Esto no pueden exigirte o cobrarte si tu hijo estudia en un colegio particular, informó INDECOPI - www.indecopi.gob.pe



Esto no pueden exigirte o cobrarte si tu hijo estudia en un colegio particular, informó INDECOPI - www.indecopi.gob.pe

Si tu hijos estudian en colegios particulares, toma en cuenta estos consejos de cara al inicio del año escolar 2018: El Indecopi publicó una guía digital para orientar y recordar a los padres de familia cuáles son sus deberes en época de matrículas escolares y compra de útiles.

El fiscalizador señaló que los padres de familia solo están obligados a pagar tres conceptos, en una prestación de servicios educativos, durante el año escolar:

1. La cuota de ingreso: Se paga, por una única vez, cuando el alumno se inscribe en el colegio. Antes de que culmine el año escolar lectivo.

2. Matrícula: Podrá ser cobrada, una vez al año, al iniciar el año escolar. El monto no debe ser mayor a una pensión.

3. Pensión mensual: Pago mes a mes. No puede ser cobrada de forma adelantada. Durante el proceso de matrícula.

4. Estos tres pagos deben ser respetados por los colegios, los que solo podrán requerir el pago de cuotas extraordinarias, distintas a las mencionadas, siempre y cuando cuenten con la autorización del Ministerio de Educación.

Asimismo recordó que si los colegios privados deciden aumentar las pensiones para el siguiente año, deben informarlo a los padres de familia en dos oportunidades. De la misma manera el colegio tendrá que informar sobre el monto, número y fechas de pago de las pensiones escolares.

Las autoridades de colegios particulares solo podrán requerir el pago de cuotas extraordinarias (es decir pagos distintos a los ya mencionados), siempre y cuando cuenten con la autorización del Ministerio de Educación.

No a las prácticas intimidatorias

Los colegios privados están prohibidos de ejercer prácticas intimidatorias que afecten el normal desarrollo educativo y la personalidad de los alumnos.

Así, por ejemplo, no podrán restringir el ingreso de los alumnos al colegio ni retirarlos del mismo, tampoco dejarlos en el patio, impedir rendir las evaluaciones u otra acción que pueda afectar a los escolares.

Compra de útiles y uniformes

Los colegios particulares no pueden exigir la compra de útiles y uniforme escolar en un lugar determinado o de alguna marca específica. Los padres de familia tienen la libertad de comprarlos en los establecimientos comerciales de su elección. Además, los padres de familia no están obligados a presentar la totalidad de los útiles escolares solicitados en la lista, el primer día de clases.

El centro educativo debe contar con la autorización del Ministerio de Educación para brindar el servicio educativo. Los padres de familia que deseen consultar si el colegio de su elección cuenta con dicha autorización, pueden hacerlo a través de la web www.identicole.minedu.gob.pe del Minedu.

Si desean hacer una denuncia puede escribir a los correos electrónicos colegios2018@indecopi.gob.pe, sareclamo@indecopi.gob.pe y también pueden llamar al 224-7777 para Lima y al 0800-4-4040 para provincias.






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