R. VM. N° 056-2021-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica «Herramienta de incentivos para el logro de resultados en universidades públicas en el marco de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva»



R. VM. N° 056-2021-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica «Herramienta de incentivos para el logro de resultados en universidades públicas en el marco de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban la Norma Técnica "Herramienta de incentivos para el logro de resultados en universidades públicas en el marco de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 056-2021-MINEDU


Lima, 27 de febrero de 2021

VISTOS, los Expedientes Nº DIPODA2021-INT-0007626 y Nº MPD2021-EXT-0027180, el Oficio Nº 00079-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el Informe Nº 00013-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DIPODA de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el Memorándum Nº 00010-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y el Informe Técnico Nº 00002-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD de la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Memorándum Nº 00062-2021-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00101-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00199-2021- MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0035-2021-EF/50.05 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades; promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura; asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad, precisando que el Ministerio de Educación es el ente rector de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30220, dispone el diseño e implementación de mecanismos y herramientas técnicas que incentiven y/o fomenten la mejora de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo que brindan las universidades públicas; asimismo, señala que, el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece los montos y criterios técnicos, entre otras disposiciones que se estimen necesarias, para la aplicación de los citados mecanismos;

Que, el Lineamiento 1 del Objetivo Prioritario Nº 6 de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva, aprobada con Decreto Supremo Nº 012-2020-MINEDU, dispone el establecimiento de mecanismos de financiamiento por resultados orientados a la mejora de la calidad y a la investigación, desarrollo e innovación en las instituciones educativas de la Educación Superior y Técnico-Productiva, estableciendo las normas y criterios de asignación a través del diseño de mecanismos de financiamiento basado en resultados, que permita destinar recursos adicionales a las instituciones de la Educación Superior y Técnico-Productiva para la mejora de la calidad y para fines de investigación, desarrollo e innovación;

Que, el numeral 43.1 del artículo 43 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos universidades públicas para financiar, entre otros, la finalidad prevista en el literal a) del citado numeral, referida al cumplimiento de acciones asociadas a la mejora de calidad del servicio de educación superior universitaria en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 30220, Ley Universitaria, de acuerdo a la herramienta de incentivos, sus lineamientos y condiciones que se apruebe mediante resolución del Ministerio de Educación, previa opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), para tal efecto, dentro de un plazo que no exceda de los sesenta (60) días calendario de la vigencia de la citada ley; adicionalmente, el numeral 43.2 del citado artículo dispone que las referidas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, el cual se publica hasta el 30 de julio de 2021;

Que, el literal b) del artículo 148 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria tiene la función de dirigir y supervisar el proceso de diseño e implementación de mecanismos y herramientas técnicas que fomenten la mejora continua de la calidad de la educación superior universitaria; asimismo, conforme al literal b) del artículo 151 de citado instrumento de gestión, la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene la función de diseñar herramientas técnicas que fomenten la mejora continua de la calidad de la educación superior universitaria y contribuyan a su fortalecimiento;

Que, mediante Oficio Nº 00079-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe Nº 00013-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DIPODA de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, que sustenta y propone la aprobación de la Norma Técnica denominada "Herramienta de incentivos para el logro de resultados en universidades públicas en el marco de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva", con el objetivo de establecer los lineamientos y condiciones para la implementación de dicha herramienta, lo cual permitirá fortalecer el servicio educativo universitario y promover el logro de metas asociadas a los objetivos prioritarios de la referida Política Nacional;

Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, mediante Informe Técnico Nº 00002-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, emite opinión favorable sobre la propuesta de Norma Técnica antes mencionada; verificando que cumple con los cuatro (4) principios básicos que todo esquema de financiamiento basado en el desempeño debe cumplir, constatando que el diseño es adecuado al propósito, ya que todos los elementos tienen como referencia la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva y los objetivos específicos;

Que, la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, mediante Informe Nº 00023-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, emite opinión favorable sobre la citada propuesta; indicando que, en materia de inversión pública, la propuesta se encuentra de conformidad a la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, mediante Informe Nº 00101-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, emite opinión favorable respecto a la propuesta de Norma Técnica denominada "Herramienta de incentivos para el logro de resultados en universidades públicas en el marco de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva", al encontrarse alineada con los objetivos institucionales y estratégicos del Sector, y en virtud a que su implementación será financiada con cargo a los recursos asignados en la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos del Pliego 010: Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público, en el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 43.1 del artículo 43 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Informe Nº 0035-2021-EF/50.05, emite opinión favorable en torno a la propuesta de Norma Técnica denominada "Herramienta de incentivos para el logro de resultados en universidades públicas en el marco de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva, en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 43.1 del artículo 43 de la Ley Nº 31084;

Que, mediante el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, el Titular de la Entidad delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica, durante el Año Fiscal 2021, la facultad de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo 012-2020-MINEDU, que aprueba la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva; y la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU por la que se delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Educación durante el Año Fiscal 2021;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar la Norma Técnica denominada "Herramienta de incentivos para el logro de resultados en universidades públicas en el marco de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva", la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 01/03/2021]






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