R. M. N° 224-2023-PCM.- Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros



R. M. N° 224-2023-PCM.- Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 224-2023-PCM


Lima, 16 de octubre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, y de la coordinación con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, señala que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, asimismo, el Anexo 1 "Glosario de Términos" de los Lineamientos de Organización del Estado, define al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones como el documento que consolida las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, precisa, que se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto Integrado hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda del Reglamento de Organización y Funciones aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente;

Que, según lo dispuesto en el artículo 44-A de los Lineamientos de Organización del Estado, cuando se modifica el Reglamento de Organización y Funciones, la entidad debe actualizar el Texto Integrado;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 126-2021-PCM y la Resolución Ministerial Nº 141-2021-PCM, se aprueban la Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, respectivamente;

Que, asimismo, con Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, a través del Decreto Supremo N° 107-2023-PCM y la Resolución Ministerial Nº 215-2023-PCM, se modifican la Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, respectivamente;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 107-2023-PCM, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial que modifica la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, actualiza el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante el Informe Nº D000261-2023-PCM-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone y sustenta la necesidad de actualizar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Decreto Supremo N° 107-2023-PCM, Decreto Supremo que modifica la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros


Aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, que consta de dos (02) títulos, ciento veintiun (121) artículos y un (01) Anexo que contiene el Organigrama de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 2.- Dejar sin efecto

Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 3.- Publicación

La presente Resolución Ministerial y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros se publican en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros

[El Peruano: 16/10/2023]



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