Desde del 1 de enero los trabajadores independientes que presten servicios a empresas inscritas en el Régimen General del Impuesto a la Renta, deberán emitir sus recibos por honorarios de manera electrónica.
Para la emisión del recibo electrónico, el contribuyente debe contar con su RUC, Código de Usuario y Clave SOL y acceder a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), seleccionando la opción "Sistema de Emisión Electrónica".
Este sistema es gratuito y está disponible los 365 días del año en forma permanente.
Con este sistema, el contribuyente ya no tiene que imprimir sus recibos ni llenar el libro de ingresos y gastos legalizado, debido a que todas sus operaciones se registran electrónicamente, con lo cual se reducen costos, se ahorra tiempo y no tiene la obligación de almacenarlos, porque la Sunat lo hace por él.
Cabe resaltar que el trabajador independiente podrá seguir emitiendo recibos por honorarios en formato impreso a sus clientes que no sean agentes de retención ni entidades del Estado.
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