Declaran en estado de desuso materiales educativos e incorporan doscientos cincuenta y dos materiales educativos al listado de materiales educativos elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el desarrollo del año escolar 2019
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 275-2019-MINEDU
Lima, 6 de noviembre de 2019
Vistos, el Expediente Nº 0080215-2019, el Oficio N° 504-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE, el Informe N° 302-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE-CENAREBE, el Oficio N° 00420-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE, el Informe N° 061-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE-CA, el Oficio N° 00650-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE, el Oficio N° 00371-2019-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, el Informe N° 111-2019-MINEDU/DIGEIBIRA, el Informe N° 00594-2019-MINEDU/MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, el Oficio N° 1330-MINEDU/VMGP-DIGEBR, el Informe N° 14-2019-MINEDU/VMGP/DIGEBR-CRE, el Informe N° 748-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEI y el Informe N° 1237-2019-MINEDU/SG-OGAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 008-2019-MINEDU de fecha 09 de enero de 2019, se aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula la gestión de materiales educativos impresos y concretos de educación básica, en estado de obsoletos y/o en desuso, que se encuentren en los almacenes correspondientes a la unidades ejecutoras del MINEDU, las DRE/GRE y UGEL", en adelante la Norma Técnica;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 039-2019-MINEDU de fecha 26 de febrero de 2019, se aprueba el listado de materiales educativos elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación - MINEDU para el desarrollo del año escolar 2019, en las instituciones educativas públicas y programas educativos públicos de la educación Básica;
Que, el numeral 7.1.1 de la Norma Técnica, señala, entre otros, que dentro de los quince (15) días posteriores a la emisión de la resolución que establezca el listado oficial de los materiales educativos vigentes para cada año escolar, que incluye también los materiales vigentes de dotaciones de años anteriores, la oficinas de administración de las unidades ejecutoras del MINEDU y de las DRE, o la que hagan sus veces remiten a las Direcciones Generales de la Educación Básica la información de sus respectivos stock, en el formato F-1: "Relación de materiales educativos en stocks", incluyendo los materiales no contemplados en la Resolución que establece el listado oficial de los materiales educativos vigentes;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 7.1.3 de la Norma Técnica, recibida la información en el formato F-1, las Direcciones Generales de la Educación Básica deben consolidar los datos, identificando los materiales educativos que no están contemplados en la mencionada Resolución Viceministerial N° 039-2019-MINEDU, y remite la información a las Direcciones de Línea de la Educación Básica responsables de la elaboración de los materiales educativos impresos y/o concretos a fin de que se pronuncien por su vigencia o por su no vigencia;
Que, el numeral 6.1.3 de la Norma Técnica, define que las Direcciones Generales de la Educación Básica, son las unidades orgánicas responsables de la supervisión de la definición, diseño y utilización de los materiales educativos - pedagógicos para la educación básica regular, alternativa y especial; siendo éstas las siguientes: Dirección General de Educación Básica Regular - DIGEBR, Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural -DIGEIBIRA y Dirección General de Servicios Educativos Especializados - DIGESE;
Que, el numeral 6.1.4 de la norma Técnica, define a las Direcciones de Línea de la Educación Básica, como las unidades orgánicas encargadas, entre otras funciones de diseñar, elaborar, adquirir y/o requerir el material educativo dotado por el MINEDU, a la Dirección de Gestión de Recursos Educativos; así como determinar los criterios de distribución y la vigencia de los materiales educativos impresos y/o concretos para la educación básica; siendo éstas las siguientes: Dirección de Educación Secundaria - DES, Dirección de Educación Primaria -DEP, Dirección de Educación Inicial - DEI, Dirección de Educación Física y Deporte - DEFID, Dirección de Educación Básica Alternativa - DEBA, Dirección de Educación Intercultural Bilingüe - DEIB, Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural - DISER, Dirección de Educación Básica Especial - DEBE y Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento - DEBEDSAR;
Que, mediante el Oficio N° 00420-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE del 17 de julio de 2019 la Dirección de Educación Básica Especial solicita el inicio de la baja del material educativo en estado de desuso ubicado en el Almacén de la UE 026, conforme a los detallado en el Informe N° 061-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEB-CA, elaborado por la Coordinación Administrativa de la Dirección de Educación Básica Especial, el mismo que concluye que el destino final de los materiales educativos sea la donación;
Que, a través del Oficio N° 504-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE del 12 de septiembre de 2019, remitido a la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección de Educación Básica Especial hace suyo el contenido del Informe N° 302-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE-CENAREBE elaborado por el Centro Nacional de Recursos de Educación Básica Especial, mediante el cual se concluye, respecto del material educativo impreso ubicado en el almacén de la UE 120, que setenta (70) materiales educativos equivalente a novecientos cuarenta y ocho (948) unidades, que sean incorporados a la lista oficial de materiales vigentes y, respecto de doscientos (200) materiales educativos equivalentes a setenta y ocho mil seiscientos noventa y siete (78 697) unidades, que sean declarados en estado de desuso y cuyo destino final sea la donación;
Que, mediante Oficio N° 00650-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE, del 13 de septiembre de 2019, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados confirma el Informe N° 302-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE-CENAREBE y solicita se declare en estado de desuso el material educativo estipulado en el Anexo N° 7 "Formato F2" del referido informe, cuya cantidad asciende doscientos (200), precisando que el destino final de los mismos sea la donación, y se incluya en la relación oficial de los materiales educativos vigentes la relación de materiales educativos detallados en el Anexo N° 02 del informe en mención, cuya cantidad asciende a setenta (70);
Que, a través del Oficio N° 1330-MINEDU/VMGP-DIGEBR la Dirección General de Educación Básica Regular remite el Informe N° 14-2019-MINEDU/VMGP/DIGEBR-CRE elaborado por la Coordinación de Recursos Educativos de la Educación Básica Regular, complementado por el Informe N° 748-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEI, a través del cual se concluye que dieciocho mil ochocientos once (18 811) materiales educativos deben ser declarados en desuso y corresponde su donación y ciento ochenta y dos (182) materiales educativos deben ser incorporados a la Resolución Viceministerial N° 039-2019-MINEDU.
Que, mediante el Informe N° 111-2019-MINEDU/DIGEIBIRA remitido por la Coordinadora del Equipo de Lineamientos de Políticas y EIT - DGEIBIRA a la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, complementado mediante Informe N° 00594-2019-MINEDU/MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, se concluye que siete mil ciento cincuenta y un (7 151) materiales educativos correspondientes a sus órganos de línea deben ser declarados en desuso y corresponde su donación.
Que, por consiguiente, considerando lo sustentado por las precitadas Direcciones de Línea, así como lo estipulado por los numerales 7.1.5 y 7.1.6 de la Norma Técnica y lo solicitado por la DIGEIBIRA, DIGESE y DIGEBR, corresponde al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica expedir la presente resolución;
Que, cabe indicar que el numeral 8.1 de la Norma Técnica, establece que la aplicación de sus disposiciones, se efectuará sin perjuicio de las acciones que deben adoptar los órganos responsables para identificar y cuantificar el material educativo y las responsabilidades a que hubiera lugar por su tramitación;
Con la visación de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en Ámbito Rural; de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; de la Dirección de Educación Básica Especial; de la Dirección de Educación Secundaria; de la Dirección de Educación Primaria; de la Dirección de Educación Inicial; la Dirección de Educación Básica Alternativa; la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe; la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial N° 008-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica que regula la gestión de materiales educativos impresos y concretos de educación básica, en estado de obsoletos y/o en desuso, que se encuentren en los almacenes correspondientes a las unidades ejecutoras del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR en estado de desuso veintiséis mil ciento sesenta y dos (26 162) materiales educativos, detallados en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente resolución, los cuales deberán ser donados.
Artículo 2.- Incorporar los doscientos cincuenta y dos (252) materiales educativos detallados en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente resolución, al listado de materiales educativos elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el desarrollo del año escolar 2019, en las instituciones educativas públicas y programas educativos públicos de la Educación Básica, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 039-2019-MINEDU.
Artículo 3.- Autorizar a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local a realizar los actos de disposición que correspondan respecto de los materiales educativos impresos contenidos en el Anexo N° 1 a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 4.- Disponer que se adopten las acciones pertinentes para la determinación de responsabilidades a que hubiere lugar, respecto a la declaración en estado de desuso de materiales educativos a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA PATRICIA ANDRADE PACORA
Viceministra de Gestión Pedagógica
[El Peruano: 09/11/2019]
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