R. VM. N° 193-2021-MINEDU.- Aprueban el documento normativo denominado «Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas»



R. VM. N° 193-2021-MINEDU.- Aprueban el documento normativo denominado «Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban el documento normativo denominado "Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 193-2021-MINEDU


Lima, 23 de junio de 2021

VISTOS; el Expediente N° 0073048-2021, los Informes N° 00065-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA y N° 00067-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe N° 00692-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 00751-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;

Que, el artículo 3 de La Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, conforme con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el artículo 49 de la precitada Ley establece que la Educación Superior es la segunda etapa del Sistema Educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma profesionales en el más alto nivel de especialización y perfeccionamiento en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología a fin de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país y su adecuada inserción internacional;

Que, el literal a) del artículo 51 de la Ley General de Educación señala que uno de los principales actores de la Educación Superior son las instituciones e instancias de Educación Superior, que pueden ser universidades, escuelas o institutos; públicos o privados; y que gozan de autonomía, conforme a la ley de la materia, y que se rigen por sus estatutos y ley específica; asimismo, el citado artículo establece que la Educación Superior contempla, entre otros, el proceso formativo, el funcionamiento de las instituciones e instancias de Educación Superior y su interrelación con la comunidad, poniendo especial énfasis en el aseguramiento de la calidad, acceso y articulación, en beneficio de los estudiantes;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0452-2010-ED, se aprueba la Directiva Nº 022-2010-ME/SG-OGA-UPER denominada "Normas que regulan el proceso de selección de personal para cubrir mediante encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos", modificada por las Resoluciones Jefaturales Nº 0898-2010-ED y Nº 1053-2011-ED; así como por las Resoluciones Viceministeriales Nº 032-2015-MINEDU, Nº 077-2015-MINEDU y Nº 006-2017-MINEDU;

Que, asimismo, la Resolución Viceministerial Nº 032-2015-MINEDU dispone que la referida Directiva constituye, a partir de la emisión de dicha resolución, una Norma Técnica, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 023-2013-MINEDU-SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación", aprobada por Resolución Ministerial Nº 520-2013-ED;

Que, la Novena Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 017-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el fortalecimiento de la gestión y el licenciamiento de los Institutos y Escuelas de Educación Superior, en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, dispone que en tanto se apruebe la Ley que regule la educación superior artística y la carrera pública de sus docentes, se encargará el puesto de director o directora general de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas en aplicación de las normas aprobadas por el Ministerio de Educación;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, los Informes Nº 00065-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA y N° 00067-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, elaborados por la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, a través de los cuales sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado "Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas", en adelante, documento normativo;

Que, el documento normativo tiene por objetivo establecer requisitos, impedimentos, procedimientos y criterios técnicos que permitan la encargatura de puestos y de funciones de director o directora general de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas y Escuelas Nacionales de Educación Superior, a fin de fortalecer la gestión institucional, administrativa y pedagógica de las mismas que permita asegurar la continuidad de la enseñanza que se presta a favor de las y los estudiantes;

Que, asimismo, resulta necesario exceptuar a las Escuelas Superiores de Formación Artística y Escuelas Nacionales de Educación Superior de los alcances de la Norma Técnica Nº 022-2010-ME/SG-OGA-UPER, denominada "Normas que regulan el proceso de selección de personal para cubrir mediante encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos", aprobada por Resolución Jefatural Nº 0452-2010-ED; en lo referido al proceso de selección de personal para cubrir por encargatura de puesto o de función de plazas directivas;

Que, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED);

Que, mediante el Informe N° 00692-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emitió opinión favorable, señalando que la propuesta se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector y toda vez que, desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, a través del Informe Nº 00751-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015- MINEDU y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado "Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas", el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Exceptuar a las Escuelas Superiores de Formación Artística y Escuelas Nacionales de Educación Superior de los alcances de la Norma Técnica Nº 022-2010-ME/SG-OGA-UPER, denominada "Normas que regulan el proceso de selección de personal para cubrir mediante encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos", aprobada por Resolución Jefatural Nº 0452-2010-ED; en lo referido al proceso de selección de personal para cubrir por encargatura de puesto o de función de plazas directivas.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 24/06/2021]






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