R. M. N° 000305-2020-DM/MC.- Modifican el artículo 8 de la R.M. N° 100-2020-MC



R. M. N° 000305-2020-DM/MC.- Modifican el artículo 8 de la R.M. N° 100-2020-MC
MINISTERIO DE CULTURA

Modifican el artículo 8 de la R.M. N° 100-2020-MC

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000305-2020-DM/MC


San Borja, 4 de diciembre del 2020

VISTOS; el Oficio N° 000019-2020-PEB-DE de la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; el Informe N° 000686-2020-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas del Estado;

Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, mediante el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 100-2020-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 000273-2020-DM/MC, se delega en los jefes y/o responsables del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque, Proyectos Especial Zona Arqueológica Caral, Proyecto Especial Marcahuamachuco, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y la Dirección Desconcentrada de Cultura de la Libertad, la facultad de suscribir convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, en el marco de sus competencias, previa autorización del Despacho Viceministerial que corresponda;

Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2018-MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y, para ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, con el Oficio N° 000019-2020-PEB-DE, la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú comunica que constituye un asunto prioritario que surge a consecuencia del cambio de adscripción del precitado Proyecto Especial, de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Cultura, efectuado a través del Decreto Supremo N° 016-2020-MC; que se le delegue la facultad de suscribir acuerdos, convenios de colaboración interinstitucional, cooperación y otros documentos afines, conforme a la normativa vigente, con organismos nacionales e internacionales, entidades públicas o privadas, así como con personas naturales, para la ejecución de actividades y proyectos culturales y académicos considerados en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; a efectos de garantizar la continuidad de sus actividades;

Que, en ese sentido, se estima pertinente modificar la Resolución Ministerial Nº 100-2020-MC;

Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Modificar el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 100-2020-MC, quedando redactado de la siguiente manera:

"Artículo 8.- Delegar en los jefes y/o responsables del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque, Proyectos Especial Zona Arqueológica Caral, Proyecto Especial Marcahuamachuco, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y la Dirección Desconcentrada de Cultura de la Libertad, la facultad de suscribir convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, en el marco de sus competencias, previa autorización del Despacho Viceministerial que corresponda; y, delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, la facultad de suscribir acuerdos, convenios de colaboración interinstitucional, cooperación y otros documentos afines, así como sus respectivas adendas, conforme a la normativa vigente, con organismos nacionales e internacionales, entidades públicas o privadas, así como con personas naturales, para la ejecución de actividades y proyectos culturales y académicos considerados en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú".

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a el/la Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, a quien se le ha delegado facultades.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ
Ministro de Cultura

[El Peruano: 09/12/2020]






¿QUIERES UNIRTE AL CANAL DE WHATSAPP Y RECIBIR NOTICIAS ACTUALIZADAS?
https://whatsapp.com/channel/educacionenred


Recibe directamente las noticias ingresando tu correo:

Con tecnología de Blogger.