R. M. Nº 435-2018-MINEDU - Aprueban la Directiva Nº 003-2018-MINEDU/SG-OTEPA «Directiva que regula el trámite de denuncias por presuntos actos de corrupción en el Ministerio de Educación» www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban la Directiva Nº 003-2018-MINEDU/SG-OTEPA "Directiva que regula el trámite de denuncias por presuntos actos de corrupción en el Ministerio de Educación"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 435-2018-MINEDU

Lima, 10 de agosto de 2018

Vistos, el Expediente OTEPA2018-INT-0093998, el Informe Nº 106-2018-MINEDU/SG-OTEPA de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, ampliado mediante Informe Complementario Nº 173-2018-MINEDU/SG-OTEPA, y el Informe Nº 809-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción, aprobada por Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM tiene como uno de los objetivos específicos de su Eje II de Identificación y Gestión de Riesgos, el fortalecer el mecanismo para la gestión de denuncias por presuntos actos de corrupción;

Que, con Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprobó el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, el mismo que establece acciones para prevenir y combatir la corrupción e impulsar la integridad pública;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1327, se establecen medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias de mala fe, teniendo la norma por finalidad fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, aprobado por Decreto Supremo 010-2017-JUS, señala en su numeral 3.5 que las entidades deben disponer, mediante directivas internas, las formas procedimentales para que las solicitudes de protección al denunciante y las denuncias formuladas, sean presentadas directamente a la máxima autoridad administrativa de la entidad o a la Jefatura de la Oficina de Integridad Institucional de la entidad, a efectos de garantizar el principio de reserva;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido Reglamento señala que las entidades emiten las directivas y protocolos necesarios para la implementación del Decreto Legislativo Nº 1327, precisando que dicha regulación debe difundirse por los canales habituales que la entidad utiliza para comunicarse con todos los servidores civiles que la integran, y publicitarse en los espacios comunes y de atención al público y a proveedores y contratistas de la entidad;

Que, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, la Oficina de Integridad Institucional es la unidad orgánica que asume regularmente las labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades públicas, siendo que en el Ministerio de Educación, según funciones asignadas en el artículo 100 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, dicha facultad recae en la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción;

Que, mediante Informe Nº 106-2018-MINEDU/SG-OTEPA, ampliado mediante Informe Complementario Nº 173-2018-MINEDU/SG-OTEPA, la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción sustenta la necesidad de aprobar la Directiva denominada "Directiva que regula el trámite de denuncias por presuntos actos de corrupción en el Ministerio de Educación", la cual tiene como finalidad establecer las pautas y procedimientos que regulen el trámite de denuncias presentadas por cualquier persona que conoce la ocurrencia de un presunto hecho de corrupción en el Ministerio de Educación, facilitando e incentivando aquellas realizadas de buena fe y sancionando las realizadas de mala fe;

Que, con el Memorándum Nº 1027-2018-MINEDU/SG-OGRH, de la Oficina General de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 532-2018-MINEDU/SG-OGA, de la Oficina General de Administración, y el Informe Nº 257-2018-MINEDU/SG/OGRH/STOIPAD, de la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, se emiten las opiniones técnicas favorables a la propuesta de la Directiva, en el marco de sus competencias;

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.3 de la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED, los documentos normativos se clasifican entre otros, como Directivas, las cuales son aprobadas mediante Resolución Ministerial;

Con el visado de la Oficina General de Administración, Oficina General de Recursos Humanos, la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Secretaría General;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Legislativo Nº 1327, que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar la Directiva Nº 003-2018-MINEDU/SG-OTEPA "Directiva que regula el trámite de denuncias por presuntos actos de corrupción en el Ministerio de Educación", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

[El Peruano: 13/08/2018]





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