Proceso de Contrato Docente 2019 en la DRE San Martín - www.dresanmartin.gob.pe



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DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN
OFICINA DE OPERACIONES U.E. 300 - EDUCACIÓN SAN MARTÍN - ÁREA DE RECURSOS HUMANOS
DRE San Martín
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COMUNICADO

Se hace de conocimiento a los DIRECTORES que mediante Decreto Supremo N° 001-2017-MINEDU, se resuelve aprobar la "Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones en el marco del Contrato del Servicio Docente a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones", con la finalidad de establecer las disposiciones que regulan la contratación del servicio docente en los programas educativos y en las Instituciones Educativas publicas de Educación Básica y Técnico Productivo.

Al respecto, el artículo 210 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, que precisa: "El contrato del profesor no puede exceder el ejercicio presupuestal, pudiendo ser renovado por un ejercicio presupuestal adicional, previa evaluación favorable del director de la institución educativa o de la UGEL, según corresponda". En tal sentido, la renovación de contrato establecido en el citado artículo se efectúa después del primer año de vigencia de los cuadros de méritos de la Prueba y es de alcance a los profesores que cumplen con las siguientes condiciones:

a) Haber rendido la Prueba.

b) Encontrarse en el cuadro de méritos de la UGEL.

c) Contar con evaluación favorable del DIRECTOR DESIGNADO de la I.E; del director/ coordinador del CRFA, en el caso de los CRFA; del subdirector designado de la I.E en el caso de EBA; o del director de la IE en el caso de ETP, según corresponda.

d) Haber laborado todo el periodo lectivo anterior a la ampliación del contrato.

e) La plaza vacante en la que laboro se encuentra vacante para el siguiente año lectivo.

f) Haber sido adjudico en las Etapas I y II.

g) Los que cumplan con las condiciones señaladas en el numeral 6.2.16 de la presente norma.

La renovación del contrato procede previa evaluación del profesor contratado, la cual se desarrolla en la cuarta semana del mes de diciembre. El profesor contratado en el marco del Contrato del Servicio Docente en EBE, EBA y EBR es evaluado por un Comité, integrado por:

a) Un profesor nombrado de mayor escala de la misma modalidad, forma, nivel o ciclo que el profesor evaluado.

b) Un representante del CONEI, padre de familia, COPAE- EBA, según corresponda.

De no contar con profesores nombrados para ejercer la representatividad en la evaluación, el director de la I.E, solicita a la UGEL la designación de un profesor nombrado de otra I.E o de un Especialista en Educación de la UGEL.

Por lo que, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-2017-MINEDU, los Directores designados, según su modalidad/nivel, deberán presentar en mesa de partes de su respectiva UGEL, hasta el 31 de diciembre de 2018, los siguientes documentos para la renovación del Contrato del Servicio Docente 2019:

- Solicitud de renovación de contrato llenado por el docente.

- Oficio de propuesta dirigido al director de la UGEL

- Copia de Resolución de contrato del año 2018.

- Declaración Jurada de acuerdo con el Anexo 05 del Decreto Supremo N° 001-2017-MINEDU.

- Ficha de evaluación de desempeño de acuerdo con el Anexo 8-A del Decreto Supremo N° 001-2017-MINEDU.

- Copia del título profesional pedagógico.

- Copia de DNI.

- Copia de ubicación en el cuadro de méritos 2016 (Docentes que se encuentran en el cuadro de méritos y fueron adjudicados)

Las Instituciones Educativas que cuenten con plazas vacantes y no existe director designado serán adjudicados en la I Etapa.








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