A estas horas, las calles lucen solitarias y efectivos policiales hacen rondas para resguardar el cumplimiento de la disposición.
En un mensaje a la Nación, el presidente Pedro Castillo anunció que "el Consejo de Ministros, de conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política, decretó el estado de emergencia, suspendiendo los derechos constitucionales relativos a la libertad y a la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en las provincias de Lima y Callao".
"El Consejo de Ministros ha aprobado declarar la inamovilidad ciudadana desde las 2 de la mañana hasta las 11:59 de la noche del día martes 5 de abril, para resguardar los derechos fundamentales de todas las personas, lo cual no impedirá el abastecimiento de los servicios esenciales de todas las peruanas y peruanos", manifestó.
Señaló que la medida se adoptó ante los hechos de violencia que "algunos grupos han querido crear", mediante el bloqueo del libre tránsito en los accesos a las provincias de Lima y Callao, lo que creó inseguridad y zozobra en los trabajadores y población en general, y con el fin de "restablecer la paz y el orden interno".
Tras hacer un llamado a la calma reafirmó que "la protesta social es un derecho constitucional, pero debe hacerse dentro del marco de la ley, respetando la integridad de las personas, así como la propiedad pública y privada".
Por su parte, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, aseguró que los servicios esenciales continuarán funcionando en Lima y Callao durante la inamovilidad ciudadana.
Modificatoria
Mediante el Decreto Supremo 034-2022-PCM, publicado anoche en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Gobierno modificó el decreto que prorroga estado de emergencia en Lima y Callao.
Precisa que durante la inmovilización social obligatoria se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
Además, se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención. El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar siempre que porte su pase personal laboral, su credencial periodística y su documento nacional de identidad.
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