad de Piura
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA

Aprueban el cambio de denominación de los programas y de los grados académicos comunicados por la Universidad de Piura

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 007-2021-SUNEDU/CD


Lima, 26 de enero de 2021

VISTOS:

El documento SG 180/20 del 10 de diciembre de 2020 con Registro de Trámite Documentario N° 041705-2020-SUNEDU-TD presentado por la Universidad de Piura (en adelante, la Universidad) y el Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 0001-2021-SUNEDU-02-12 del 11 de enero de 2021 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic).

CONSIDERANDO:

1. Antecedentes

De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento.

El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico.

El Capítulo IV del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional que permite a la Sunedu verificar y garantizar que la modificación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional.

Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 003-2017-SUNEDU/CD del 26 de enero de 20171 (en adelante, Resolución de Licenciamiento), se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer servicio educativo superior universitario en su sede y filiales que en conjunto representan tres (3) locales ubicados en los departamentos de Lima y Piura, con una vigencia de ocho (8) años.

Asimismo, en la Resolución de Licenciamiento se le reconocieron sesenta y un (61) programas de estudio, de los cuales veinticinco (25) programas de estudio son conducentes a grado académico de Bachiller y Título Profesional, treinta y un (31) programas de estudio conducentes a grado académico de Maestro y cinco (5) a grado académico de Doctor. Posteriormente se crearon trece (13) programas de Maestrías; por lo que actualmente la Universidad cuenta con un total de setenta y cuatro (74) programas de estudio.

Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de julio de 2019, se modifica los artículos 15, 26, 27 y 28 del Reglamento de Licenciamiento e incorpora los artículos 29, 30 y 31; los mismos que establecen los supuestos para la modificación de licencia institucional; consignándose, además, los requisitos aplicables para cada uno de ellos.

El literal d) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, establece como uno de los supuestos de modificación de licencia institucional, el cambio de denominación y/o la creación de una mención, el cual resulta aplicable si se pretende, entre otros, cambiar la denominación de un programa que consta en la licencia institucional; siendo que, si la pretensión implica cambios en la malla curricular, objetivos del programa y perfil del egresado simultáneamente, les resulta aplicable requisitos de admisibilidad; por el contrario, si la pretensión no implica, la modificación de todos los elementos antes citados, solo se debe comunicar a la Sunedu sobre el cambio o creación respectivo2.

El 10 de diciembre de 20203, la Universidad informó la modificación de la denominación del programa de "Maestría en Agronegocios" a "Maestría en Dirección de Agronegocios"; así como, la nueva denominación del grado "Máster en Dirección de Agronegocios", para lo cual adjuntó el Acuerdo de Consejo Superior CS 2069/20 de fecha 30 de noviembre de 2020, mediante el cual el Consejo Superior aprobó el cambio de denominación citado precedentemente. Asimismo, adjuntó el Acuerdo de Consejo Superior CS 2068/20 de fecha 30 de noviembre de 2020, mediante el cual el Consejo Superior aprobó el cambio de la denominación del programa de "Maestría en Marketing" a "Maestría en Dirección Comercial"; así como la nueva denominación del grado "Maestro en Dirección Comercial".

El 5 de enero de 2021, mediante Oficio N° 0001-2021-SUNEDU-02-12, la Dilic informó a la Universidad que a efectos de determinar la pertinencia de la aplicación de los requisitos de admisibilidad establecidos en el literal d) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, debía presentar sobre los programas académicos de Maestría en Dirección de Agronegocios y Maestría en Dirección Comercial: (i) Planes de estudio actualizados, (ii) formatos de licenciamiento A4 y C1; y (iii) las equivalencias de los cursos actualizados, la entrada en vigencia de la actualización y la transitoriedad de su aplicación a los estudiantes, de conformidad con lo establecido en la Octava Disposición Complementaria del Artículo 4 de la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD.

El 8 de enero de 20214, la Universidad presentó los planes de estudio actualizados y formatos de licenciamiento A4 y C1 de los programas objeto de la presente resolución; adicionalmente remitió información respecto de las actualizaciones de planes de estudio.

La Universidad sustentó su petición en mérito a que los Acuerdos de Consejo Superior CS 2069/20 y CS 2068/20 del 30 de noviembre de 2020, aprobaron el cambio de la denominación del programa de "Maestría en Agronegocios" a "Maestría en Dirección de Agronegocios"5; y la nueva denominación del grado "Máster en Dirección de Agronegocios"; así como el cambio de la denominación del programa de "Maestría en Marketing" a "Maestría en Dirección Comercial" 6; y la nueva denominación del grado "Maestro en Dirección Comercial".

En dicho contexto, de la evaluación realizada del Plan de Estudios presentado como parte de la SMLI se identificó que la Universidad no ha realizado cambios simultáneos en su (i) malla curricular, (ii) objetivos del programa y (iii) perfil de egresado que ameriten la presentación de requisitos adicionales; por lo que, en atención a la normativa vigente, resulta pertinente atender a la solicitud de la Universidad.

2. Del Informe Técnico de Modificación de Licencia Institucional

Mediante el Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 0001-2021-SUNEDU-02-12 del 11 de enero de 2021, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar el cambio de la denominación de los programas objeto de la presente resolución y de los respectivos grados que otorgan, en los términos solicitados por la Universidad, en el marco de lo dispuesto en el literal d) del artículo 31.1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD.

Por lo tanto, lo solicitado por la Universidad significa un cambio respecto de la denominación de los programas objeto de la presente resolución y de los respectivos grados que otorgan, señalados en (i) el Anexo N° 1, distribución de los programas por local declarado, de la Resolución del Consejo Directivo N° 003-2017-SUNEDU/CD del 26 de enero de 2017 que otorga la licencia institucional a la Universidad y (ii) la tabla N° 04, autorización de programas académicos nuevos conducentes a grado académico de maestro y título, del Anexo N° 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 082-2018-SUNEDU/CD del 17 de julio de 2018 que modifica la licencia institucional de la Universidad, cambiándose las denominaciones de los programas "Maestría en Agronegocios" y "Maestría en Marketing" y de los correspondientes grados que otorgan, según el siguiente detalle:

DENOMINACIÓN VIGENTE Y MODIFICADA SEGÚN SOLICITUD DE UNIVERSIDAD

[DESCARGAR ANEXO]


En tal sentido, conforme con lo establecido en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG), en tanto este Consejo Directivo se encuentra conforme con el análisis expuesto en el Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 0001-2021-SUNEDU-02-12 del 11 de enero de 2021, el referido informe motiva y fundamenta la presente resolución, por lo que forma parte integrante de la misma.

Asimismo, en aplicación de la Resolución del Consejo Directivo N° 026-2016-SUNEDU-CD que aprueba el Reglamento de tratamiento de la información confidencial en los procedimientos administrativos de la Sunedu, se ha cumplido con la reserva de información con carácter confidencial que pudiera contener el informe antes señalado.

En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, en el numeral 15.1 del artículo 15 y en el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los artículos del 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, modificado por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD; y, a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 004-2021.

SE RESUELVE:

Primero. - APROBAR
el cambio de denominación de los programas y de los grados académicos comunicados por la Universidad de Piura, conforme se detalla a continuación:

[DESCARGAR ANEXO]


Segundo.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.

Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución y el Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 0001-2021-SUNEDU-02-12 del 11 de enero de 2021 a la Universidad de Piura, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente.

Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y del Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 0001-2021-SUNEDU-02-12 en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS
Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu

1 Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 27 de enero de 2017.

2 Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD.

Artículo 31.- Supuestos de modificación de licencia institucional:

31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modificación en los siguientes escenarios:

(...)

d) Cambio de denominación y/o creación de mención:

Si se pretende cambiar la denominación del programa o de la mención y/o crear una mención de un programa que consta en la licencia institucional. Si la pretensión implica, a su vez, cambios en la malla curricular, en los objetivos del programa y en el perfil de egresado, simultáneamente; son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento.

Si la pretensión no implica la modificación de todos los elementos antes citados en simultáneo, solo se debe comunicar a la Sunedu sobre el cambio o creación respectivo, sin perjuicio de las acciones de verificación posterior correspondientes.

3 Mediante Registro de Trámite Documentario (RTD) N° 041705-2020-SUNEDU-TD.

4 Mediante Registro de Trámite Documentario (RTD) N° 001192-2021-SUNEDU-TD.

5 La razón del cambio de denominación está en destacar que su programa se orienta a la formación de directivos, de acuerdo a lo mencionado en el objetivo del plan de estudio de la mencionada maestría: "Brindar a sus participantes una formación integral para la dirección de agronegocios y producción de alimentos de tal manera que cuenten con conocimientos y herramientas para la toma de decisiones en empresas que formen parte de clústers y cadenas agroalimentarias y agroindustriales y que tengan enfoque de sostenibilidad ambiental, social y económica.".

6 La razón del cambio de denominación está en destacar que su programa se orienta a la formación de directivos, de acuerdo a los objetivos del plan de estudio de la maestría: "Contribuir a la mejora de la productividad de los profesionales tanto en el sector público como en el privado, al formar profesionales con una maestría de alta calidad que ofrece conocimientos y habilidades para incrementar la eficiencia en la gestión comercial".

[El Peruano: 28/01/2021]






¿QUIERES UNIRTE AL CANAL DE WHATSAPP Y RECIBIR NOTICIAS ACTUALIZADAS?
https://whatsapp.com/channel/educacionenred


Recibe directamente las noticias ingresando tu correo:

Con tecnología de Blogger.