R. M. N° 343-2020-EF/41.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas, en lo concerniente a la eliminación y/o retiro del procedimiento administrativo N° 2 «Envío de solicitudes y documentos a la ONP del régimen pensionario Decreto Ley N° 20530»



R. M. N° 343-2020-EF/41.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas, en lo concerniente a la eliminación y/o retiro del procedimiento administrativo N° 2 «Envío de solicitudes y documentos a la ONP del régimen pensionario Decreto Ley N° 20530»
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas, en lo concerniente a la eliminación y/o retiro del procedimiento administrativo N° 2 "Envío de solicitudes y documentos a la ONP del régimen pensionario Decreto Ley N° 20530"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2020-EF/41


Lima, 7 de diciembre del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 305-2012-EF, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el mismo que ha sido modificado por el Decreto Supremo N° 190-2016-EF y las Resoluciones Ministeriales N° 256-2013-EF/41; N° 194-2014-EF/43; N° 254-2014-EF/41; N° 324- 2014-EF/41; N° 389-2016-EF/41; N° 280-2017-EF/41; y N° 484-2017-EF/41;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 049-2017-JEFATURA/ONP, modificada por la Resolución Jefatural N° 068-2017-JEFATURA/ONP, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) establece disposiciones referidas a solicitudes derivadas de los derechos pensionarios del régimen del Decreto Ley N° 20530; siendo que en el artículo Sétimo de la citada Resolución Jefatural se establece que las entidades que cuenten con personal activo y cesante del régimen del Decreto Ley N° 20530 y cuyas pensiones sean financiadas con recursos del Tesoro Público, deben trasladar a sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos únicamente aquellos requisitos señalados en el Anexo I de la Resolución Jefatural N° 068-2017-JEFATURA/ONP;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 107-2019-JEFATURA/ONP la Oficina de Normalización Previsional (ONP), actualiza las disposiciones referentes a las solicitudes derivadas de los derechos pensionarios del régimen del Decreto Ley N° 20530, cuyo reconocimiento, declaración y calificación corresponde a la ONP;

Que, el artículo Sexto de la citada Resolución Jefatural establece que las entidades, deben remitir a la ONP la documentación detallada en el Anexo I, adjuntando el Informe Técnico conforme al Anexo II, y el Formato de Solicitud conforme al Anexo III, según corresponda; asimismo, se dejan sin efecto las Resoluciones Jefaturales N° 049 y 068-2017-JEFATURA/ONP, que dictaron disposiciones referentes a solicitudes derivadas de los derechos pensionarios del régimen del Decreto Ley N° 20530;

Que, de acuerdo con el literal g) del artículo 51 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MEF, aprobado con Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene entre sus funciones formular, evaluar y actualizar los documentos de gestión institucional del Ministerio;

Que, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con representantes de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el marco de las disposiciones legales vigentes, han evaluado y definido en consenso que el procedimiento "Envío de solicitudes y documentos a la ONP del régimen Pensionario Decreto Ley N° 20530", por su naturaleza, resulta injustificado e innecesario y no constituye un procedimiento administrativo, por lo que corresponde eliminarse del TUPA del MEF;

Que, el numeral 44.5 del artículo 44 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que toda modificación del TUPA, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitación o requisitos, debe realizarse por Resolución Ministerial del sector;

Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el TUPA del MEF, aprobado con Decreto Supremo N° 305-2012-EF, en lo concerniente al retiro y/o eliminación del procedimiento administrativo N° 2 "Envío de solicitudes y documentos a la ONP del régimen Pensionario Decreto Ley N° 20530"; y,

De conformidad con el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; y, la Resolución Jefatural N° 107-2019-JEFATURA/ONP, que aprueba disposiciones referidas a solicitudes derivadas de derechos pensionarios del régimen del Decreto Ley N° 20530, cuyo reconocimiento, declaración y calificación corresponde a la ONP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo N° 305-2012-EF, en lo concerniente a la eliminación y/o retiro del procedimiento administrativo N° 2 "Envío de solicitudes y documentos a la ONP del régimen pensionario Decreto Ley N° 20530";

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas

[El Peruano: 08/12/2020]






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