Se publicó la ley que crea el impuesto al consumo de las bolsas de plástico. Asimismo, la norma establece que en el plazo de 36 meses, los supermercados y otros establecimientos deberán reeemplazar en forma progresiva la entrega de bolsas no reutilizables: Se ha creado el impuesto al consumo de las bolsas de plástico con el objeto de desincentivar su uso y contribuir a la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Este entrará en vigencia el 1 de agosto del año 2019.
Así lo dispone la Ley Nº 30884, norma que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, publicada el 19 de diciembre de 2018 en el diario oficial El Peruano.
La norma establece, además, que a los 120 días a partir de su entrada en vigencia, se prohíbe la adquisición, uso, o comercialización, según corresponda, de bolsas de base polimérica; sorbetes de base polimérica tales como pajitas, pitillos, popotes, cañitas; y recipientes o envases de poliestireno expandido para bebidas y alimentos de consumo humano, en las áreas naturales protegidas, áreas declaradas patrimonio cultural o patrimonio natural de la humanidad, museos, en las playas del litoral y las playas de la Amazonía peruana; así como las entidades de la administración estatal.
Aunado a ello, a fin de asegurar el cumplimiento de la ley y su reglamento, se precisa que tendrán un rol de control o fiscalización, el Ministerio del Ambiente a través del Organismo de evaluación y fiscalización ambiental; el Minsterio de la Producción; el Ministerio de Cultura; el Indecopi; el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado. Asimismo, los gobiernos regionales y gobiernos locales, ejercerán funciones de supervisión, fiscalización y sanción respecto del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley para los establecimientos y áreas que se encuentren bajo su jurisdicción.
Se señala que la finalidad de la ley es contribuir en la concreción del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso del plástico de un solo uso, de la basura marina plástica, fluvial y lacustre y de otros contaminantes similares, en la salud humana y del ambiente.
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