(R.M. Nº 221-2021-MINEDU)
La R.M. N° 221-2021-MINEDU (publicado el sábado 12/06/2021) aprueba el documento normativo denominado "DISPOSICIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO ANUAL DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA" el cual establece disposiciones para la organización del tiempo anual de las Instituciones Educativas de la Educación Básica, y así generar más espacios de trabajo colegiado y colaborativo, así como garantizar la participación de los docentes en la gestión de la Institución Educativa ; esto en base a que en el subnumeral 5.4.1.1 de la R.VM. Nº 273-2020-MINEDU, que aprueba las Orientaciones para el Año Escolar 2021, presenta un criterio de distribución temporal que sigue una organización semanal, que permite especializar, distribuir y organizar el tiempo de trabajo de las Instituciones Educativas de la Educación Básica (36 SEMANAS LECTIVAS AL AÑO y 8 SEMANAS DE GESTIÓN).
La Norma en mención distribuye las 36 semanas lectivas en cuatro (4) bloques de nueve (9) semanas cada uno, para implementar el servicio educativo, esto muy independiente de la organización de la programación anual que se tenga en la Institución Educativa; la estrategia aprendo en casa, en esta coyuntura, está publicando en el portal del MINEDU experiencias de aprendizajes integrados de todas las áreas, lo que NO significa que se tenga que entregar libretas de calificaciones de manera bimestral, como se hacía cuando el servicio educativo era de manera netamente presencial, pues la evaluación de competencias de estudiantes en emergencia sanitaria está establecida por la R.VM Nº 193-2020-MINEDU, en donde señala disposiciones sobre el registro en el SIAGIE y los niveles de logro o calificativos a registrar, estos también están ratificados en la R.M. Nº 121-2021-MINEDU, que aprueba disposiciones para la prestación del servicio educativo en la emergencia sanitaria que, además, indica que para la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizajes es fundamental al comunicación con el estudiante y su familia, y que se espera que durante el año o periodo lectivo la IE o el/la docente comunique los avances, dificultades y oportunidades de mejora al estudiante y/o su familia en momentos como: después de la evaluación diagnóstica de inicios de año para informar si requiere la consolidación 2020 o si iniciará con la continuidad 2021; en el mes de julio o agosto para dar a conocer sus avances y dificultades en relación a lo esperado y generar estrategias conjuntas para ayudar al estudiante; y a finales del año para informar sobre la situación final del o de la estudiante en el 2021, esta comunicación se debe adecuar a las características y necesidades de las familias y estudiantes y a las posibilidades según el tipo de prestación (llamadas, mensajes escritos, reuniones virtuales o presenciales), este último en caso se de prestación presencial o semipresencial del servicio educativo.
Esta norma también establece las acciones que se podrían realizar en cada uno de los bloques de las semanas de gestión los cuales están orientados a identificar los avances y oportunidades de mejora respecto de la gestión estratégica, pedagógica, administrativa y comunitaria de la institución educativa; así como contribuir en la calidad del servicio educativo para el logro de aprendizajes de las y los estudiantes, en el marco de los compromisos de gestión, estas acciones podrían adecuarse según las necesidades institucionales.
Este es un análisis y/o comentario, salvo mejor opinión.
Tacna-Perú, junio de 2021.
Fernando Gamarra Morales.
e-mail: fer_gamarra@hotmail.com
cel: 952290888.
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