R. M. Nº D000045 -2024-MIDIS.- Aprueban tres Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar



R. M. Nº D000045 -2024-MIDIS.- Aprueban tres Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar
MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL

Aprueban tres Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000045-2024-MIDIS


San Isidro, 12 de marzo del 2024

VISTOS:

El Informe de Trabajo N° D000012-2024-MIDIS-OGA-BVB de fecha 07 de marzo de 2024, emitido por la Coordinadora del Equipo de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000044-2024-MIDIS-OGA de fecha 07 de marzo de 2024, emitido por la Oficina General de Administración; el Informe N° D000107-2024-MIDIS-OGAJ de fecha 11 de marzo de 2024, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, asimismo, se establece que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público y pliego presupuestal;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF (en adelante, LCE), señala que "Los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación";

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias (en adelante, RLCE) señala que "Mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS";

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del RLCE dispone que "La aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial "El Peruano". La facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable";

Que, el numeral 7.5 de la Directiva N° 008-2023-PERÚ denominada "Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos", aprobada por la Resolución Jefatural N° 000164-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA (en adelante, la Directiva), establece que "Los ministerios elaboran la Ficha de Homologación describiendo las características técnicas especificadas y/o condiciones de ejecución y/o requisitos de calificación, del requerimiento uniformizado por el ministerio en el ámbito de su competencia";

Que, mediante Resolución Ministerial N° 062-2023-MIDIS de fecha 22 de marzo de 2023 se aprueba la conformación del Equipo de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por el periodo de un (01) año, el cual se encuentra conformado por miembros Titulares y Suplentes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos, entre los cuales se encuentra el Programa Nacional Cuna Más;

Que, mediante Resolución Ministerial N° D000157-2023-MIDIS de fecha 23 de agosto de 2023 se aprueba el Plan de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual fue actualizado mediante la Resolución Ministerial N° D000043-2024-MIDIS de fecha 29 de febrero de 2024, el que comprende tres (03) requerimientos de bienes cuya homologación fue propuesta por el Programa Nacional Cuna Más;

Que, el numeral 8.13 de la Directiva señala que "Con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización, respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación, el ministerio inicia el procedimiento que corresponda para su aprobación, la cual debe realizarse en el plazo de siete (07) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la notificación de la opinión favorable de PERÚ COMPRAS";

Que, mediante Oficio N° 000031-2024-PERU COMPRAS-JEFATURA, ingresado el 04 de marzo de 2024 bajo el Expediente N° 2024-0015720, la Central de Compras Públicas PERÚ COMPRAS comunica al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la opinión favorable sobre la viabilidad de los tres (03) proyectos de Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar presentadas por el Programa Nacional Cuna Más, opinión emitida por la Dirección de Estandarización y Sistematización mediante el Informe N° 000035-2024-PERÚ COMPRAS-DES de fecha 01 de marzo de 2024, la cual toma en consideración el análisis efectuado en el Informe N° 000068-2024-PERÚ COMPRAS-OAJ del 01 de marzo de 2024 por la Oficina de Asesoría Jurídica y en el Informe N° 000009-2024-PERÚ COMPRAS-DAMER de fecha 20 de febrero de 2024 por la Dirección de Análisis de Mercado;

Que, mediante el Informe N° D000044-2024-MIDIS-OGA de fecha 07 de marzo de 2024, y sobre la base lo informado por la Coordinadora del Equipo de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Oficina General de Administración informa a la Secretaría General que, considerando que a la fecha se cuenta con opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS sobre la viabilidad de los tres (03) proyectos de Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar; de acuerdo al numeral 31.1 del artículo 31 del RLCE y el numeral 8.13 de la Directiva, corresponde al Titular de la Entidad aprobar los tres (3) proyectos de Fichas de Homologación, mediante Resolución Ministerial en un plazo máximo de siete (07) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la notificación de la opinión favorable de PERÚ COMPRAS, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, mediante el Informe N° D000107-2024-MIDIS-OGAJ de fecha 11 de marzo de 2024 de la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la viabilidad legal de la emisión del presente acto resolutivo;

Con el visado de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Coordinadora del Equipo de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización, y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225 y sus modificatorias; la Resolución Jefatural N° 000164-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, que aprueba la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS denominada "Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos"; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar tres (03) Fichas de Homologación, las mismas que en Anexos forman parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:

DESCARGAR ANEXO: (.PDF)

Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Administración remita a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", el acto resolutivo y sus Anexos que comprenden las Fichas de Homologación aprobadas en el artículo 1, para que se gestione su incorporación en el "Listado de Requerimientos Homologados" publicado en la sede digital de dicha entidad.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a los miembros del Equipo de Homologación, así como a los órganos de línea y Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

[El Peruano: 13/03/2024]




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