La presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios Alvarado, continuará con la realización de visitas inopinadas a diferentes sedes judiciales con el propósito de verificar las labores jurisdiccionales y administrativas, tras el reinicio de la jornada completa de trabajo presencial en este poder del Estado.
Sobre las primeras visitas
Estas acciones prosiguen desde el 3 de junio cuando llegó a primera hora de la jornada laboral a la sede principal de la Corte Superior de Lima (edificio Alzamora Valdez) donde hizo un recorrido por los ambientes del piso 7, donde funcionan los despachos de los juzgados civiles.
En su recorrido, por este local judicial observó la ausencia de algunos magistrados/as, como en el 34 Juzgado Civil de Lima, donde el jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) de este distrito judicial levantó el acta respectiva.
Además, encontró que no se había dado el trámite correspondiente a alrededor de dos mil escritos presentados.
Sobre la presencialidad
Cabe indicar, que mediante Resolución Administrativa Nº000196-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso que las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal se realicen en jornada completa presencial desde el 1 de junio.
La medida fue respaldada por la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú durante una reciente reunión virtual con Barrios Alvarado.
¿Cómo deben desarrollarse las labores?
En la norma antes indicada, el órgano de gobierno estableció que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) realice control presencial de la asistencia y permanencia de los jueces y juezas de los diversos niveles a través de las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (Odecma), e informe cada semana al CEPJ sobre la labor realizada.
De igual modo, dispuso que los presidentes/as de las cortes superiores, así como las Odecma supervisen el trámite de los expedientes y la producción jurisdiccional de los jueces y juezas que efectúen trabajo presencial, mixto o remoto.
También, los jueces y juezas, de acuerdo a la citada resolución, deben atender de manera presencial a los abogados y partes procesales, observando las medidas de bioseguridad necesarias, o a través de la herramienta informática "El juez te escucha, programa tu cita".
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