Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023
DECRETO SUPREMO Nº 200-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional en el presupuesto del Año Fiscal 2023 a favor de los gobiernos regionales hasta por el monto de S/ 264 531 490,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a propuesta de esta última, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los gobiernos regionales, conforme a lo dispuesto, entre otros, en los literales a), b), d), f), h), i), j), l), m), n), ñ), o), q) y s) del citado numeral;
Que, el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley N° 31638, dispone que el financiamiento al que se hace referencia en el numeral 42.1 se efectúa progresivamente y en etapas hasta el 15 de setiembre de 2023. Asimismo, cada transferencia se efectúa en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones, salvo la primera transferencia que se realiza sobre los recursos asignados en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y/o su ejecución, hasta el 31 de julio de 2023, y conforme a las condiciones o disposiciones complementarias para la transferencia y ejecución de los recursos que apruebe el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, en un plazo que no exceda de los cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente ley;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 111-2023-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los gobiernos regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2023";
Que, por otro lado, el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismo Programa Presupuestal orientado a Resultados, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación de desempeño en el marco del Presupuesto por Resultados; dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, siendo que cada Pliego presupuestario que transfiera recursos en el marco del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos, lo que incluye el monitoreo financiero de los mismos;
Que, mediante el Oficio N° 388-2023-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de los gobiernos regionales, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a su cargo, en el marco de los literales a), b), d), f), h), i), j), l), m), n), ñ), o), q) y s) del numeral 42.1 y del numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 01340-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos. Asimismo, se remite información complementaria mediante el Oficio N° 00840-2023-MINEDU/SPE-OPEP de la citada Oficina, que adjunta el Informe N° 01497-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP;
Que, mediante Memorando N° 01359-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 02465-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el costo estimado correspondiente a los meses de setiembre a diciembre del año 2023 para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los gobiernos regionales referido a la contratación de CAS, así como el costo máximo estimado para el pago de viáticos en comisión de servicios, en el marco de lo establecido en numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 31638;
Que, mediante el Memorando Nº 0573-2023-EF/50.05, la Dirección General de Presupuesto Público señala que la modificación presupuestaria en el nivel institucional entre los Pliegos que ejecutan recursos del PP 0090: Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular, cumple con las condiciones establecidas en el numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de
S/ 41 475 310,00 (CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de los gobiernos regionales, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en los numerales 42.1 y 42.2 del artículo 42 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y, en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 41 475 310,00 (CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor de los gobiernos regionales, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los gobiernos regionales, conforme a lo dispuesto en los literales a), b), d), f), h), i), j), l), m), n), ñ), o), q) y s) del numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : M. de Educación
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica Para Todos
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular
PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas
ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de Educación Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 11 135 870,00
PRODUCTO 3000388 : Evaluación de los aprendizajes y de la calidad educativa
ACTIVIDAD 5000244 : Evaluación censal de estudiantes
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4. Donaciones y transferencias 4 362 957,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividades
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 12 181 714,00
UNIDAD EJECUTORA 0120 : Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular
PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de educación básica regular cuentan con materiales educativos necesarios para el logro de los estándares de aprendizajes
ACTIVIDAD 5005642 : Dotación de material y recursos educativos para estudiantes de Educación Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 13 293 702,00
ACTIVIDAD 5005643 : Dotación de material y recursos educativos para estudiantes de Educación Intercultural Bilingüe
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 501 067,00
============
TOTAL EGRESOS 41 475 310,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Regionales
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular
PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 666 479,00
PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas
ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de educación básica regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 655 582,00
ACTIVIDAD 5005629 : Contratación oportuna y pago del personal administrativo y de apoyo de las instituciones educativas de educación básica regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 13 398 151,00
ACTIVIDAD 5005943 : Mantenimiento y operación de locales escolares de instituciones educativas de educación básica regular con condiciones adecuadas para su funcionamiento
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 14 110 873,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
PRODUCTO 3000001 Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000276 Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 62,00
PRODUCTO 3000789 : Instituciones educativas emplean material educativo, equipamiento y mobiliario
ACTIVIDAD 5003164 : Dotación de materiales y equipos educativos para estudiantes de instituciones educativas inclusivas
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 435,00
ACTIVIDAD 5003166 : Dotación de materiales y equipos educativos para centros de educación básica especial y centros de recursos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 27 869,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 117,904.00
ACTIVIDAD 5003169 : Dotación de materiales y equipos educativos para programas de intervención temprana
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 3 560,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 168 179,00
PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente
ACTIVIDAD 5004308 : Contratación oportuna y pago de personal para atención de programas de intervención temprana
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 73 970,00
ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en instituciones educativas inclusivas, centros de educación básica especial y centros de recursos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 447 191,00
PRODUCTO 3000791 : Personal con competencias para la atención de estudiantes con discapacidad
ACTIVIDAD 5005882 : Asistencia técnica y soporte para la gestión pedagógica e institucional de los centros de educación básica especial
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 16 089,00
PRODUCTO 3000792 : Locales con condiciones físicas adecuadas
ACTIVIDAD 5003165 : Mantenimiento y acondicionamiento de espacios en locales de los centros de educación básica especial y centros de recursos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 57 940,00
ACTIVIDAD 5003168 : Mantenimiento y acondicionamiento de espacios en programas de intervención temprana
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 8 848,00
PRODUCTO 3000793 : Familias involucradas en el proceso educativo
ACTIVIDAD 5004307 : Asistencia a familias de estudiantes de centros de educación básica especial para participación en proceso educativo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 4 074,00
ACTIVIDAD 5005875 : Asistencia a familias de estudiantes de los programas de intervención temprana para participación en el proceso educativo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 288,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0107 : Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria
PRODUCTO 3000001 Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000276 Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 128,00
PRODUCTO 3000546 : Instituciones de educación superior pedagógica con condiciones básicas para el funcionamiento.
ACTIVIDAD 5005907 : Contratación oportuna y pago de personal administrativo y de apoyo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 877 984,00
ACTIVIDAD 5005908 : Provisión de servicios básicos y mantenimiento de equipamiento e infraestructura
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 21 305,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0147 : Fortalecimiento de la educación superior tecnológica
PRODUCTO 3000836 : Adecuadas condiciones de operación de las instituciones de la educación superior tecnológica
ACTIVIDAD 5006100 : Provisión de servicios básicos, seguridad y limpieza
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 268 976,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0150 : Incremento en el acceso de la población a los servicios educativos públicos de la educación básica
PRODUCTO 3000868 : Modelos de servicios educativos validados
ACTIVIDAD 5006242 : Implementación de piloto de modelo de servicio educativo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 2 940 516,00
CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 53 830,00
ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del ciclo avanzado de la educación básica alternativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 439,00
ACTIVIDAD 5000683 : Desarrollo del ciclo intermedio de la educación básica alternativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 25 114,00
ACTIVIDAD 5001933 : Desarrollo de la promoción escolar, cultura y deporte
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 2 657 040,00
ACTIVIDAD 5003934 : Mejora en la gestión de las instituciones educativas
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 765 622,00
ACTIVIDAD 5005692 : Desarrollo de servicios pedagógicos especializados
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 2 942,00
ACTIVIDAD 5006267 : Fortalecimiento institucional de las ugel
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 314 506,00
ACTIVIDAD 5006374 : Supervisión a instituciones educativas privadas
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 788 414,00
============
TOTAL EGRESOS 41 475 310,00
============
1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo I: Programa Presupuestal 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular, Anexo II: Programa Presupuestal 0106: Inclusión de Niños, Niñas y Jóvenes con Discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva - Parte 1, Anexo III: Programa Presupuestal 0106: Inclusión de Niños, Niñas y Jóvenes con Discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva - Parte 2, Anexo IV: Programa Presupuestal 0106: Inclusión de Niños, Niñas y Jóvenes con Discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva - Parte 3, Anexo V: Programa Presupuestal 0107: Mejora de la Formación en Carreras Docentes en Institutos de Educación Superior No Universitaria, Anexo VI: Programa Presupuestal 0147: Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica, Anexo VII: Programa Presupuestal 0150: Incremento en el Acceso de la Población a los Servicios Educativos Públicos de la Educación Básica, Anexo VIII: Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos - Parte 1 y Anexo IX: Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos - Parte 2; que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1. El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y verificación
El Ministerio de Educación es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos, lo que incluye su monitoreo financiero.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
Encargada del Despacho del
Ministerio de Economía y Finanzas
MIRIAM JANETTE PONCE VÉRTIZ
Ministra de Educación
[El Peruano: 15/09/2023]
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