Por eso, la institución da a conocer las cinco obligaciones que toda institución educativa debe tener en cuenta antes de brindar el servicio a dicha población estudiantil.
- Reserva de vacantes: los colegios están en la obligación de reservar como mínimo dos vacantes por aula, en todos sus niveles, para personas con discapacidad leve y moderada. Estas plazas deben ser publicadas oportunamente a través de sus canales de difusión.
- Ambientes accesibles: en caso tengan alumnos con discapacidad física, los colegios deben adecuar la infraestructura y señalización de sus aulas a las necesidades de esta población, sin que esto implique cobros adicionales para los padres de familia.
- Material educativo accesible: dependiendo del tipo de discapacidad de sus alumnos, los colegios deben contar con materiales adaptados, tales como información en sistema Braille, macrotipos, recursos audiovisuales traducidos en lengua de señas peruana, entre otros.
- Adaptaciones metodológicas y curriculares: es importante tener en cuenta que, algunos estudiantes con discapacidad intelectual o psicosocial podrían requerir de mayor tiempo para procesar información, e incluso, para poder ser evaluados. Estas indicaciones deben ser tomadas en cuenta en las sesiones pedagógicas.
- Docentes capacitados: desde un trato respetuoso hasta la forma de impartir las clases, todo colegio debe contar con docentes capacitados para poder determinar la metodología de enseñanza y las herramientas pertinentes, tanto para estudiantes con y sin discapacidad.
Finalmente, ante la posible vulneración de derechos, el Conadis pone a disposición de los padres de familia la línea gratuita 1866, a fin de que puedan recibir orientación legal gratuita por parte de especialistas de la Red Alivia Perú.
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