D. S. Nº 385-2019-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Pliegos Gobiernos Regionales



D. S. Nº 385-2019-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Pliegos Gobiernos Regionales

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Pliegos Gobiernos Regionales

DECRETO SUPREMO Nº 385-2019-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 654 483 336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar, entre otros, lo dispuesto en los literales a) y b) del citado numeral, referidos al pago de la remuneración íntegra mensual de los profesores, así como las asignaciones temporales y demás derechos, beneficios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, y al pago de la diferencia de jornada de los profesores que acceden a los cargos de las Áreas de Gestión Pedagógica, de Gestión Institucional y de Formación Docente establecidos en la Ley N° 29944; así como el pago de encargaturas en el marco de la Ley N° 29944 para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las Áreas de Desempeño Laboral establecidas en el artículo 12 de la referida Ley, respectivamente, disponiéndose adicionalmente en el numeral 31.3 del citado artículo 31, que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a solicitud de esta última;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 01196-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, existen recursos para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación, así como el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad; en virtud de lo cual, con Oficio N° 283-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a una transferencia de partidas;

Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos mediante Memorando N° 1791-2019-EF/53.04 e Informe N° 1089-2019-EF/53.04, ha determinado que el monto a transferir a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, asciende a la suma de S/ 14 225 494,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación, así como el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 14 225 494,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en los literales a) y b) del numeral 31.1 y el numeral 31.3 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 14 225 494,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación, así como el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular
PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas
ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 128 754,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 096 740,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 14 225 494,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO : Gobiernos Regionales
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular
PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas
ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 12 429 808,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente
ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en instituciones educativas inclusivas, centros de educación básica especial y centros de recursos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 169 731,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 130 713,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 249 459,00
ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del ciclo avanzado de la educación básica alternativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 203 049,00
ACTIVIDAD 5000683 : Desarrollo del ciclo intermedio de la educación básica
alternativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 42 734,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 14 225 494,00
===========

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo 1 "Transferencia para financiar el pago de la diferencia de jornada laboral y asignación por cargo de los profesores designados en los cargos de director y subdirector de Instituciones Educativas y de los especialistas en educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y de las Direcciones Regionales de Educación" y el Anexo 2 "Transferencia para financiar el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo para los profesores encargados en cargos de mayor responsabilidad", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas

FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación

[El Peruano: 27/12/2019]






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