R. M. N° 016-2022-MINEDU.- Aprueban Norma Técnica denominada «Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022»



R. M. N° 016-2022-MINEDU.- Aprueban Norma Técnica denominada «Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2022-MINEDU


Lima, 12 de enero de 2022

VISTOS, el Expediente MPD2021-EXT-0202495, los Oficios N° 004820 y N° 004965-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE, y los Oficios Nº 000083 y N° 0000112-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); el Informe N° 009209-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED; el Informe N° 009214-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Gestión Descentralizada y la Dirección General de Gestión de la Calidad Escolar; los Informes N° 001050 y N° 001073-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED; los Memorándum N° 003460 y N° 003499-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED; el Memorándum N° 00013-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 00024-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y; el Informe Nº 00036-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación - MINEDU y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece como función del MINEDU, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Que, los literales a) y c) del numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2022, para financiar el Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2022, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, el mejoramiento de los servicios de agua, saneamiento y electricidad, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención Rutas Solidarias, la adquisición, reparación, reposición y/o mantenimiento de mobiliario y equipamiento; y, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, hasta por la suma de S/ 297 420 000,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES) los que consideran hasta S/ 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas entregadas en el marco de la intervención Rutas Solidarias, y hasta S/ 2 420 000,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES) para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica de las actividades previstas en el citado Programa; así como la adquisición de kits de higiene para mantener condiciones adecuadas de salubridad en los locales educativos, hasta por la suma de S/ 122 729 978,00 (CIENTO VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en el marco del Programa de Mantenimiento de locales educativos 2022;

Que, el numeral 49.2 del artículo 49 de la referida Ley N° 31365 señala que "Los montos para los fines señalados en el numeral 49.1, son desembolsados de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del personal de la institución educativa pública, según corresponda, de acuerdo con las disposiciones que se establezca mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación. Dichos montos son desembolsados de manera directa, a excepción de los montos destinados para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica";

Que, asimismo, el numeral 49.3 del artículo 49 de la mencionada Ley N° 31365 establece que "El Ministerio de Educación, mediante resolución del titular del pliego, en un plazo no mayor de veinticinco (25) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente ley, aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el presente artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas, utilización de los recursos, y de devolución ante la no utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los numerales 49.1 y 49.2 del presente artículo";

Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED, el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país. Posteriormente, la vigencia del PRONIED fue extendida a través del Decreto Supremo N° 008-2021-MINEDU;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 557-2020-MINEDU, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 30 de diciembre de 2020, se aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones generales para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa bajo la modalidad de subvenciones", la cual establece disposiciones generales sobre las etapas, acciones transversales y responsabilidades para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa que se realiza en instituciones educativas públicas y programas educativos a nivel nacional, bajo la modalidad de subvenciones;

Que, el artículo 32 del Manual de Operaciones (MOP) del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificatorias, establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la Educación Básica y de la Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva;

Que, en ese contexto, la Dirección Ejecutiva del PRONIED, mediante los Oficios N° 004820 y N° 004965-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE, y los Oficios Nº 000083 y N° 0000112-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE remite una propuesta de Norma Técnica denominada "Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022" y el sustento técnico correspondiente contenido en el Informe N° 009209-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED; el Informe N° 009214-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Gestión Descentralizada y la Dirección General de Gestión de la Calidad Escolar; así como el sustento legal contenido en los Informes N° 001050 y N° 001073-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, solicitando su aprobación y publicación;

Que, el objetivo de la Norma Técnica denominada "Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022" es establecer disposiciones específicas sobre la focalización de locales educativos, plazos de las diferentes etapas, programación y ejecución del mantenimiento de locales educativos, bajo la modalidad de subvenciones, para el año 2022, para que la infraestructura de los locales educativos se encuentre en condiciones de funcionalidad, habitabilidad y seguridad;

Que, con relación a la propuesta de Norma Técnica, mediante el Informe N° 00024-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación, considera factible continuar con el trámite de la aprobación de la propuesta de Norma Técnica denominada "Disposiciones Específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022"; por cuanto se encuentra alineada a los objetivos estratégicos del Sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, en el marco del artículo 49 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, existen recursos asignados en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Pliego 010: Ministerio de Educación, para financiar la ejecución del Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos para el año 2022, hasta por un monto de S/ 420 149 978,00 (CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES);

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación mediante Informe Nº 00036-2022-MINEDU/SG-OGAJ, concluye que resulta viable que por Resolución Ministerial se apruebe la Norma Técnica "Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022";

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; en el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, que creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), el Decreto Supremo N° 008-2021-MINEDU que amplió la vigencia del PRONIED; en la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU que aprobó el Manual de Operaciones del PRONIED; y en el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rosendo Leoncio Serna Román
Ministro de Educación

[El Peruano: 13/01/2022]







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