Declaran el año 2015 como el "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
DECRETO SUPREMO Nº 077-2014-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es decisión del Poder Ejecutivo coadyuvar a que en la economía peruana se identifiquen e impulsen nuevas actividades productivas que sean motores adicionales del crecimiento y promuevan una mayor diversificación económica, permitan reducir su vulnerabilidad externa, mejorar su rendimiento y maximizar sus posibilidades de sostener un crecimiento económico a largo plazo; siendo que a través de la diversificación productiva se busca identificar actividades donde existan oportunidades exportadoras latentes para diversificar la canasta exportadora nacional y orientarla a grandes cadenas de valor mundiales;
Que, la educación es un proceso de aprendizaje y enseñanza que se desarrolla a lo largo de toda la vida y contribuye a la formación integral de las personas, así como al pleno desarrollo de sus potencialidades y al desarrollo de la familia y de la comunidad nacional;
siendo obligación del Estado garantizar el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos a fin de formar personas capaces de lograr su realización, promoviendo entre otros, el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad; por lo que su fortalecimiento constituye una decisión del Poder Ejecutivo;
Que, la ejecución de acciones vinculadas a la diversificación productiva y el fortalecimiento de la educación evidencia el compromiso del actual Gobierno en aras de un crecimiento sostenido con inclusión social, contribuyendo a la formación de una sociedad en la que se afirme nuestra identidad nacional;
Que, en el contexto descrito, se considera necesario declarar el año 2015 como el "Año de la Diversificación Productiva y el Fortalecimiento de la Educación", para afirmar la decisión del Gobierno en los ámbitos descritos en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú;
DECRETA:
Artículo 1º.- Declárese el año 2015 como el "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación".
Artículo 2º.- Durante el año 2015 se consignará dicha frase en los documentos oficiales.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
[El Peruano: 01/01/2015]
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