R. M. Nº 013-2021-MINEDU.- Aprueban el «Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021»



R. M. Nº 013-2021-MINEDU.- Aprueban el «Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban el "Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 013-2021-MINEDU


Lima, 13 de enero de 2021

VISTOS, los documentos contenidos en el Expediente Nº 0142391-2020; el Informe Nº 00029-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Ley, la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida, siendo uno de los factores que interactúan para el logro de la referida calidad educativa la formación inicial y permanente que garantiza idoneidad de los docentes y autoridades educativas;

Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Publica de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos;

Que, la Décima Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, modificada por el Decreto Supremo Nº 008-2018-MINEDU; establece, entre otros aspectos, que los Institutos de Educación Superior Pedagógicos deben solicitar su licenciamiento hasta el 30 de junio de 2021 para su adecuación como Escuelas de Educación Superior Pedagógica; asimismo, señala que la adecuación es el conjunto de acciones que el Instituto de Educación Superior Pedagógico desarrolla para su tránsito a Escuela de Educación Superior Pedagógica cumpliendo con las condiciones básicas de calidad establecidas en la Ley Nº 30512, su Reglamento y las normas que dicte el Ministerio de Educación para tal efecto;

Que, el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestales en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales, para el financiamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas a su cargo, conforme a lo señalado, entre otros, en el literal m) Fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 107: Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria, así como la implementación del Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica; asimismo, el numeral 41.4 del precitado artículo 41 establece que el Ministerio de Educación aprueba, según corresponda, las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de las intervenciones y acciones pedagógicas a que se refiere el numeral 41.1, en un plazo que no exceda de los cuarenta (40) días calendario contados a partir de la vigencia de la citada Ley;

Que, adicionalmente, el "Plan Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016-2023 del Sector Educación", aprobado por Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU, define como Objetivo Estratégico Sectorial 3: "Incrementar las competencias docentes para el efectivo desarrollo de los procesos de enseñanza - aprendizaje", a través de la Acción Estratégica OES3-A3 "Mejorar la calidad de los programas de formación inicial docente para asegurar el egreso de docentes idóneos para la enseñanza de sus estudiantes"; asimismo, el "Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, período 2019-2023", aprobado por Resolución Ministerial Nº 737-2018-MINEDU, define como Objetivo Estratégico Institucional 04: "Fortalecer el desarrollo profesional docente", dentro del cual se define la Acción Estratégica Institucional 6: "Servicio de formación inicial docente de calidad en las Escuelas e Institutos Pedagógicos";

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio Nº 01120-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 01509-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, complementado con el Informe Nº00002-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborados por la Dirección de Formación Inicial Docente, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar el "Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021", cuyo objetivo general es contribuir con la implementación del Modelo de Servicio Educativo para las instituciones de formación docente y de las condiciones básicas de calidad, a fin de coadyuvar a garantizar la calidad de la formación inicial docente;

Que, de la revisión realizada a los documentos contenidos en el expediente, se advierte que el referido Plan cuenta con la opinión del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, de la Unidad de Programación e Inversiones y de la Dirección General de Gestión Descentralizada;

Que, mediante Informe Nº 01711-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable respecto a la aprobación del referido Plan;

Que, asimismo, con Informe Nº 00029-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del "Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021", resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Mejoras para la Gestión Institucional e Infraestructura de las Instituciones de Educación Superior Pedagógica para el año 2021", el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO DAVID CUENCA PAREJA
Ministro de Educación

[El Peruano: 14/01/2021]






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