Gobierno emite decreto para proveer de internet a población rural de la selva (D. U. N° 014-2021)



Gobierno emite decreto para proveer de internet a población rural de la selva (D. U. N° 014-2021)
SE DICTAN MEDIDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES: El Poder Ejecutivo emitió un decreto de urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes para la contratación de la provisión de conectividad a la población rural y de lugares de preferente interés social en la selva, así como su acceso a servicios públicos de telecomunicaciones, en el marco de la emergencia por el covid-19.

El Decreto de Urgencia N° 014-2021, publicado en el Diario Oficial El Peruano, tiene como objetivo habilitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), a aplicar un procedimiento especial para la contratación de la provisión de conectividad en áreas rurales y de preferente interés social.

La norma autoriza al MTC a aplicar dicho procedimiento especial en las contrataciones de bienes y servicios necesarias para la provisión del servicio de acceso a internet en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Ucayali.

También para la implementación y operación de los centros de acceso digital (CAD) y espacios públicos de acceso digital (EPAD) a escala nacional, desarrollados por el Pronatel en el marco de su competencia y funciones, que tengan como objeto atenuar los efectos de la pandemia causada por el brote del covid-19.

Vigencia

El decreto de urgencia, que tiene vigencia hasta el 1 de junio del 2021, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que realice transferencias financieras que resulten necesarias, con cargo al presupuesto del mismo MTC, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

El Pronatel realiza la selección de las instituciones públicas beneficiarias, las cuales deben carecer del servicio de acceso a internet, y no deben encontrarse dentro de las localidades comprendidas en los compromisos asumidos por los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones a ser ejecutados en los próximos dos años.

El Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud y los gobiernos regionales, dentro de los 20 días calendario de publicado el presente decreto de urgencia, deben informar las instituciones públicas en las cuales se cuenta o se contaría con equipos terminales para el uso del servicio de acceso a internet en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Ucayali.

Las contrataciones que se ejecuten en el marco del presente decreto de urgencia se someten a procedimientos de control gubernamental, con el fin de garantizar un control eficaz sin afectar el dinamismo de la ejecución. El control se lleva a cabo de manera simultánea y está a cargo de la Contraloría General de la República.






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