RES. Nº 0454-2021-UNHEVAL.- Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos modificado de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco



RES. Nº 0454-2021-UNHEVAL.- Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos modificado de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco
INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos modificado de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco

UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0454-2021-UNHEVAL


Cayhuayna, 31 de diciembre de 2021

VISTOS, los documentos que acompañan en quince (15) folios y diez (10) files;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes;

Que, mediante el Informe Digital N° 0027-2021-UNHEVAL/OPyP/UOM, de fecha 31 de diciembre de 2021, suscrito por la Unidad Funcional de Modernización, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se remite el informe para la aprobación de la modificación del Texto Único de Procedimiento Administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, adecuados al Sistema Único de Tramite (SUT), el cual regula 41 procedimientos administrativos, elaborados por el Equipo de Trabajo para la implementación del Sistema Único de Trámite (SUT) de la UNHEVAL; precisando, luego de exponer la base legal, lo siguiente:

II. Análisis:

2.1. El expediente de modificaciones del Texto Único de Procedimiento Administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, adecuados al Sistema Único de Tramite (SUT), regula 41 procedimientos administrativos, elaborados por el Equipo de Trabajo para la implementación del Sistema Único de Trámite (SUT) de la UNHEVAL, conformado por el Supervisor SUT - Secretaria General; el Administrador SUT - Jefe (e) de la Unidad de Organización y Métodos; el Registrador Legal SUT - Servidor CAS asignada a la Oficina de Asesoría Jurídica; el Registrador de Procesos - Analista de la Unidad de Organización y Métodos; el Registrador de Costos SUT - Jefe de la Sub Unidad de Costos y Tributación, según la Resolución Rectoral N° 0175-2021-UNHEVAL, de fecha 29 de octubre de 2021; precisándose que el proyecto de modificación del TUPA a través del SUT fue elaborado por el Equipo de Trabajo para la implementación del SUT y con la asesoría del sectorista asignado por la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Teniendo como resultado el siguiente expediente con la información correspondiente de cada procedimiento administrativo y/o servicio prestado en exclusividad, tales como la información al ciudadano, descripción básica, modalidad de atención, requisitos, base legal del PA/SE, sustento técnico legal, tabla ASME, asimismo, el costo que genera para la entidad la ejecución del servicio prestado, estableciéndose que los costos obtenidos fueron aprobados por el Consejo Universitario con la Resolución Consejo Universitario N° 1273-2021-UNHEVAL, de fecha 30 de diciembre de 2021, en sesión de Consejo Universitario llevado a cabo el día 29 de diciembre del presente año; teniendo como resultado los costos finales que se están considerando en la modificación del TUPA.

2.2. Se sustenta además el presente Informe en el siguiente marco normativo:

2.1.1. Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley de Procedimiento Administrativo General", en su artículo 43° regula que el Texto Único de Procedimiento Administrativo, debe contener los procedimientos de instancia de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos; la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento; la calificación de cada procedimiento, la evaluación de los mismos y el pago de los derechos de tramitación con la indicación de su monto y forma de pago; las vías de recepción adecuada; la descripción de las autoridades para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos administrativos a presentarse; asimismo, también establece que se inserte los formularios en caso de corresponder; la información complementaria como sedes de atención, horarios, medios de pago, datos de contacto, notas al ciudadano; requisitos con el cual cumple la propuesta de modificación del TUPA;

2.1.2. Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, de fecha 27 de noviembre de 2018, regula la Aprobación de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo y en su artículo 5° inciso 5.3 y 5.4 establecen los supuestos en la que procede la aprobación o modificación del TUPA, los cuales son: 5.3. Cuando se trate de la modificación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad, en lo que se produzca los siguientes supuestos: el incremento de requisitos, aumento de plazo de atención; cambio de calificación, de aprobación automática a evaluación previa o de silencio administrativo positivo a silencio administrativo negativo, en el caso de procedimientos administrativos y 5.4. Como resultado de un proceso de simplificación administrativa o modernización institucional; situaciones en la que se encuentra la Universidad Nacional Hermilio Valdizán;

2.1.3. Decreto Legislativo N° 1203, se crea el Sistema Único De Trámites (SUT) para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, como herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA), al cual la Universidad tiene que adecuarse al estar considerado dentro del artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley de Procedimiento Administrativo General" y el cual se está cumpliendo ya que el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) está siendo adecuado a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 031-2018-PCM que aprueba el "Reglamento del Decreto Legislativo N° 1203 Decreto Supremo que crea el Sistema Único de Tramite (SUT), para la Simplificación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados con Exclusividad"; a través de la creación de un expediente regular;

III. Procedimiento Previo a la aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán:

3.1 La Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, de fecha 27 de noviembre de 2018, regula la Aprobación de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo, en su artículo 17° numeral 17.3.3. establece: "Una vez que el expediente cuente con la conformidad de la Secretaria General o del órgano que haga sus veces, cumple con trasladar el expediente al titular de la entidad para proseguir el trámite de aprobación correspondiente"; consecuentemente, por aplicación de la norma legal precisada se requiere que previo a que el Rector emita la Resolución respectiva se requiere que la Secretaria General emita la conformidad respectiva sobre el expediente de propuesta de modificación del Texto Único de Procedimiento Administrativo;

IV.Ente competente que debe aprobar la Modificación del Texto Único de Procedimiento Administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán:

4.1. Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley de Procedimiento Administrativo General", en su artículo 44°, numeral 44.1° regula: "El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo"; la cual debe concordarse con lo establecido en el artículo 18° de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, de fecha 27 de noviembre de 2018, que regula la aprobación de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo; por lo que corresponde al Titular del Pliego aprobar la MODIFICACIÓN del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Resolución Consejo Universitario N° 0769-2019-UNHEVAL, de fecha 27 de febrero de 2019;

V. Conclusiones y recomendaciones:

5.1. Se remite el proyecto de Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, con 41 procedimientos administrativos para que se emita el informe respectivo previo a su aprobación mediante resolución rectoral; para lo cual adjunta: Un ejemplar del Texto Único Administrativo de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, adecuado al Sistema Único de Tramite (1 file); Formato de Informe resumen para la modificación del TUPA (Formato A) suscrito por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (1 file); Formato de Sustento Legal y Técnica (Formato B) suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y Jefe de la Unidad de Modernización (1 file); Oficio N° 286-2021-UNHEVAL-DIGA, de fecha 31 de diciembre de 2021 conteniendo el informe Técnico emitido por la Dirección de Administración sobre el sustento de los costos en 07 folios (7 file);

Que Secretaria General de la UNHEVAL, con Oficio N° 0404-2021-UNHEVAL/SG, de fecha 31.DIC.2021, dirigido al Rector, remite el expediente descrito en el considerando anterior, precisando que se advierte que la modificación del TUPA de la UNHEVAL cumple con los requisitos establecidos en el artículo 17.3° de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, de fecha 27 de noviembre de 2018, que "Regula la Aprobación de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo"; asimismo cumple con todos los lineamientos establecidos en las norma legales señaladas en el informe digital N° 0027-2021-UNHEVAL/OPyP/UOM; por lo que, solicita la aprobación de la Modificación del TUPA de la UNHEVAL, adecuado al SUT, mediante resolución rectoral;

Que, el Rector, remite el presente caso a Secretaria General, con Proveído N° 0838-2021-UNHEVAL-R, para que se emita la resolución correspondiente; y,

Estando a las atribuciones conferidas al Rector por la Ley Universitaria N° 30220; por el Estatuto y el Reglamento General de la UNHEVAL; por la Resolución N° 067-2021-UNHEVAL-CEU, del 09.AGO.2021, del Comité Electoral Universitario de la UNHEVAL, que proclamó y acreditó, a partir del 02.SET.2021 hasta el 01.SET.2026, al Rector y Vicerrectores de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco; asimismo, teniendo en cuenta el Oficio Nº 5224-2021-SUNEDU-02-15-02, emitido por la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU, a través del cual se informa el registro de datos de las autoridades de la UNHEVAL; y la Resolución Rectoral N° 0441-2021-UNHEVAL, del 30.DIC.2021, que encargó las funciones de Rector de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco a la Dra. Nancy Guillermina Veramendi Villavicencios, Vicerrectora Académica, por encontrarse el Titular con licencia por motivos personales;

SE RESUELVE:

1°. APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MODIFICADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO, el cual cuenta con 41 procedimientos administrativos, el mismo que forma parte de la presente Resolución; por lo expuesto en los considerandos precedentes.

2°. DISPONER la PUBLICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO MODIFICADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO, en el Diario Oficial "El Peruano"; por lo expuesto en los considerandos precedentes.

3° ENCOMENDAR a la responsable del Portal de Transparencia y a la Oficina de Tecnologías de la Información de la UNHEVAL, publicar la presente Resolución, en el portal de transparencia y en la página web de la institución: www.unheval.edu.pe, respectivamente.

4°. DISPONER que el Vicerrectorado Académico, el Vicerrectorado de Investigación, los decanatos de las facultades, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad Funcional de Modernización, Dirección General de Administración y las demás unidades orgánicas y unidades funcionales competentes adopten las acciones que corresponde para la implementación de la presente Resolución.

5°. DAR A CONOCER la presente Resolución a los órganos competentes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

NANCY G. VERAMENDI VILLAVICENCIOS
Rectora (e)

NINFA Y. TORRES MUNGUIA
Secretaria General

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

[El Peruano: 22/01/2022]





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