D. S. N° 119-2021-PCM.- Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de NIEVA de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales



D. S. N° 119-2021-PCM.- Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de NIEVA de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de NIEVA de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

DECRETO SUPREMO N° 119-2021-PCM


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2021-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de febrero de 2021, se declaró el Estado de Emergencia en el distrito de Nieva de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que corresponda;

Que, el Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 027-2021-PCM, fue prorrogado por el Decreto Supremo Nº 073-2021-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 20 de abril de 2021, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en los artículos 6 y 15 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, la que no deberá exceder de sesenta (60) días calendario, adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias;

Que, mediante el Oficio N° 473-2021-G.R.AMAZONAS/GR, de fecha 3 de junio de 2021, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Amazonas solicita al INDECI, la prórroga del Estado de Emergencia en el distrito de Nieva de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales;

Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 17 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM, el INDECI emite opinión técnica respecto a la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia y remite el expediente a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, mediante el Oficio Nº 2592-2021-INDECI/5.0, de fecha 11 de junio de 2021, el Jefe del INDECI remite el Informe Técnico N° 00077-2021-INDECI/11.0 de fecha 9 de junio de 2021, emitido por el Director de Respuesta de la indicada entidad, sobre la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, teniendo en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe Técnico N° 19-2021-G.R.A/GR-DENAGERD-GEAA, de fecha 3 de junio de 2021, de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres del Gobierno Regional de Amazonas; (ii) el Informe Nº 329-2021-G.R.AMAZONAS/GRPPAT-SGPPTO, de fecha 8 de junio de 2021, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Amazonas; (iii) el Informe Técnico Nº 00360-2021-INDECI/14.0/HAEB, de fecha 7 de junio de 2021, de la Dirección de Rehabilitación del INDECI; y, (iv) el Informe de Emergencia Nº 867-9/6/2021/COEN-INDECI/16:30 Horas (Informe N° 21), emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el INDECI;

Que, en el Informe Técnico N° 00077-2021-INDECI/11.0, la Dirección de Respuesta del INDECI, señala que, dada la magnitud de la situación identificada en el distrito de Nieva de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, y habiéndose identificado acciones pendientes de culminar principalmente en lo correspondiente a la implementación de soluciones temporales de abastecimiento de agua apta para el consumo humano, a la limpieza y la descolmatación de causes, entre otros; se hace necesario continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias de rehabilitación que correspondan;

Que, asimismo, el mencionado informe técnico señala que, para las acciones a desarrollarse durante la prórroga del Estado de Emergencia solicitada, el Gobierno Regional de Amazonas, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI y la participación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentados en los estudios técnicos de las entidades competentes;

Que, adicionalmente, el citado informe técnico señala que la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Amazonas continúa sobrepasada; por lo que, se hace necesario continuar con la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno Nacional. Por dicha razón, la Dirección de Respuesta del INDECI opina que es procedente la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 027-2021-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo N° 073-2021-PCM, en el distrito de Nieva de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, teniendo en consideración la naturaleza de las acciones pendientes de ejecutar y la complejidad de solución, lo que permitirá continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan. Para dicho efecto, se cuenta con la opinión favorable del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, en consecuencia, encontrándose por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 027-2021-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo N° 073-2021-PCM; y, subsistiendo la necesidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan; resulta necesario prorrogar el Estado de Emergencia en el distrito de Nieva de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD", aprobada mediante el Decreto Supremo N° 074-2014-PCM;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

DECRETA:

Artículo 1.- Prórroga del Estado de Emergencia

Prorrogar el Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 027-2021-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo N° 073-2021-PCM, en el distrito de Nieva de la provincia de Condorcanqui, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 19 de junio de 2021, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan.

Artículo 2.- Acciones a ejecutar

El Gobierno Regional de Amazonas y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Artículo 3.- Financiamiento

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 4.- Refrendo

El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro del Interior y la Ministra de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veintiuno.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República

VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA
Presidenta del Consejo de Ministros

NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ
Ministra de Defensa

FEDERICO TENORIO CALDERÓN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO
Ministro del Interior

SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

[El Peruano: 17/06/2021]






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