La medida se establece de conformidad con la Resolución Viceministerial N° 025-2023-Minedu que precisa que las entidades de educación superior que están comprendidas dentro de esta resolución son los Institutos de Educación Superior Tecnológicos IEST, Institutos de educación Superior (IES) y las Escuelas de Educación Superior Tecnológicas (EEST), refiere un informe del Estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados.
Durante la emergencia sanitaria causada por el covid-19 se dispuso que las escuelas y los institutos de educación superior licenciados puedan desarrollar sus programas de estudios a través del uso de entornos virtuales de aprendizaje bajo la modalidad: (i) Semipresencial y (ii) A distancia, hasta que se restablezca el servicio educativo desarrollado de manera presencial en dichas instituciones.
De acuerdo con la Resolución Viceministerial, en el marco de la emergencia sanitaria, se identificaron los siguientes programas de estudios desarrollados bajo las modalidades: Presencial (1,488), semipresencial (713), a distancia (194).
Entornos virtuales de aprendizaje
Además, se reportó cerca del 40% de programas usando entornos virtuales de aprendizaje. Por lo cual, se logró aumentar significativamente el acceso a la educación superior tecnológica, acortando las brechas geográficas y económicas de los estudiantes.
Resulta necesario dictar medidas excepcionales y de carácter temporal ante el retorno a la presencialidad que permitan favorecer aproximadamente a 497,579 estudiantes, con el fin de no poner en riesgo la continuidad de su formación en educación superior tecnológica, señala el documento.
¿Cuáles son las disposiciones excepcionales?
Los IEST, IES y EEST pueden continuar desarrollando programas de estudios bajo una modalidad de servicio educativo distinta a la autorizada o licenciada, según corresponda, hasta la culminación de la formación de los estudiantes matriculados en dichos programas de estudios según su nivel formativo.
Hasta el 30 de junio de 2023, las IEST, IES y EEST pueden convocar procesos de admisión respecto de los programas de estudios bajo una modalidad de servicio educativo distinta a la autorizada o licenciada.
En caso los IES y EEST opten por continuar, con posterioridad al 30 de junio de2023, admitiendo nuevos estudiantes en programas de estudios bajo una modalidad de servicio educativo distinta a la licenciada, deberán solicitar la autorización correspondiente, según la normativa vigente.
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