R. M. N° 043-2024-MINEDU.- Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República



R. M. N° 043-2024-MINEDU.- Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 043-2024-MINEDU


Lima, 31 de enero de 2024

VISTOS, los documentos contenidos en el Expediente N° MPD2024-EXT-0021168; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 682-2023-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 010: M. de Educación, por la suma de S/ 10 969 039 883.00 (DIEZ MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modificado por la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358, establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refiere el artículo 1 de la citada Ley, se destina para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;

Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital y a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión "6000053. CONTROL CONCURRENTE", en la Finalidad "0348747. CONTROL CONCURRENTE" y en la Específica del Gasto "2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL";

Que, el numeral 7.4 del acápite 7 de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL, "Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente", aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 419-2023-CG, establece que la Contraloría solicitará a los pliegos las transferencias financieras para el financiamiento del control concurrente de las inversiones, con un plazo de quince (15) días hábiles siguientes de recibida la solicitud de transferencia; precisando que para el caso de inversiones las entidades comprendidas en el alcance de la Ley N° 31358, para efectos del control gubernamental en la modalidad de control concurrente, habilitan el rubro "Control Concurrente", dentro de la genérica de gasto de "Activos no financieros" de la categoría de gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de la entidad;

Que, mediante el Oficio N° 000007-2024-CG/SGE, la Contraloría General de la República comunica al Ministerio de Educación (MINEDU), que ha priorizado el proyecto de inversión con Código Único de Inversión (CUI) N° 2131619 "Rehabilitación y remodelación de la infraestructura educativa y equipamiento de la Institución Educativa Nº 0050 Abraham Cárdenas Ruiz ubicada en la Región de San Martin, provincia de Bellavista y distrito de Bellavista"; por lo que, habiendo determinado el costo de control concurrente, solicita efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 724 954,00 (SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar las acciones de control concurrente del referido proyecto de inversión, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y sus modificatorias, y en la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL;

Que, con el Oficio N° 000145-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) remite los Informes N° 000035-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP y N° 000062-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y la Oficina de Asesoría Jurídica (OAJ) del PRONIED, respectivamente, a través de los cuales sustenta y solicita gestionar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por el monto de S/ 724 954,00 (SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con CUI N° 2131619 "Rehabilitación y remodelación de la infraestructura educativa y equipamiento de la Institución Educativa Nº 0050 Abraham Cárdenas Ruiz ubicada en la Región de San Martin, provincia de Bellavista y distrito de Bellavista", en el marco de la Ley N° 31358 y modificatorias, y la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL;

Que, a través del Memorándum N° 00022-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, como órgano encargado de cumplir las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, emite opinión técnica señalando que ha identificado que en el Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) así como en el Banco de Inversiones (BI) la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) de la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa ha registrado el costo de control concurrente en el Formato N° 08-A: "Registro en la Fase de Ejecución" del proyecto de inversión, verificando que el monto registrado coincide con el calculado por la Contraloría General de la República de acuerdo con el Oficio N° 000007-2024-CG/SGE;

Que, mediante el Informe N° 00100-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable sobre la Transferencia Financiera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 724 954,00 (SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con CUI N° 2131619 "Rehabilitación y remodelación de la infraestructura educativa y equipamiento de la Institución Educativa Nº 0050 Abraham Cárdenas Ruiz ubicada en la Región de San Martin, provincia de Bellavista y distrito de Bellavista", a cargo de la Unidad Ejecutora 108; Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y sus modificatorias y la Directiva Nº 016-2024-CG/GMPL; por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;

Que, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 724 954,00 (SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358 y modificatorias;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2024; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y sus modificatorias; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Educación; la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y la Resolución de Contraloría N° 419-2023-CG, que aprueba la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, hasta por la suma de S/ 724 954,00 (SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con CUI N° 2131619 "Rehabilitación y remodelación de la infraestructura educativa y equipamiento de la Institución Educativa Nº 0050 Abraham Cárdenas Ruiz ubicada en la Región de San Martin, provincia de Bellavista y distrito de Bellavista", a cargo de la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y modificatorias, de acuerdo al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- Copia de la presente Resolución y su Anexo se remiten al responsable de la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, para que efectúen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Transferencia Financiera.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRIAM PONCE VERTIZ
Ministra de Educación

[El Peruano: 31/01/2024]



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