Operadoras no podrán bloquear arbitrariamente acceso a Internet, informó OSIPTEL - www.osiptel.gob.pe



Operadoras no podrán bloquear arbitrariamente acceso a Internet, informo OSIPTEL - www.osiptel.gob.pe

Desde mañana lunes 02 de enero: Las empresas operadoras no podrán desde mañana lunes 02 de enero de 2017, bloquear arbitrariamente a los usuarios de Internet, al acceso a aplicaciones, dominios, direcciones IP y servicios, para favorecer el uso de algunos de sus productos.

Tal medida forma parte del Reglamento de Neutralidad de Red, que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) entrará en vigencia desde este lunes 02 de enero.

Esta medida impulsará el respeto al derecho de los usuarios al acceso equitativo y transparente sobre el Internet.

El reglamento recoge los aportes de empresas operadoras, asociaciones de usuarios, expertos internacionales y académicos, luego de un proceso de consultas que duró un año.

"Esta norma establece principios de libertad de acceso, precaución y equidad en el uso de las redes, y transparencia sobre la información que deben tener los usuarios", indicó Gonzalo Ruiz Díaz.

Prohibiciones
La norma publicada recientemente en el Diario Oficial El Peruano, prohíbe que las empresas operadoras decidan unilateralmente, un tratamiento diferente a algunos servicios de acceso al Internet.

Ente ellas destacan las restricciones de acceso, cobros adicionales y limitaciones de calidad sobre aplicativos como tales Whatsapp, Waze, You Tube, Netflix, y otros que acceden a la Internet desde las redes de las empresas proveedoras.

Asimismo, el Reglamento regula las medidas de gestión de tráfico que realizan las empresas proveedoras de Internet para preservar la seguridad e integridad de las redes.

En tal sentido, se han limitado aquellas que prioricen de manera arbitraria a algún servicio.

Es importante señalar que la norma plantea un sistema de control posterior de estas obligaciones de neutralidad de las empresas, modificando la propuesta formulada inicialmente que establecía un procedimiento de aprobación previa.

"Esto dará mayor flexibilidad a las ofertas comerciales, centrando la labor del regulador en el análisis posterior de las prácticas", puntualizó.





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