D. S. Nº 384-2019-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Regionales



D. S. Nº 384-2019-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Regionales

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Regionales

DECRETO SUPREMO Nº 384-2019-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que en el pliego Ministerio de Salud se han asignado recursos hasta por la suma de S/ 387 000 000,00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados al financiamiento y continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado y de su Reglamento; precisándose en el numeral 25.3 del citado artículo que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de sus organismos públicos y los Gobiernos Regionales, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última;

Que, a través del Informe Nº 901-2019-OP-OGPPM/MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud sustenta que cuenta con los recursos necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar las entregas económicas por 25 y 30 años de servicios efectivos, sepelio y luto del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo N° 1153 y de su Reglamento; en virtud de lo cual, con Oficio N° 3219-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas;

Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Salud y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N° 1790-2019-EF/53.04, remite el Informe N° 1088-2019-EF/53.04 con el costo para financiar el pago de las entregas económicas por sepelio, luto y por cumplir 25 y 30 años de servicios efectivos del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo N° 1153 y de su Reglamento, correspondiente a veinticinco (25) Gobiernos Regionales;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 18 718 444,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar las entregas económicas por sepelio, luto y por cumplir 25 y 30 años de servicios efectivos del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo N° 1153 y de su Reglamento;

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 18 718 444,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar las entregas económicas por sepelio, luto y por cumplir 25 y 30 años de servicios efectivos del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo N° 1153 y de su Reglamento, de acuerdo al siguiente detalle:

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 011 : Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORÍA 9001 : Acciones Centrales
PRESUPUESTARIA
ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto
FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios
FINANCIAMIENTO
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 18 718 444,00
---------------------
TOTAL EGRESOS 18 718 444,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO : Gobiernos Regionales
CATEGORÍA 9001 : Acciones Centrales
PRESUPUESTARIA
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios
FINANCIAMIENTO
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 15 341 111,00
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 3 377 333,00
---------------------
TOTAL EGRESOS 18 718 444,00

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en el Anexo "Entregas económicas por sepelio, luto y por cumplir 25 y 30 años de servicios efectivos del personal de la salud, en el marco de la implementación del Decreto Legislativo N° 1153 y de su Reglamento", que forma parte de la presente norma, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras a elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas

MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA
Ministra de Salud

[El Peruano: 27/12/2019]






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