R. J. N° 000020-2021-JN/ONPE.- Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2021, Versión 00, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales



R. J. N° 000020-2021-JN/ONPE.- Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2021, Versión 00, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2021, Versión 00, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000020-2021-JN/ONPE


Lima, 1 de febrero del 2021

VISTOS: El Informe Nº 000004-2021-GCRC/ONPE, de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas; los Memorandos Nº 000310-2021-GPP/ONPE, y Nº 000324-2021-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe Nº 000041-2021-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucional autónomo y tiene como función primordial velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de procesos electorales, de conformidad con su Ley Orgánica, Ley Nº 26487;

Mediante la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, de conformidad con el literal a) del Artículo 1 de la citada ley. De acuerdo con el Artículo 2 de la norma acotada, se entiende por publicidad institucional, a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias;

Asimismo, el literal a) del Artículo 3 de la citada Ley, establece que, uno de los requisitos para que el Titular del Pliego autorice la realización de publicidad estatal, es el Plan de Estrategia Publicitaria, el mismo que deberá estar acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales;

En ese marco normativo, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, en el ámbito de sus funciones, propone la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2021 de la ONPE, para la realización de la campaña publicitaria alusiva a las Elecciones Generales 2021 - EG 2021, elaborado de acuerdo a los lineamientos de la publicidad estatal, precisando que se encuentra articulado con los Lineamientos de Política Institucional de la ONPE, definidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2025, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 162-2020-JN/ONPE y con el Plan Operativo Electoral (POE) de la ONPE, correspondiente a las EG 2021;

En esa línea, la difusión de publicidad, para la ONPE, representa una importante herramienta para desarrollar e implementar acciones de comunicación y difusión estratégica a fin de informar a la ciudadanía y población electoral, sobre las actividades electorales que se ejecuten;

Asimismo, a través los Memorandos de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que la propuesta de Plan en mención, cumple con el Procedimiento "Formulación, modificación, monitoreo y evaluación de Planes Institucionales", con código PR01-GPP/PLAN - versión 00, precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria para proceder con la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2021 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;

En tal sentido, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe de vistos, opina que el Plan propuesto por la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, recoge los contenidos requeridos en el artículo 3 de la Ley Nº 28874 citada;

En ese sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2021 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines correspondientes;

De conformidad con la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; el literal h) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como, el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;

Con el visado de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto; y de Comunicaciones y Relaciones Corporativas;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.-
Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2021, Versión 00, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y de la Resolución y su anexo, en el portal institucional www.onpe.gob.pe, y en el portal de Transparencia de la Entidad, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe

[El Peruano: 02/02/2021]






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