R. VM. N° 094-2020-MINEDU.- Derogan la Norma Técnica denominada «Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica»



R. VM. N° 094-2020-MINEDU.- Derogan la Norma Técnica denominada «Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica»

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Derogan la Norma Técnica denominada "Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 094-2020-MINEDU


Lima, 26 de abril de 2020

VISTOS, el Expediente N° 0009720-2020, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe N° 00502-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte y recreación; y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, en el artículo 53 de la Ley General de Educación se señala que el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo; y le corresponde, conforme se señala en el literal a) de dicho artículo, contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación;

Que, el artículo 30 de la precitada Ley establece que la evaluación es un proceso permanente de comunicación y reflexión sobre los procesos y resultados del aprendizaje; es formativa e integral porque se orienta a mejorar esos procesos y se ajusta a las características y necesidades de los estudiantes; habiéndose precisado que, en los casos en que se requiera, funcionarán programas de recuperación, ampliación y nivelación pedagógica;

Que, conforme al artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, la evaluación es un proceso continuo de carácter pedagógico, orientado a identificar los logros de aprendizaje de los estudiantes, con el fin de brindarles el apoyo pedagógico que necesiten para mejorarlos; evalúa las competencias, capacidades y actitudes del currículo, considerando las características del estudiante. Asimismo, entre otros aspectos, dicho artículo señala que el Ministerio de Educación establece las normas nacionales de evaluación, promoción, recuperación y nivelación pedagógica, tomando en cuenta la diversidad;

Que, en el artículo 34 del precitado Reglamento se establece que la evaluación de aprendizajes en la Educación Básica es permanente, continua, formativa y flexible, se concreta en la práctica pedagógica del docente para mejorar los logros de aprendizajes de los estudiantes. Asimismo, se señala que dicha evaluación asume formas diversas (autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación) e identifica logros, avances y dificultades en los aprendizajes de los estudiantes para tomar decisiones que aporten a su mejoramiento continuo;

Que, considerando el marco normativo antes expuesto, mediante Resolución Viceministerial N° 033-2020-MINEDU, se dispuso la publicación del proyecto normativo denominado "Norma que regula la Evaluación de las Competencias de los Estudiantes de la Educación Básica", a fin de recibir las sugerencias y aportes de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general;

Que, mediante los Informes N° 00301-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR, N° 00306-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR, N° 00403-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR y N° 00411-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR, remitidos por la Dirección General de Educación Básica Regular al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado "Norma que regula la Evaluación de las Competencias de los Estudiantes de la Educación Básica"; así como, de derogar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica", aprobada por el artículo 4 de la Resolución Viceministerial Nº 025-2019-MINEDU y los numerales 5.12, 5.13 y 5.14 del artículo 5 de la Directiva Nº 004-VMGP-2005, denominada "Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0234-2005-ED;

Que, el citado documento normativo tiene, como objetivo, establecer las disposiciones, criterios y el procedimiento de gestión pedagógica para los procesos de evaluación de las competencias, de manera que contribuyan al desarrollo integral del estudiante y a la mejora continua de la enseñanza en las instituciones y programas educativos públicos y privados de Educación Básica; en el marco de la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 006-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 006-2020-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N° 156-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Derogar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica", aprobada por el artículo 4 de la Resolución Viceministerial Nº 025-2019-MINEDU.

Artículo 2.- Derogar los numerales 5.12, 5.13 y 5.14 del artículo 5 de la Directiva Nº 004-VMGP-2005, denominada "Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0234-2005-ED.

Artículo 3.- Aprobar el documento normativo denominado "Norma que regula la Evaluación de las Competencias de los Estudiantes de la Educación Básica"; la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA PATRICIA ANDRADE PACORA
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 28/04/2020]






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