D. S. N° 013-2021-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021



D. S. N° 013-2021-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021

DECRETO SUPREMO N° 013-2021-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22.3 del artículo 22 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio del Interior, hasta por la suma de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar la implementación de los Centros de Emergencia Mujer, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y el ministro del Interior, a propuesta de este último; asimismo, se establece que dicho decreto supremo debe ser publicado hasta el 31 de enero de 2021 y se precisa que previo a la transferencia, el Ministerio del Interior elabora las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) que deben contemplar el acondicionamiento de los ambientes en las comisarías, focalizadas en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las cuales deben estar registradas en el Banco de Inversiones y aprobadas;

Que, mediante el Oficio N° D000010-2021-MIMP-DM, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 869 650,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior, para financiar la implementación de veintiún (21) Centros de Emergencia Mujer, adjuntando para dicho efecto el Informe N° D000020-2021-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando N° 0027-2021-EF/63.04, que adjunta el Informe N° 0026-2021-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, emite opinión técnica sobre las 21 IOARR que forman parte de la solicitud del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 869 650,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a favor del Ministerio del Interior, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 22.3 del artículo 22 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 869 650,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Interior, para financiar la implementación de veintiún (21) Centros Emergencia Mujer en comisarías focalizadas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables
UNIDAD EJECUTORA 009 : Programa Nacional contra la
Violencia Familiar y Sexual
(PNCVFS)
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0080 : Lucha contra la violencia familiar
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 9 869 650,00
===========
TOTAL EGRESOS 9 869 650,00
===========
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 007 : Ministerio del Interior
UNIDAD EJECUTORA 032 : Oficina General de Infraestructura
CATEGORIA PRESUPUESTARIA 0080 : Lucha contra la violencia familiar
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 9 869 650,00
===========
TOTAL EGRESOS 9 869 650,00
===========

1.2 Las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) habilitadas en el numeral 1.1, se detallan en el Anexo "Listado de Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) para el acondicionamiento de los ambientes en las comisarías focalizadas para la implementación de los Centros de Emergencia Mujer", el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo y es publicado en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios cuyos/as titulares lo refrendan, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1.
El Titular del Pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión de Información

4.1
El Ministerio del Interior, a través de su Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, remite al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables un informe trimestral respecto a la ejecución y gestión de los recursos trasferidos mediante el presente Decreto Supremo.

4.2 El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través de su Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, remite información semestral a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas respecto a la implementación de Centros Emergencia Mujer en comisarías focalizadas.

Artículo 5. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veintiuno.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República

WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas

JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO
Ministro del Interior

SILVIA LOLI ESPINOZA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

[El Peruano: 30/01/2021]






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