R. VM. N° 232-2021-MINEDU.- Modifican el cronograma del Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial correspondiente al año 2021



R. VM. N° 232-2021-MINEDU.- Modifican el cronograma del Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial correspondiente al año 2021
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Modifican el cronograma del Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial correspondiente al año 2021

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 232-2021-MINEDU


Lima, 22 de julio de 2021

VISTOS, el Expediente N° 0025423-2021; los Informes N° 00240-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD DIED y N° 00299-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDDDIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N° 00905-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, en adelante, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación;

y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 26 de la citada Ley establece que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad, este se realiza a través de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto;

Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 27 de la Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a las normas y especificaciones técnicas que se emitan;

Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley de Reforma Magisterial, la evaluación para el ascenso en la Carrera Pública Magisterial tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente;

Que, conforme con lo dispuesto por el artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de la Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, la evaluación de ascenso tiene, entre sus objetivos, promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado "Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial", en adelante, documento normativo, el cual tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, comprendidos en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED;

Que, el numeral 5.6.1.1 del referido documento normativo establece que la convocatoria del concurso se realiza de acuerdo a una periodicidad anual, la misma que se aprueba conjuntamente con su cronograma; asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 5.6.1.2, el Ministerio de Educación, excepcionalmente, puede modificar las fechas del cronograma antes señalado, lo que será difundido oportunamente en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 063-2021-MINEDU, se convoca al Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial correspondiente al año 2021, así como se aprueba el cronograma del referido concurso público;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 116-2021-MINEDU; se modifica la fecha de finalización de la actividad Nº 1 del Cronograma del citado concurso público;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio N° 513-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, los Informes N° 00240-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED y N° 00299-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborados por la Dirección de Evaluación Docente, a través de los cuales sustenta la necesidad de modificar el cronograma del Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial correspondiente al año 2021, aprobado por Resolución Viceministerial N° 063-2021-MINEDU y modificado por Resolución Viceministerial N° 116-2021-MINEDU;

Que, la propuesta normativa tiene por objetivo modificar las fechas de inicio y finalización a partir de la Actividad N° 02 denominada: "Publicación de centros de evaluación para rendir la Prueba Única Nacional" hasta la Actividad N° 18 denominada: "Emisión de resoluciones de ascenso de escala magisterial a ganadores de la fase excepcional del concurso", previstas en el cronograma del referido concurso público;

Que, a través del Informe N° 00905-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta de modificación, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el cronograma del Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial correspondiente al año 2021, aprobado por Resolución Viceministerial N° 063-2021-MINEDU y modificado por Resolución Viceministerial N° 116-2021-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 23/07/2021]

ANEXO

CRONOGRAMA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA EL ASCENSO DE ESCALA DE LOS PROFESORES DE EDUCACIÓN BÁSICA EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021


ActividadesInicioFin
1Inscripción única de postulantes, (a)24/03/202116/04/2021
2Publicación de centros de evaluación para rendir la Prueba Única Nacional.18/11/202118/11/2021
Etapa Nacional
3Aplicación de la Prueba Única Nacional.11/12/202111/12/2021
4Publicación de resultados preliminares de la Prueba Única Nacional a través del aplicativo disponible en el portal institucional del Minedu.20/12/202120/12/2021
5Presentación de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Única Nacional, a través del aplicativo proporcionado por el Minedu en su portal institucional.21/12/202123/12/2021
6Resolución de los reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Única Nacional presentados a través del aplicativo proporcionado por el Minedu en su portal institucional.21/12/202128/12/2021
7Publicación de plazas vacantes de ascenso puestas en concurso.29/12/202129/12/2021
8Publicación de resultados finales de la Prueba Única Nacional y publicación de la lista de clasificados para la Etapa Descentralizada.30/12/202130/12/2021
Etapa Descentralizada
9Conformación de los Comités de Evaluación.13/12/202130/12/2021
10Acreditación del derecho a recibir bonificación por discapacidad ante el Comité de Evaluación.04/01/202226/01/2022
11Verificación del cumplimiento de requisitos, del derecho a recibir la bonificación por discapacidad y valoración de la Trayectoria Profesional, e ingreso de resultados de la etapa descentralizada en el aplicativo proporcionado por el Minedu en su portal institucional, a cargo del Comité de Evaluación, (b)05/01/202227/01/2022
12Publicación de resultados preliminares del concurso, a través del aplicativo disponible en el portal institucional del Minedu. (c)01/02/202201/02/2022
13Presentación de reclamos, ante el Comité de Evaluación, sobre los resultados preliminares de la etapa descentralizada.02/02/202209/02/2022
14Resolución de reclamos e ingreso de resultados, en los casos que corresponda, de la etapa descentralizada en el aplicativo proporcionado por el Minedu, a cargo del Comité de Evaluación.02/02/202210/02/2022
15Publicación de resultados finales del concurso, (c)14/02/202214/02/2022
16Emisión de resoluciones de ascenso de escala magisterial a ganadores del concurso.16/02/202228/02/2022
Fase Excepcional
17Publicación de resultados de la fase excepcional.15/02/202215/02/2022
18Emisión de resoluciones de ascenso de escala magisterial a ganadores de la fase excepcional del concurso.16/02/202228/02/2022

(a) Los postulantes realizan el procedimiento de inscripción exclusivamente a través del aplicativo disponible en el portal Institucional del Minedu, según el procedimiento establecido en el documento normativo aprobado por Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU. Cabe señalar que, el postulante debe completar en el aplicativo de inscripción la Declaración Jurada virtual con la que acredita los requisitos, de acuerdo con lo dispuesto en el referido documento normativo.

(b) Los Comités de Evaluación, dentro del plazo previsto para la presente actividad, deberán solicitar al Área de Escalafón de la UGEL, o el que haga sus veces, los Informes Escalafonarios de los postulantes a ser evaluados en la etapa descentralizada. Dichos informes deben ser emitidos a través del Sistema Informático de Escalafón y entregados por el Área de Escalafón oportunamente al Comité de Evaluación correspondiente para el desarrollo de la presente actividad.

(c) De acuerdo con lo informado por los Comités de Evaluación en el aplicativo proporcionado por el Minedu.






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