Suplantación de identidad en redes: Poder Judicial advierte penas con más de seis años de cárcel



Suplantación de identidad en redes: Poder Judicial advierte penas con más de seis años de cárcel
SUPLANTAR IDENTIDAD EN REDES O CUALQUIER OTRA MODALIDAD CONLLEVA PENA DE CÁRCEL: El Poder Judicial advierte que la suplantación de identidad en redes sociales u otras plataformas, ya sea con el objetivo de difamar o obtener beneficios económicos, se castiga con penas de prisión de más de seis años, según el juez Cesil Méjico Leaño.

La suplantación de identidad a través de redes sociales como Facebook o WhatsApp, que cause perjuicio material, moral o económico a la víctima, puede llevar a una condena de tres a más de seis años de cárcel, dependiendo de la gravedad del delito. Las formas de este delito son variadas, desde utilizar tarjetas bancarias ajenas hasta cometer estafas o captar a menores con fines ilícitos.

El juez Méjico Leaño, del 15° Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte de Lima, explicó que el delito de suplantación de identidad está sancionado por la Ley de Delitos Informáticos Nº 30096. Esta ley establece que se comete el delito al suplantar la identidad de una persona natural o jurídica mediante tecnologías de la información o comunicación, siempre que se cause algún perjuicio material o moral.

El magistrado mencionó que la pena por el delito básico de suplantación de identidad va de tres a cinco años de prisión, mientras que las modalidades agravadas pueden conllevar penas de cinco años y seis meses hasta más de seis años de cárcel. Además, se considera agravante si el delito se comete como parte de una organización criminal, abusando de una posición de acceso a información reservada o con fines económicos.

Se recalca que los actos de suplantación de identidad tienen consecuencias legales graves y pueden afectar tanto a nivel material como emocional a las víctimas.



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