Poder Judicial anula prórroga de exoneración tributaria a 11 poderosas universidades con fines de lucro [INFORME]



Poder Judicial anula prórroga de exoneración tributaria a 11 poderosas universidades con fines de lucro [INFORME]
LA FEDERACIÓN DE INSTITUCIONES PRIVADAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (FIPES), GREMIO DE LA CONFIEP QUE REPRESENTA A 11 UNIVERSIDADES PRIVADAS, PERDIÓ LA ACCIÓN JUDICIAL QUE HABÍA ENTABLADO CONTRA LOS MINISTERIOS DE EDUCACIÓN Y ECONOMÍA PARA MODIFICAR LA LEY UNIVERSITARIA: El presidente de la Fipes, el gremio que entabló la acción judicial, es Juan Manuel Ostoja, CEO de la Universidad San Ignacio de Loyola y brazo derecho del fundador de esta casa de estudios: el político Raúl Diez Canseco. La demanda buscaba extender el beneficio fiscal que les permitió canjear el Impuesto a la Renta por reinversión en obras o servicios, y que venció hace tres años. De haber prosperado esta pretensión, el Estado hubiera dejado de recaudar unos S/492 millones en tributos de los años 2018 y 2019.

Las universidades privadas con fines de lucro ya no podrán acogerse a la exoneración del Impuesto a la Renta, pues la

Corte Suprema rechazó la prórroga del beneficio fiscal que les permitía ahorrarse hasta el 30% del pago, con solo declarar que usarían el dinero para obras o servicios en su institución. Este mecanismo se denomina Crédito Tributario por Reinversión (CTR) y culminó en enero de 2018, en el marco de la reforma universitaria.

El pasado 1 de febrero, la Tercera Sala de Derecho Constitucional notificó la sentencia en última instancia, con lo cual culmina un proceso de acción popular que inició la Federación de Instituciones Privadas de Educación Superior (Fipes) hace tres años. Este gremio, afiliado a la Confiep y representante de 11 universidades particulares, demandó a los ministerios de Educación y Economía para modificar el reglamento de la Ley Universitaria.

Cabe recordar que el CTR fue creado en 1996, en la gestión de Alberto Fuimori, y aunque el Código Tributario indica que los beneficios tributarios rigen por tres años, se siguió aplicando de manera intermitente debido a demandas judiciales que impulsaron algunas universidades, y por una ley que aprobó el gobierno de Alan García, en 2011. Esto cambió en 2016, con la publicación de la Ley Universitaria y su reglamento.

La norma actual dispone que las casas de estudio documenten el destino de los tributos reinvertidos, y prohíbe -por un periodo de cuatro años- que los socios de estas empresas transfieran sus acciones o las participaciones que obtienen al capitalizar los ahorros millonarios en Impuesto a la Renta. Además, señala que solo las instituciones avaladas por el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) pueden acogerse al beneficio, y que este regiría hasta enero de 2018.








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