CUADRO DE HORAS: Distribución de Horas del Plan de Estudios 2015 [Análisis por Luis Francisco Meléndez Ruiz]
¤ 04/1/2015 ¤ lmelendezr.wordpress.com ¤ 48 comentarios
Conozca algunas precisiones muy importantes sobre como la Comisión de Cuadro de Horas de su Institución Educativa debe distribuir las horas del Plan de Estudios 2015, Esto teniendo en cuenta los diversos cambios que se vienen dando en esta etapa de planificación, los cuales podrían estar generando ciertas confusiones: El tema tomado en cuenta es de las posibilidades que se dan para distribuir las horas habiéndose ya elaborado el Plan de Estudios correspondiente.
En esta publicación busco aclarar un tema específico de la elaboración del cuadro de horas 2015. Esto basado en la recientemente publicada norma RSG N° 2378-2014-MINEDU, la cual nos proporciona los alcances para elaborar los respectivos cuadros de hora 2015 del nivel secundaria.
El artículo proporciona información muy puntual sobre como las comisiones de cuadro de horas de las Instituciones Educativas de EBR deben distribuir las horas luego de haber elaborado ya su Plan de Estudios con las horas de libre disponibilidad incluidas. Veremos como se presentan por lo menos 4 posibles esquemas de distribución teniendo en cuenta que ahora tenemos dos tipos de escuelas en cuanto a la jornada laboral. Estas son las escuelas con jornadas de 24 horas más 2 horas de ampliación de jornada y las de Jornada Escolar Completa (JEC) con jornadas de 30 horas.
LOS DOS TIPOS DE ESCUELA SECUNDARIA EN CUANTO A LA JORNADA LABORAL
1. Escuelas con 24 horas + 2 horas de ampliación de jornada.
A este tipo de escuela secundaria la llamaremos escuela ordinaria. Esta tiene como siempre 24 horas para el dictado de clases en aula para cada maestro. Como sabemos ya desde fines del año 2014 se han agregado 2 horas más a este tipo de escuela para que los maestros puedan realizar trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación.
Veamos lo que dice la norma mencionada al respecto:
"Al personal nombrado del nivel secundaria de Educación Básica Regular, por ningún motivo se le asignará una jornada laboral menor de 26 horas, en el cual se le incluye las dos (02) horas de incremento de jornada laboral...".
Esto sustenta entonces lo expresado anteriormente. Pero se podrían dar casos en que la Comisión de Cuadro de Horas al final de la distribución de 24 horas a cada uno de los maestros, aún tenga un sobrante de horas que distribuir entonces podrá hacerlo teniendo en cuenta además da la pertinencia del título del maestro a quien se le asignan algunas horas más aparte de las 24, con la naturaleza del área a enseñar. Lo siguiente está especificado en la misma norma:
"...Dichos profesores podrán extender su jornada laboral hasta un máximo de cuatro (4) horas adicionales, siempre y cuando la necesidad de servicio lo justifique y se cuente con la disponibilidad presupuestal, considerándose como máximo treinta (30) horas de jornada de trabajo".
Entonces y de este modo se crea un segundo grupo minoritario de maestros, quienes además de contar con 24 horas + 2 de jornada laboral ampliada se les asigna hasta 4 horas más adicionales pudiendo llegar hasta un máximo de 30.
Siendo así se pueden presentar los 2 siguientes esquemas de distribución de horas para las escuelas secundaria ordinarias:
Primer Esquema:
Este es el esquema para la mayoría de maestros. El segundo caso es el siguiente:
Segundo esquema:
Es necesario tener en cuenta que en el caso del segundo esquema correspondiente a las escuelas ordinarias, a los maestros que dicten en aula más de 24 horas se les asignará un pago extra de acuerdo al número de horas adicionales que dicte en aula. Veamos ahora el otro tipo de escuela:
2. Escuelas con 30 horas. Jornada Escolar Completa (JEC)
Estas son las mil (1,000) escuelas seleccionadas para que los maestros ya no tengan una jornada laboral de 24 horas + 2, sino una jornada laboral ampliada de 30 horas en total para todos ellos y sus estudiantes ya no 35 horas de estudio sino 45 horas. En este caso la mayoría de maestros dictará 24 horas de clases en el aula y además tendrá 2 horas para actividades extra curriculares y la diferencia de cuatro (4) horas será para trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación, llegando así a un total de 30 horas como jornada obligatoria. Veamos lo que dice la norma al respecto:
"Los docentes nombrados del nivel secundaria del la Educación Básica Regular, que laboren en Instituciones Educativas Públicas que se encuentren comprendidas en la JEC, según las áreas curriculares tendrán una jornada laboral de 30 horas pedagógicas semanales de las cuales 24 horas serán destinadas al trabajo en aula, adicionándose dos (2) horas de incremento de jornada laboral para realizar actividades extra curriculares".
Entonces el esquema en este caso es el siguiente:
Tercer esquema:
Haciendo la aclaración que en la diferencia de 4 horas se realizara el trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación, llegando así a un total de 30 horas.
Veamos ahora lo siguiente que dicta la norma:
"Solo en los casos que corresponda podrá asumir dos horas adicionales como máximo para completar el Plan de Estudios del referido modelo, la diferencia de la jornada laboral de 30 horas serán destinadas a garantizar el trabajo colegiado y la atención a los estudiantes y padres de familia".
Entonces esto nos conduce al cuarto y último esquema:
Cuarto esquema:
Haciendo también la aclaración que la diferencia (en este caso solo de 2 horas) será para realizar trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación. Es necesario también aclarar que en este caso no hay pago extra alguno para los maestros que dicten más de 24 horas en aula. En la escuela de jornada escolar completa (JEC) todos por igual cobran sus remuneraciones por 30 horas así dicten 24, 25 o 26 horas en en el aula. El maestro al cual se le asignen más horas de dictado de clase en aula de acuerdo a las necesidades de los estudiantes y para completar distribución de las horas del Plan de estudios no se pueden negar a aceptarlas. Algunas veces quedarán horas de especialidad y en otros casos horas de tutoría. Lo importante es que todos los estudiantes cuenten con sus respectivos maestros. También es necesario aclarar que las 2 horas de ampliación en la escuela ordinaria (24+2) o 30 horas de la Jornada Escolar Completa les corresponde solamente a los maestros nombrados. Los maestros contratados continuarán laborando con una jornada de 24 horas, excepto cuando estén cubriendo plazas orgánicas, entonces si les alcanza la jornada escolar ampliada en los 2 tipos de escuela.
• Luis Francisco Meléndez Ruiz
www.lmelendezr.wordpress.com
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En esta publicación busco aclarar un tema específico de la elaboración del cuadro de horas 2015. Esto basado en la recientemente publicada norma RSG N° 2378-2014-MINEDU, la cual nos proporciona los alcances para elaborar los respectivos cuadros de hora 2015 del nivel secundaria.
El artículo proporciona información muy puntual sobre como las comisiones de cuadro de horas de las Instituciones Educativas de EBR deben distribuir las horas luego de haber elaborado ya su Plan de Estudios con las horas de libre disponibilidad incluidas. Veremos como se presentan por lo menos 4 posibles esquemas de distribución teniendo en cuenta que ahora tenemos dos tipos de escuelas en cuanto a la jornada laboral. Estas son las escuelas con jornadas de 24 horas más 2 horas de ampliación de jornada y las de Jornada Escolar Completa (JEC) con jornadas de 30 horas.
LOS DOS TIPOS DE ESCUELA SECUNDARIA EN CUANTO A LA JORNADA LABORAL
1. Escuelas con 24 horas + 2 horas de ampliación de jornada.
A este tipo de escuela secundaria la llamaremos escuela ordinaria. Esta tiene como siempre 24 horas para el dictado de clases en aula para cada maestro. Como sabemos ya desde fines del año 2014 se han agregado 2 horas más a este tipo de escuela para que los maestros puedan realizar trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación.
Veamos lo que dice la norma mencionada al respecto:
"Al personal nombrado del nivel secundaria de Educación Básica Regular, por ningún motivo se le asignará una jornada laboral menor de 26 horas, en el cual se le incluye las dos (02) horas de incremento de jornada laboral...".
Esto sustenta entonces lo expresado anteriormente. Pero se podrían dar casos en que la Comisión de Cuadro de Horas al final de la distribución de 24 horas a cada uno de los maestros, aún tenga un sobrante de horas que distribuir entonces podrá hacerlo teniendo en cuenta además da la pertinencia del título del maestro a quien se le asignan algunas horas más aparte de las 24, con la naturaleza del área a enseñar. Lo siguiente está especificado en la misma norma:
"...Dichos profesores podrán extender su jornada laboral hasta un máximo de cuatro (4) horas adicionales, siempre y cuando la necesidad de servicio lo justifique y se cuente con la disponibilidad presupuestal, considerándose como máximo treinta (30) horas de jornada de trabajo".
Entonces y de este modo se crea un segundo grupo minoritario de maestros, quienes además de contar con 24 horas + 2 de jornada laboral ampliada se les asigna hasta 4 horas más adicionales pudiendo llegar hasta un máximo de 30.
Siendo así se pueden presentar los 2 siguientes esquemas de distribución de horas para las escuelas secundaria ordinarias:
Primer Esquema:
Horas de dictado de clases en aula === 24
Horas de jornada escolar ampliada ==== 02
TOTAL ================================ 26
Horas de jornada escolar ampliada ==== 02
TOTAL ================================ 26
Este es el esquema para la mayoría de maestros. El segundo caso es el siguiente:
Segundo esquema:
| Horas de dictado de clases en aula | 24 |
| Horas de jornada escolar ampliada | 2 |
| Horas adicionales para dictado de clases en aula | Hasta un máximo de 4 de acuerdo a la necesidad de servicio |
| TOTAL | 30 como máximo |
Es necesario tener en cuenta que en el caso del segundo esquema correspondiente a las escuelas ordinarias, a los maestros que dicten en aula más de 24 horas se les asignará un pago extra de acuerdo al número de horas adicionales que dicte en aula. Veamos ahora el otro tipo de escuela:
2. Escuelas con 30 horas. Jornada Escolar Completa (JEC)
Estas son las mil (1,000) escuelas seleccionadas para que los maestros ya no tengan una jornada laboral de 24 horas + 2, sino una jornada laboral ampliada de 30 horas en total para todos ellos y sus estudiantes ya no 35 horas de estudio sino 45 horas. En este caso la mayoría de maestros dictará 24 horas de clases en el aula y además tendrá 2 horas para actividades extra curriculares y la diferencia de cuatro (4) horas será para trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación, llegando así a un total de 30 horas como jornada obligatoria. Veamos lo que dice la norma al respecto:
"Los docentes nombrados del nivel secundaria del la Educación Básica Regular, que laboren en Instituciones Educativas Públicas que se encuentren comprendidas en la JEC, según las áreas curriculares tendrán una jornada laboral de 30 horas pedagógicas semanales de las cuales 24 horas serán destinadas al trabajo en aula, adicionándose dos (2) horas de incremento de jornada laboral para realizar actividades extra curriculares".
Entonces el esquema en este caso es el siguiente:
Tercer esquema:
Horas de dictado de clases en aula ========= 24
Horas para actividades extra curriculares == 02
Diferencia ================================= 04
TOTAL ====================================== 30
Horas para actividades extra curriculares == 02
Diferencia ================================= 04
TOTAL ====================================== 30
Haciendo la aclaración que en la diferencia de 4 horas se realizara el trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación, llegando así a un total de 30 horas.
Veamos ahora lo siguiente que dicta la norma:
"Solo en los casos que corresponda podrá asumir dos horas adicionales como máximo para completar el Plan de Estudios del referido modelo, la diferencia de la jornada laboral de 30 horas serán destinadas a garantizar el trabajo colegiado y la atención a los estudiantes y padres de familia".
Entonces esto nos conduce al cuarto y último esquema:
Cuarto esquema:
Horas de dictado de clases en aula =============== 24
Horas para actividades extra curriculares ======== 02
Horas adicionales para dictado de clases en aula = 02
Diferencia ======================================= 02
TOTAL ============================================ 30
Horas para actividades extra curriculares ======== 02
Horas adicionales para dictado de clases en aula = 02
Diferencia ======================================= 02
TOTAL ============================================ 30
Haciendo también la aclaración que la diferencia (en este caso solo de 2 horas) será para realizar trabajo colegiado con sus colegas, asesoría a los estudiantes, planificación, investigación diagnóstica y actividades de recuperación. Es necesario también aclarar que en este caso no hay pago extra alguno para los maestros que dicten más de 24 horas en aula. En la escuela de jornada escolar completa (JEC) todos por igual cobran sus remuneraciones por 30 horas así dicten 24, 25 o 26 horas en en el aula. El maestro al cual se le asignen más horas de dictado de clase en aula de acuerdo a las necesidades de los estudiantes y para completar distribución de las horas del Plan de estudios no se pueden negar a aceptarlas. Algunas veces quedarán horas de especialidad y en otros casos horas de tutoría. Lo importante es que todos los estudiantes cuenten con sus respectivos maestros. También es necesario aclarar que las 2 horas de ampliación en la escuela ordinaria (24+2) o 30 horas de la Jornada Escolar Completa les corresponde solamente a los maestros nombrados. Los maestros contratados continuarán laborando con una jornada de 24 horas, excepto cuando estén cubriendo plazas orgánicas, entonces si les alcanza la jornada escolar ampliada en los 2 tipos de escuela.
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48 Comentarios
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CESAR AUGUSTO
19:27 | 21-04-2016 | IP: 201.240.247.245En un I.E que aplica el JEC y se requiere 18 aulas para su ejecución ¿cómo hacer para que dos aulas que ahora las utilizan para normas educativas y para guardar alimentos del qaliwarma puedan pasar de nuevo a ser aulas? a quien hay que recurrir para que los alumnos no se perjudiquen.
Arturo Mamani
16:40 | 25-03-2016 | IP: 66.102.8.201Alguien me podría explicar cuánto o cómo va ser la remuneración de los docentes de AIP en los colegios JEC que no tenemos horas de aula a cargo, nos pagaran por 30 horas? O solo por 24 horas, ya que nosotros tenemos que estar disponibles los 5 días de la semana y trabajar las 9 horas... Gracias por su respuesta..
Marco Tulio GONZALES LIMA
17:19 | 17-03-2016 | IP: 181.176.232.151Y PARA LOS CONTRATADOS, EN MI CASO SOY DOCENTE DE CTA CON 23 HORAS Y UNA HORA DE TUTORIA distribuidos de 1RO A 5TO GRADO DE SECUNDARIA, POR LO QUE REQUIERO CONOCER DE QUE MANERA DEBO ORGANIZAR MIS SESIONES ACADÉMICAS POR SEMANA.
GRACIAS
Jessica
07:49 | 11-02-2016 | IP: 179.7.70.240soy docente CONTRATADO y se me esta indicando que debo trabajar (fuera de mis 24 horas) 4 horas adicionales, quisiera saber si esta en lo legal porque la norma contempla solo a los profesores nombrados
LILIA VICTORIA RODAS GUER
10:10 | 3-08-2015 | IP: 181.65.13.50EL PROFESOR TRABAJA MÁS DE 30 HORAS, EN CASA PREPARAMOS CLASES SIN MEDIR EL TIEMPO, CORREGIMOS EXÁMENES, SACAMOS PROMEDIOS. NUESTRO TRABAJO ES ARDUO Y ASÍ GANAMOS 1700. ESTAMOS EN CONSTANTE CAPACITACIÓN PARA DAR LO MEJOR A NUESTROS ALUMNOS, TODA NUESTRA VIDA ESTUDIANDO Y ASÍ NO TENEMOS UN SUELDO DIGNO COMO PARA COMPRARNOS UNA CASA Y VIVIR DIGNAMENTE.
ARTURO
12:21 | 11-04-2015 | IP: 190.234.40.211EL EXPERIMENTO NO EMPEZO COM SE HABIA PLANIFICADO,LOS CONTRATADOS CAS VIENEN SIN UNA DIRECTRIZ, LOS NUEVOS DIRECTORES NO SABEN QUE ES JEC, ESO SIN CONTAR QUE NO HAY LA INFRAESTRUCTURA ADECUADA,, SIN CONTAR CON LA ALIMENTACION, Y MUCHOS DOCENETEES LE SACAN LA VUELTA Y YA LES PUSIERON EL NOMBRE DE JARNADA DE ENTRETENIMIENTO DE LOS COORDINADORES PORQUE DICTAN DOCE HORAS Y LUEGO SE SIENTAN CON SUS LAPTOPS Y HACEN USO EFICIENTE DE SUS CELULARES, BUEN EXPERIMENTO
magdalena
15:53 | 9-04-2015 | IP: 190.113.210.109una consulta,soy docente contratada de 24 horas;sin embargo en mi horario de trabajo son de 30 horas.
¿me pagaran por las 30 horas?..... estoy en la plaza de un docente interino
juan manuel
07:27 | 21-03-2015 | IP: 190.235.138.110Una consulta a mi correo porfavor la respuesta: me estan haciendo trabajar las 2 horas adicionales en el colegio que trabajo, soy docente CONTRATADO me van a pagar por aquello, o estoy perdiendo mi tiempo en esas reuniones pudiendo yo hacer otras labores. se que a los docentes nombrados les pagagran epero a los contratos la norma que dice. Gracias
julio cesar
16:29 | 31-01-2015 | IP: 190.232.148.15ycual es lecriterio para elegir los coordinadores de area traten ese tema por favor
Techi
08:45 | 12-01-2015 | IP: 181.66.53.5Con el respeto que se merecen todos los docentes que se han expresado. Pero considero necesario recordarles que nuestra profesión implica estar bien preparados, porque nuestra labor es educar a los niños y adolescentes del Perú. Sin embargo, al leer sus comentarios me horrorizo al leer sus faltas ortográficas y falta de coherencia, que es básico en nuestra preparación.
Para mi colega que se arrepiente de ser profesor ¡Qué pena! ojalá tengas tiempo de hallar tu verdadera vocación.
Wil
06:49 | 8-01-2015 | IP: 190.43.80.189Para lograr aprendizajes muy importantes en las estudiantes depende del empeño y compromiso docente con ética profesional y que el Estado reconozca ese esfuerzo elevando las remuneraciones para dedicarse por completo a la tarea educativa. No faltará aquellos malos docentes que le sacan la vuelta a la JEC, deben ser sancionados y los que dicen "poco me pagan, para qué esforzarme", entonces deben dejar la carrera y dedicarse a otras cosas que le dan más ingresos económicos.
Reina Bellido Viscardo
09:03 | 6-01-2015 | IP: 190.42.87.79Las dos horas que se está incrementando a los profesores de 24 horas deben de ser destinados para que cada profesor tenga acercamiento con los padres de familia, ya que en este aspecto los padres necesitan un diálogo más continuo con cada profesor, ya que estamos viviendo una realidad de que la mayoría de los padres se desentienden de su tarea, haciendo ver que los profesores son los únicos responsables de los logros o fracasos de los estudiantes.Idea que no comparto.
julio
02:47 | 6-01-2015 | IP: 181.66.156.198Para el cumplimiento de la JEC depende del director y la conciencia de cada docente, pues estimados colega es momento de ser concientes con nuestro trabajo
Ricardo Palma
19:13 | 5-01-2015 | IP: 181.67.126.97Hola Carmen, creo que los profesores de secundaria si deberían tener día libre para realizar investigación bibliográfica y preparación de clases, a no ser que Ud. converse con el señor Ministro y le proponga que el profesor de secundaria con JEC trabaje 40 horas remuneradas. ¡Tranquila!... Camuchita no seas "picona".
Carlin Alegria Sanchez
19:01 | 5-01-2015 | IP: 181.64.209.232Los profesores que laboramos en las CRT y AIP, que no tenemos un horario fijo, sino que estamos en aula por 7 horas pedagógica deberíán considerarnos las 30 horas
Percy
18:53 | 5-01-2015 | IP: 181.67.126.97Hola a todos los señores maestros del Perú, quiero dirigirme a algunos docentes que hicieron sus comentarios en esta sección: Prof. Evita por qué tiene tanto problema con los profesores de secundaria de 30 horas semanales, creo yo, que si deberían tener su día libre acaso se les paga ¿por 45 horas?; ALFONSO de acuerdo a tu comentario me pareces fruto de la educación pésima en el Perú. PEDRO apoyo tu comentario, es más el docente de secundaria debería dictar 40 horas y remunerarlos por esas horas
ROGGER BRAVO BARRETO
15:57 | 5-01-2015 | IP: 201.230.81.225Saludos cordiales, no me quiero referir a lo expuesto, sino a que el error de concordancia entre el sustantivo y adjetivo NIVEL RIMARIA, Nivel es de género masculino y Primaria de género femenino lo que hace que haya discordancia; me pueden dar la norma que hace que ustedes hasta ahora sigan publicando en sus documentos dicho error o es que yo estoy en el yerro, si fuera así les pido disculpas y de no serlo deseo la explicación y que la RECTIFICACIÓN se efectivice, gracias.
pedro
13:02 | 5-01-2015 | IP: 200.121.125.246En lugar de generar desorden y acciones sin resultados. El MED debería disponer que los docentes de secundaria tengan su jornada laboral de 30 horas efectivas en clase y se les PAGUE DE ACUERDO A LA ESCALA, TAL COMO OCURRE CON PRIMARIA.
Juan Agustin Sànchez Sala
06:22 | 5-01-2015 | IP: 179.7.91.213Mi estimado amigo, muy interesante tu comentario. Me gustaría saber tu apreciación sobre el dictado de 12 horas por parte de los directores de II.EE. tal como establece la norma sobre el cuadro de horas 2015. Saludos
alfonso
04:05 | 5-01-2015 | IP: 190.235.63.14BUEN BONO PARA LOS PROFESORES DE SECUNDARIA, 24 HORAS DICTADO DE CLASES + 02 HORAS DE EXTRACURRICULARES DE CHISMES + 04 HORAS DE VAGANZA = 30 HORAS. FELICITACIONES A LOS DEL MINEDU, LA EDUCACIÓN EN EL PERÚ SI ESTÁ CAMBIANDO.
Jorge Alejandro Vílchez M
03:44 | 5-01-2015 | IP: 190.235.123.47Es una farsa las 4 horas de extra, previamente deben depurar a los docentes con años de servicios que tienen muchos achaque, esto no contribuye a la educación, además existe informes por IE. LAS HORAS EFECTIVAS QUE NO LO TOMAN EN CUENTA.
erika ramirez cori
22:45 | 4-01-2015 | IP: 179.7.87.118Sr Luis Melendez deseo q realice un análisis exaustivo de ¿Porqué a los profesores provenientes de la ley de profesorado 24029 que han ascendido a la IV, V , VI ESCALA SE LES PAGA su asgnación mensual por maestría (desde la época de TOLEDO) y ha los de la ex CPM se les elimina dicho derecho.¡QUÉ INJUSTICIA!señores de MINEDU
jose goicochea vasquez
21:10 | 4-01-2015 | IP: 190.239.214.239Sobre el tema de la distribución de horas no esta claro referente a la prelación en CTA, y otras áreas, . Solicite una opinión técnica y NO hay respuesta, creo que administrativamente el minedu es deficiente
jose esquen
20:32 | 4-01-2015 | IP: 190.234.181.42seria bueno que pongan modelos de cuadro de horas para jjonada laboral simple. Por favor a mi correo.
Gracias
eva
19:33 | 4-01-2015 | IP: 190.232.243.202ESTOS MODELOS SE PRESTAN A VIVEZA. UN PROFESOR DE 30 HRS, TIENE 24 HS DE DICTADO; MAS 2 HS EXTRACURRI * ; MAS 4 HS, DIZQUE PARA COORDINACIONES (POR EXPERIENCIA SE SABE QE ESO ES VAGANCIA Y SEGURO EN SU HORARIO DE 24 HS Y CON DÍA LIBRE), Y SE LE VA A PAGAR POR 30 HS. LO MISMO QE A OTRO PROFESOR DEL MISMO COLEGIO, QE LO VAN A OBLIGAR A DICTAR 2 HS MAS (26 HS D DICTADO PERO SIN PAGO EXTRA. SEGURO LE DAN AL D MATEMÁTICA); MAS 2 EXTRACURRI * . Y CON 2 HS MENOS PARA VAGANCIA Y SIN DÍA LIBRE. OJO.
eva
19:19 | 4-01-2015 | IP: 190.232.243.202SE SUPONE QUE PARA LOS PROFESORES DE 30 HORAS YA NO HABRÁ DÍA LIBRE. PERO OTRA VEZ, HECHA LA LEY... SEGURO DICTAN 24 HRS Y LUEGO COMPLETAN LAS 6 DENTRO DE SU HORARIO DE DICTADO (24 HRS). MAS BIEN A LOS DE 30 HRS QUE DICTEN 2 HRS ADICIONALES, QE DEBE SER MATEMÁTICA (ALLÍ SI LE DAN IMPORTANCIA), A ESE LE VAN A QITAR SU DÍA LIBRE. MUCHO OJO UGELES, QUE NO SE IMPONGA LA VIVEZA CRIOLLA.
Sarela Amari Maldonado
18:31 | 4-01-2015 | IP: 190.237.251.131Interesante análisis por que favorece a los docentes de 24 horas. pero que hay con las encargaturas por que la discriminación en los pagos entre los docentes que venimos de la ley 24029 y los que vienen de la ley 29062. A caso estás las leyes están vigentes para el M.E que solo pagan 40 horas a los que vienen de la Ley 29062. es una Injusticia.
Rosa
18:19 | 4-01-2015 | IP: 179.7.94.190Para mi que el trabajo por 30 horas debe ser bien remunerado ya que se trabajo con seres humanos
que necesitara moldear a los alumnos no solo es dictar clases y ya esta despierten estamos en el siglo XXI despierten por favor pisen tierra el Señor Ollanta siempre en las nubes o en sl cielo creo asi parece.
jaime
18:10 | 4-01-2015 | IP: 201.240.135.180agradecer la aclaracion del sr. melendez y a la vez dejar claro, los maestros de los colegios de jornada escolar completa pueden tomar 24, 25 o 26 horas como maximo para el dictado en clase, las demas hasta completar las 30 horas es para trabajo de cocordinacion pero en el colegio.
Ricardo Palma
16:44 | 4-01-2015 | IP: 190.43.133.24En los colegios con Jornada Escolar Completa, ahora se dictará 45 horas en una semana y los profesores trabajarán 30 horas a la semana.
¿Cómo será del día libre?
RITA
16:40 | 4-01-2015 | IP: 190.108.88.38ahora los docentes de secundaria no tendrán día libre y que bien que se lo acomodaban a sus intereses. tiene que cumplir por que se les paga por 26 horas.
Manuel
15:57 | 4-01-2015 | IP: 190.40.231.136Cómo seria si:
-el profesor tiene 5 x 5 = 25 hrs de clase, se le agrega 1 hora adicional y se le paga solo una hora o se agrega 2 adicionales y se le paga 1 hora, o se tiene que completar a 30. Gracias
eva
14:46 | 4-01-2015 | IP: 190.232.243.202ESTOS MODELOS SE PRESTAN A VIVEZA. UN PROFESOR DE 30 HRS, EN LOS COLEGIOS EXPERIMENTALES, TIENE 24 HRS DE DICTADO; MAS 2 HRS EXTRACU; MAS 4 HRS, DIZQUE PARA ASESORÍAS, PLANIFICACIÓN E INVESTIGACIÓN (POR EXPERIENCIA SE SABE QUE ESO ES VAGANCIA), SE LE VA A PAGAR POR 30 HRS. LO MISMO QE A OTRO PROFESOR DEL MISMO COLEGIO, QE LO VAN A OBLIGAR A DICTAR 2 HRS MAS (26 HRS EN TOTAL) SIN PAGO EXTRA; MAS 2
eva
14:38 | 4-01-2015 | IP: 190.232.243.202ESTOS MODELOS SE PRESTAN A VIVEZA. A UN PROFESOR DE 30 HRS, EN LOS 1000 COLEGIOS EXPERIMENTALES, QE TIENE 2 HRS EXTRACU; MAS 4 HRS, DIZQUE PARA ASESORÍAS, PLANIFICACIÓN E INVESTIGACIÓN (POR EXPERIENCIA SE SABE QUE ESO ES VAGANCIA), SE LE VA A PAGAR POR 30 HRS. LO MISMO QE A OTRO PROFESOR DEL MISMO COLEGIO, QE LO VAN A OBLIGAR A DICTAR 2 HRS MAS (26 HRS EN TOTAL) SIN PAGO EXTRA MAS 2 EXTRACURRIC. Y CON 2 HRS MENOS PARA ASESORÍAS (VAGANCIA O SERA OBLIGADO?). HECHA LA LEY. EN VERDAD, NO HACEN BIEN
MARIA
14:31 | 4-01-2015 | IP: 190.232.243.202ESTOS MODELOS SE PRESTAN A VIVEZA. A UN PROFESOR DE 30 HRS, EN LOS 1000 COLEGIOS EXPERIMENTALES, QE TIENE 2 HRS EXTRACU; MAS 4 HRS, DIZQUE PARA ASESORÍAS, PLANIFICACIÓN E INVESTIGACIÓN (POR EXPERIENCIA SE SABE QUE ESO ES VAGANCIA), SE LE VA A PAGAR POR 30 HRS. LO MISMO QE A OTRO PROFESOR DEL MISMO COLEGIO, QE LO VAN A OBLIGAR A DICTAR 2 HRS MAS (26 HRS EN TOTAL) SIN PAGO EXTRA MAS 2 EXTRACURRIC. Y CON 2 HRS MENOS PARA ASESORÍAS (VAGANCIA O SERA OBLIGADO?). HECHA LA LEY. EN VERDAD, NO HACEN BIEN
Bernabé Maquera Quispe
14:24 | 4-01-2015 | IP: 179.7.109.212Gracias al señor Meléndez, que por lo menos se dio la molestia de transparentar este caso espinoso que muchos especialistas de las ugeles no saben qué decir al respecto, ni hablar de los mamarrachos que tenemos en la ugel el collao de Puno.
ollanta
12:11 | 4-01-2015 | IP: 181.67.124.51todo beneficio es para los nombrados, pues que ellos trabajen como correnpanda tira de vagos... y el contradado siempre marginado con el mismo sueldo 1050 y creen que x darnos s/100 de propina uno debe mejorar su calidad de vida. me arrepiento de ser profesor hasta un policia gana mas con un año de instruccion. eduquen pues uds.
Anibal Ríos Catashunga
11:36 | 4-01-2015 | IP: 190.236.255.200Señor Meléndez, creo que con el número de la Norma de Cuadro de Horas hay un error, debe ser la RSG Nro. 2378 y no la 2578.
Saludos, Aníbal Ríos Catashunga.
jose
11:13 | 4-01-2015 | IP: 190.235.87.127¿Por qué siempre se preocupan por la cantidad y no por la calidad?
Para que exista calidad en las IE, se debe remunerar en forma justa a los docentes y no propinas ,como lo hacen ahora,un docente bien pagado lógicamente va a rendir mejor y allí si,con justa razón exigirle calidad,pero en la situación actual por mas que aumenten horas,capaciten docentes,hagan grandes construcciones,destinen mayor presupuesto ,nada servira si no se contempla un aumento salarial ,y a partir de alli la meritocracia.
George Apolo
10:34 | 4-01-2015 | IP: 190.235.224.176Por qué no se incrementa las horas en los CEBA, donde la investigación es fuerte. Por qué nos siguen discriminando. Trabajamos de lunes a viernes y a veces sábados y domingos
TORY
09:37 | 4-01-2015 | IP: 190.42.252.68SI ES ASÍ LA EDUCACIÓN EN SECUNDARIA VA MEJORAR MAS HORAS DE TRABAJO Y EMPEÑO DE PARTE DE LOS DOCENTES YA NO SERA TAN NESESARIO LAS ACADEMIAS QUE TANTO GASTO OCASIONA A LOS PADRES DE FAMILIA PEOR AL CAMPESINADO
Rosa Montiel Flores
09:30 | 4-01-2015 | IP: 190.233.46.168Buenos días, muy interesante este análisis, en mi I.E hay ciertas maestras que quieren tener su día libre y están exigiendo que quieren tener sus 24 horas y no 26 por que las horas adicionales no les han pagado. Me parece magnifico que las horas adiciones sirvan para trabajo colegido o investigación, es el punto débil en los maestros de secundaria.¿Como ubicar las 2 horas adicionales en el horario si muchos de ellos no quieren?
Marco Antonio García Niet
09:25 | 4-01-2015 | IP: 179.7.96.38Se equivoca al decir que se puede dar más horas sin procedimiento de concurso para contrato.
Giovanny Cotrina Peña
08:44 | 4-01-2015 | IP: 190.113.211.214Amigo Luis
Aprovecho del presente para saludarte al mismo tiempo es para felicitarle por su publicacion sobre el cuadro de distribucion de horas, . Pero en la UGEL Lauricocha - Huanuco en cuanto a JEC tenemos una duda, el responsable de la DGP nos hace la observacion en el sentido de que : Al area de Matematica lo hemos asignado 7 horas de manera un docente debe dictar 4 secciones haciendo 28 horas y lo completamos con dos horas de tutoria. Eso es su pare
Percy
07:57 | 4-01-2015 | IP: 190.42.99.33Buenos a días a todos los profesores del país, un poco preocupado por la marginación hacia los mestros contratados, exceptuandolos de esa manera se desacredita la labor docente. De otro ladosi la semana tiene 45 horas y un docente nombrado trabajará 24 de dictado y o6 horas extracurriculares haciendo un total de 30 horas a la semana, ¿qué hara 15 horas en su centro educativo? ¿seguirán teniendo su día libre?...
ner vertiz urbina
07:38 | 4-01-2015 | IP: 179.7.113.194Maestros si sus deseos y/o están de acuerdo de este modelito o invento, continúen, pero, que esto no se preste solo a modelos de paso o de coyunturas políticas y mediáticas, que en el tiempo se diluyen y pasan a la historia y queda pegadas en el limbo.
Maritza Gisela Palacios M
06:39 | 4-01-2015 | IP: 181.66.156.35Es muy interesante y clara la distribuciòn pero es necesario fiscalizar a las UGELs porque luego hacen lo que les da la gana con el dinero que por DERECHO nos corresponde. En mi caso muy personal hasta la fecha NO RECIBO EL BONO del 6 de DICIEMBRE y mucho menos el pago de 2 hras adicionales a mis 24 horas, asì como el pago de 2 horas que nos corresponde a todos como docentes nombrados. Soy de la UGEL Nº 09 Huacho y la decepciòn que tengo es muy grande. Ya reclamè pero hasta la fecha nada.
cristina nancy soto espin
06:29 | 4-01-2015 | IP: 190.236.250.112En la RS.G.N° 2378-2014-MINEDU. EN 5.5.17 El personal directivo o encargado del nivel de secundaria de E.B.R. necesariamente asumira doce(12) horas pedagógicas de clase en el área curricular que acredite su título o especialidad. y en la rsg 1825-2014 MINEDU INDICA QUE A PARTIR DE 10 o mas secciones el director no dicta horas.Mi consulta es que en la rsg. 2378-2014-MINEDU en eel numeral 5.5.17 no especifica , dice en general . Por favor responder. gracias UGEL SANTA-ANCASH. SOY DE LA COMISION C/