Antes y después con la Nueva Ley Universitaria (INFOGRAFÍA)



Antes y después con la Nueva Ley Universitaria (INFOGRAFÍA)


ANTIGUO RÉGIMEN

» La máxima institución y ente rector de gobierno de las universidades del país era la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Su presidente era elegido entre todos los rectores miembros.

» La elección del rector y vicerrectores la hacía la Asamblea Universitaria, compuesta por autoridades, docentes y estudiantes.

» Los docentes de pregrado podían iniciar su carrera con el grado de bachiller.

» El grado de bachiller se obtenía automáticamente, cuando se aprobaba todos los cursos de la carrera profesional.

» Para titularse se podía optar por un curso de actualización, informe de experiencia profesional o presentar una tesis, entre otros.

» Existía el vicerrectorado administrativo.

» El rector debía tener el grado el grado de doctor, pero no era requisito que este haya sido obtenido con estudios presenciales.

» No había vicerrector de investigación.

» Cada universidad normaba los requisitos para los representantes de los estudiantes ante los órganos de gobierno.

NUEVO RÉGIMEN

» El ente rector será el Ministerio de Educación. Las universidades estarán bajo el ámbito de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), pues se elimina la ANR. Al superintendente lo nombra el Ejecutivo.

» La elección del rector y vicerrectores en las universidades públicas será mediante voto directo de docentes y estudiantes.

» Los docentes de pregrado deberán tener, como mínimo, el grado de magíster.

» Para obtener el grado de bachiller se deberé aprobar todos los cursos, presentar un trabajo de investigación y conocer un idioma extranjero.

» Para titularse se deberá tener el grado de bachiller, hacer una tesis o un trabajo de suficiencia profesional.

» Se elimina el vicerrectorado administrativo. En su reemplazo se nombrará un director general de administración.

» El rector deberá ser un doctor, grado obtenido, necesariamente, con estudios presenciales.

» Podrá haber un vicerrector de Investigación.

» Los representantes de los estudiantes ante los órganos universitarios deberán ser del tercio académico superior.





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