R. M. N° 154-2020-MINEDU.- Aprueban actualización de la «Norma Técnica: Disposiciones para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2020»



R. M. N° 154-2020-MINEDU.- Aprueban actualización de la «Norma Técnica: Disposiciones para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2020»

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban actualización de la "Norma Técnica: Disposiciones para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2020"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 154-2020-MINEDU


Lima, 20 de marzo de 2020

VISTOS, el Expediente N° 0043797-2020, los informes contenidos en el referido expediente y el Informe N° 00415-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, en el literal h) del artículo 80 de la Ley General de Educación se señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, conforme al numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 323 352 471,00 (TRESCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales, que se detallan en los literales del a) al u) del referido numeral;

Que, el numeral 35.2 del artículo 35 de dicho Decreto de Urgencia establece que el financiamiento al que se hace referencia en el precitado numeral 35.1 se efectúa progresivamente y en etapas hasta el 21 de agosto de 2020; habiéndose precisado que cada transferencia se efectúa en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones, salvo la primera transferencia, y conforme a las condiciones o disposiciones complementarias para la transferencia y ejecución de los recursos que apruebe el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, en un plazo que no exceda de los noventa (90) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de dicho Decreto de Urgencia;

Que, en el numeral 35.4 del precitado artículo 35 se establece que el Ministerio de Educación aprueba, según corresponda, las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas a que se refiere el numeral 35.1, en un plazo que no exceda de los sesenta (60) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación del mencionado Decreto de Urgencia;

Que, considerando el marco normativo antes expuesto, mediante Resolución Ministerial N° 027-2020-MINEDU, se aprobó la "Norma Técnica: Disposiciones para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas de Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2020";

Que, de conformidad con lo establecido en el subnumeral 9.3 del numeral 9 de la Directiva N° 005-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME denominada "Elaboración, aprobación y derogación de actos resolutivos, así como elaboración y modificación de documentos de gestión, normativos y orientadores del Ministerio de Educación", aprobada por Resolución de Secretaría General N° 073-2019-MINEDU, la actualización de documentos normativos es el proceso mediante el cual se revisa y modifica los contenidos de los documentos normativos, pudiendo adicionarse o eliminarse parte del contenido, generando una nueva versión del mismo;

Que, bajo este marco normativo, a través del Memorándum N° 00165-2020-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, remite el Informe N° 00256-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, complementado con el Informe N° 00369-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, con los cuales se sustenta la necesidad de actualizar la Norma Técnica aprobada por Resolución Ministerial N° 027-2020-MINEDU, a fin de realizar diversas modificaciones a su contenido; precisando, que la actualización propuesta no implica gastos adicionales a los ya previstos en el Pliego 010: Ministerio de Educación para la implementación de la Norma Técnica; por lo que, se considera viable dicha propuesta desde el punto de vista presupuestal y de planeamiento;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley N° 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar la actualización de la "Norma Técnica: Disposiciones para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2020", aprobada por Resolución Ministerial N° 027-2020-MINEDU; conforme al anexo, que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Ministro de Educación

[El Peruano: 22/03/2020]






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