Formalizan la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Pliego 010: Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2020-MINEDU
Lima, 5 de agosto de 2020
VISTOS, el Expediente Nº UPP2020-INT-0085682 y el Informe Nº 00937-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes;
Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece entre otros, que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;
Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00011-2020/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, el numeral 6.2 de la sección 6 de la citada la Guía establece que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (03) años. Asimismo, indica que el POI Multianual debe ser aprobado por el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) hasta el 30 de junio y se realiza a través del aplicativo CEPLAN V.01 y la utilización de la firma digital del Titular, con la emisión del certificado correspondiente. El Titular dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;
Que, con Resolución Ministerial Nº 675-2018-MINEDU, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y conforma el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, cuya función es asistir a la Comisión en la elaboración o modificación del PEI y POI;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 737-2018-MINEDU, se aprobó el Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019-2022;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 253-2020-MINEDU, se aprobó la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, al 2023; quedando denominado como "Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, período 2019 - 2023";
Que, con fecha 29 de junio de 2020 se registró el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Pliego 010 Ministerio de Educación en el aplicativo CEPLAN V.01;
Que, mediante Informe Nº 937-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto propone y sustenta la formalización de la aprobación del POI Multianual 2021-2023 del Pliego 010 Ministerio de Educación, previa validación por parte de la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación;
Que, mediante el Acta de Reunión de fecha 22 de julio de 2020, la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación valida el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Pliego 010 Ministerio de Educación;
Que, habiéndose registrado el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Pliego 010 Ministerio de Educación a través del aplicativo CEPLAN V.01, corresponde formalizar su aprobación mediante acto resolutivo;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00011-2020/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- La Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, a través de la Unidad de Planificación y Presupuesto, es el órgano encargado de conducir, asesorar y evaluar la reprogramación del Plan Operativo Institucional aprobado mediante la presente resolución; así como efectuar el respectivo seguimiento y evaluación de su cumplimiento.
Artículo 3.- Los Jefes y/o Directores de los órganos, unidades orgánicas y dependencias de la Sede Central; Escuelas de Régimen Especial; Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana; Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana y Programas Nacionales, según corresponda, que forman parte del Pliego 010: Ministerio de Educación, deberán remitir con carácter de declaración jurada los informes de ejecución de metas de acuerdo a los plazos, que para ello defina la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto.
Artículo 4.- Durante la etapa de ejecución, las actividades operativas aprobadas no constituyen por sí solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Ministro de Educación
[El Peruano: 08/08/2020]
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