R. J. N° 000018-2021-BNP.- Aprueban segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General, destinada a la contratación de sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría financiera gubernamental de la Biblioteca Nacional del Perú



R. J. N° 000018-2021-BNP.- Aprueban segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General, destinada a la contratación de sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría financiera gubernamental de la Biblioteca Nacional del Perú
BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ

Aprueban segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General, destinada a la contratación de sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría financiera gubernamental de la Biblioteca Nacional del Perú

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000018-2021-BNP


Lima, 3 de febrero de 2021

VISTOS:

El Informe Nº 000056-2021-BNP-GG-OA-EAF de fecha 01 de febrero de 2021, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000059-2021-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 01 de febrero de 2021, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 0000113-2021-BNP-GG-OA de fecha 01 de febrero de 2021, de la Oficina de Administración; el Informe Técnico Nº 000012-2021-BNP-GG-OPP-EPIP de fecha 02 de febrero de 2021, del Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000093-2021-BNP-GG-OPP de fecha 02 de febrero de 2021, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 000024-2021-BNP-GG-OAJ de fecha 03 de febrero de 2021, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31084, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2021. En ese marco, con Resolución Jefatural Nº 000220-2020-BNP, de fecha 23 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2021 del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú;

Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785 dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, publicada el 23 de octubre de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobierno Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, con el Oficio Nº 000328-2020-CG/GAD ingresado por mesa de partes virtual el 05 de octubre de 2020, la Contraloría General de la República solicitó a la Biblioteca Nacional del Perú realizar la transferencia del monto de la retribución económica para la contratación y pago de la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoría financiera gubernamental de la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000180-2020-BNP de fecha 23 de octubre de 2020 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre de 2020, se dispuso aprobar la primera transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho y 50/100 soles), que corresponde al 50% del monto total destinado a la contratación de la sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría financiera gubernamental de la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, a través del Memorando Nº 000093-2021-BNP-GG-OPP de fecha 02 de febrero de 2021, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hizo suyo el Informe Técnico Nº 000012-2021-BNP-GG-OPP-EPIP de la misma fecha, de su Equipo de Trabajo de Planificación, Inversiones y Presupuesto, adjuntando la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000258 por el monto de S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 50/100 soles) en la específica de gasto 2.4.1.3.1.1 "A otras unidades del Gobierno Nacional" en la fuente financiamiento Recursos Ordinarios, a efectos de realizar la segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General;

Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC prescribe que: "La Jefatura de la BNP es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un/a Jefe/a Institucional quién ejerce la titularidad de la entidad y del pliego presupuestal. Es responsable de dirigir y representar a la entidad.";

Que, mediante Informe Legal Nº 000024-2021-BNP-GG-OAJ de fecha 03 de febrero de 2021, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el marco de sus competencias, a fin de que se emita el correspondiente acto resolutivo;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración;

De conformidad con la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
APROBAR la segunda transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/. 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 50/100 soles), que corresponde al 50% restante del monto total destinado a la contratación de la sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría financiera gubernamental de la Biblioteca Nacional del Perú, lo que incluye el impuesto general a las ventas.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada en la presente Resolución se realiza conforme al siguiente detalle:

Pliego: 113 Biblioteca Nacional del Perú

Fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios

Categoría Presupuestaria: 9001 Acciones Centrales

Producto: 3999999 Sin Producto

Actividad: 5000003 Gestión Administrativa

Meta: 0004

Categoría de gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias

Específica del gasto: 2.4.1.3.1.1 A otras unidades del Gobierno Nacional.

Artículo 3.- PRECISAR que los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- DISPONER que la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia, es responsable del seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera; por consiguiente, efectuará las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EZIO NEYRA MAGAGNA
Jefe Institucional

[El Peruano: 04/02/2021]






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