R. S. G. Nº 116-2021-MINEDU.- Aprueban Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado «Compromisos de Desempeño ESFA 2021», aplicable a las Escuelas Superiores de Formación Artística de gestión pública del ámbito de Lima Metropolitana



R. S. G. Nº 116-2021-MINEDU.- Aprueban Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado «Compromisos de Desempeño ESFA 2021», aplicable a las Escuelas Superiores de Formación Artística de gestión pública del ámbito de Lima Metropolitana
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Desempeño ESFA 2021", aplicable a las Escuelas Superiores de Formación Artística de gestión pública del ámbito de Lima Metropolitana

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 116-2021-MINEDU


Lima, 19 de julio de 2021

VISTOS, el Expediente Nº UFD2021-INT-0092094, el Informe Técnico Nº 00011-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD y el Oficio Nº 00176-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD de la Unidad de Financiamiento por Desempeño; el Informe Nº 00086-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el Oficio Nº 00396-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el Informe Nº 00862-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; el Memorándum Nº 00372-2021-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00871-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal i) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, dispone que una de las funciones del Ministerio de Educación es la de liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley Nº 28044, la Educación Superior es la segunda etapa del Sistema Educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma profesionales en el más alto nivel de especialización y perfeccionamiento en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología a fin de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país y su adecuada inserción internacional;

Que, el literal a) del artículo 51 de la Ley Nº 28044, establece que uno de los principales actores de la Educación Superior son las instituciones e instancias de Educación Superior, que pueden ser universidades, escuelas o institutos; públicos o privados; y que gozan de autonomía, conforme a la ley de la materia, y que se rigen por sus estatutos y ley específica; asimismo, el párrafo final del citado artículo establece que la Educación Superior contempla, entre otros, el proceso formativo, el funcionamiento de las instituciones e instancias de Educación Superior y su interrelación con la comunidad, poniendo especial énfasis en el aseguramiento de la calidad, acceso y articulación, en beneficio de los estudiantes;

Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Unidad de Financiamiento por Desempeño es responsable de proponer y coordinar la implementación de metodologías y mecanismos de financiamiento por desempeño dirigidos a instituciones, programas educativos e instancias de gestión educativa descentralizada;

Que, el artículo 154 del citado Reglamento, dispone que la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística es el órgano de línea responsable de dirigir, coordinar, promover, efectuar el seguimiento y evaluar la política, así como proponer documentos normativos, en el ámbito de su competencia;

Que, el artículo 157 del acotado Reglamento, dispone que la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística es el órgano de línea responsable de diseñar y formular las políticas, planes y documentos normativos relativos a la regulación y fomento de la calidad y pertinencia de la educación en su ámbito de competencia. Depende de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística;

Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante el Informe Técnico Nº 00011-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, sustenta y solicita la aprobación de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Desempeño ESFA 2021", la cual tiene como objetivo general establecer los lineamientos y condiciones para la implementación y cumplimiento del mecanismo de financiamiento por desempeño denominado "Compromisos de Desempeño ESFA 2021", dirigido a las Escuelas Superiores de Formación Artística (ESFA) de gestión pública en el ámbito de Lima Metropolitana;

Que, mediante Oficio Nº 00396-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, remite el Informe Nº 00086-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, a través del cual emite opinión favorable en torno a la propuesta de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Desempeño ESFA 2021";

Que, con Memorándum Nº 00372-2021-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite el Informe Nº 00862-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, por el cual brinda opinión favorable a la propuesta de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Desempeño ESFA 2021", por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y asimismo, se cuenta con los recursos disponibles para el financiamiento de la citada propuesta;

Que, con el Informe Nº 00871-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de vistos, opina que la aprobación de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Desempeño ESFA 2021" resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, el literal a) del numeral 3.4 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, señala que el Titular de la Entidad delega en el/la Secretario/a General, durante el Año Fiscal 2021, la facultad de emitir y aprobar actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y aquellos distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales;

De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, por la que se delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2021;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Desempeño ESFA 2021", aplicable a las Escuelas Superiores de Formación Artística de gestión pública del ámbito de Lima Metropolitana, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LINA AURORA TASSARA LAFOSSE
Secretaria General

[El Peruano: 21/07/2021]






¿QUIERES UNIRTE AL CANAL DE WHATSAPP Y RECIBIR NOTICIAS ACTUALIZADAS?
https://whatsapp.com/channel/educacionenred


Recibe directamente las noticias ingresando tu correo:

Con tecnología de Blogger.