R. VM. N° 196-2021-MINEDU.- Aprueban las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en IIEE. públicas denominado «Ideas en Acción 2021»



R. VM. N° 196-2021-MINEDU.- Aprueban las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en IIEE. públicas denominado «Ideas en Acción 2021»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en Instituciones Educativas públicas denominado "Ideas en Acción 2021"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 196-2021-MINEDU


Lima, 24 de junio de 2021

VISTOS, el Expediente 0074925-2021, el Informe N° 01096-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 00713-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00767-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa;

Que, el artículo 3 de La Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, conforme con lo previsto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el artículo 6 de la precitada Ley señala que la formación ética y cívica es obligatoria en todo proceso educativo; prepara a los educandos para cumplir sus obligaciones personales, familiares y patrióticas y, para ejercer sus deberes y derechos ciudadanos;

Que, asimismo, el literal a) del artículo 9 de la Ley General de Educación establece, como uno de los fines de la educación peruana, formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y critica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU, que aprueba el Currículo Nacional de la Educación Básica, modificada por Resolución Ministerial Nº 159-2017-MINEDU; se establece el desarrollo de las competencias de los estudiantes a lo largo de la Educación Básica; entre ellas, la Competencia 16 denominada "Convive y participa democráticamente", la cual permite que el estudiante actúe en la sociedad relacionándose con los demás de manera justa y equitativa, tome posición frente a aquellos asuntos que lo involucran como ciudadano, así como contribuya en la construcción del bienestar general;

Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 212-2020-MINEDU, que aprueba los "Lineamientos de Tutoría y Orientación Educativa para la Educación Básica", se establecen los Espacios de participación estudiantil como una Estrategia de tutoría y orientación educativa, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en el servicio educativo en todos los aspectos de la vida institucional de acuerdo a sus características de desarrollo para fortalecer su rol como agentes de cambio y promover la práctica democrática a través de los municipios escolares u otras formas de participación estudiantil;

Que, de igual modo, por Resolución Viceministerial N° 273-2020-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado "Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2021 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", el cual establece los Compromisos de Gestión Escolar para organizar el funcionamiento de la Institución Educativa o programa educativo; entre ellos, el Compromiso 4: Acompañamiento y monitoreo para la mejora de las prácticas pedagógicas orientadas al logro de aprendizajes previstos en el Currículo Nacional de Educación Básica, que dispone que la implementación de la tutoría y orientación educativa se realiza a través de sus estrategias: tutoría individual, tutoría grupal, participación estudiantil, trabajo con la familia y la comunidad, y la orientación educativa permanente;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01096-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, elaborado por la Dirección de Educación Secundaria, a través de cual sustenta la necesidad de aprobar las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en Instituciones Educativas públicas denominado "Ideas en Acción 2021";

Que, el citado concurso tiene como objetivo promover la participación estudiantil mediante la reflexión e intervención en asuntos públicos de su interés a través del diseño e implementación de proyectos participativos en instituciones educativas públicas del nivel de educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa; promoviendo el reconocimiento de las y los estudiantes como sujetos de derecho y agentes de cambio para el bien común;

Que, asimismo, las referidas bases del concurso cuentan con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD) y de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA);

Que, mediante el Informe Nº 00713-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emitió opinión favorable señalando que la propuesta, por cuanto su objetivo y alcance, se encuentra alineada a los objetivos institucionales y estratégicos del Sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, no irrogará recursos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, a través del Informe Nº 00767-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en Instituciones Educativas públicas denominado "Ideas en Acción 2021", las mismas que, como anexo, forman parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación, a las Gerencias Regionales de Educación, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas públicas, en el marco de sus respectivas competencias, el cumplimento de las Bases del Concurso Educativo Nacional de Reconocimiento a la Participación Estudiantil en Instituciones Educativas públicas denominado "Ideas en Acción 2021", aprobadas por el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 25/06/2021]








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