Modifican el Anexo de la R.M. N° 319-2022-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2022
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 448-2022-MINEDU
Lima, 28 de octubre de 2022
VISTOS, el Expediente DIGEIBIRA2022-INT-0203072; los Informes N° 00505-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y N° 00515-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y los Oficios Nº 00581-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y Nº 00623-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; el Informe N° 01705-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Memorándum Nº 00784-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 01264-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el segundo párrafo de la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2022, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento. Asimismo, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, precisa que, los viáticos que se otorguen en el marco de lo establecido en la citada disposición se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante Decreto Supremo N° 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 319-2022-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2022, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos, serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: Ministerio de Educación;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0246-2012-ED, se conforma la Comisión Nacional de Educación Intercultural y Bilingüe (CONEIB), de naturaleza permanente, como órgano de participación y concertación entre el Ministerio de Educación y los pueblos indígenas, andinos, amazónicos y afroperuanos, a través de sus organizaciones representativas, con el objeto de contribuir en la implementación de las políticas de Educación Intercultural y Bilingüe;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 590-2014-MINEDU, se instituye el Encuentro Nacional Tinkuy como actividad de la modalidad de Educación Básica Regular, que se encuentra a cargo de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, en coordinación con la Dirección General de Educación Básica Regular, Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas;
Que, a través de los Informes N° 00505-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y N° 00515-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), sustenta la necesidad de modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 319-2022-MINEDU; incorporando en el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2022, la condición y cantidad de participantes del "Encuentro de niños y niñas, adolescentes y jóvenes de pueblos originarios y otras tradiciones culturales - TINKUY 2022: "Voces de la Diversidad para Mi Nueva Escuela", respecto del cual se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el segundo párrafo de la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365; así como, el cambio de sedes para el desarrollo de la Cuadragésima Sexta y Séptima reunión ordinaria de la CONEIB;
Que, mediante Informe N° 01705-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión técnica favorable a la propuesta de modificación del Anexo de la Resolución Ministerial N° 319-2022-MINEDU; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación, y, desde el punto de vista presupuestal, se cuenta con el presupuesto institucional asignado para dicho financiamiento, el mismo que se ha determinado de acuerdo a los montos propuestos por la DIGEIBIRA, en el marco de las disposiciones establecidas por el Decreto Supremo N° 007-2013-EF, respecto del otorgamiento de viáticos por viajes en comisión de servicios a nivel nacional; por lo que no genera gastos adicionales al presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2022;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 319-2022-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2022, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: Ministerio de Educación, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El financiamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, es con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, y se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios, mediante Decreto Supremo N° 007-2013-EF.
La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y trasparente; asimismo se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable; siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el/la Director/a o Jefe que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación
[El Peruano: 29/10/2022]
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