R. M. N° 146-2020-MINAM.- Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19, conforme a lo dispuesto en el D. U. N° 063- 2020, correspondiente al mes de junio de 2020



R. M. N° 146-2020-MINAM.- Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19, conforme a lo dispuesto en el D. U. N° 063- 2020, correspondiente al mes de junio de 2020

MINISTERIO DEL AMBIENTE

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19, confome a lo dispuesto en el D.U. N° 063-2020, correspondiente al mes de junio de 2020

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 146-2020-MINAM


Lima, 30 de julio de 2020

VISTOS; el Memorando Nº 00615-2020-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00215-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 00265-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial Nº 406-2019-MINAM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, por toda fuente de financiamiento;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, se establece la reducción temporal, por un periodo de tres (03) meses, de la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de diversos funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, que sea igual o mayor a S/ 15 000,00 (Quince Mil y 00/100 soles). Los ahorros derivados de dicha reducción que se efectuará durante los meses de junio, julio y agosto de 2020, de acuerdo con determinadas reglas, contribuirán con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la acotada norma, autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a realizar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19. Asimismo, el numeral 6.4 del citado artículo, señala que para efectos del financiamiento de lo establecido en el numeral 6.1, autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo, a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los referidos servidores y funcionarios públicos. Dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 063-2020, amplia el alcance de la norma, estableciendo además la autorización del descuento voluntario expresamente solicitado y autorizado por los funcionarios y servidores públicos de las entidades del poder ejecutivo, para los mismos fines;

Que, en ese marco, a través del Memorando N° 00677-2020-MINAM/SG/OGRH y del Informe N° 00476-2020-MINAM/SG/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos informa sobre el importe de los descuentos efectuados en la planilla de funcionarios públicos pertenecientes a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en la planilla de servidores pertenecientes al Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General, realizado a los servidores comprendidos en el Decreto de Urgencia N° 063-2020, por el importe de S/ 31,420,00 (Treinta y Un Mil Cuatrocientos Veinte y 00/100 Soles), correspondientes al mes de junio de 2020;

Que, a su vez, mediante el Memorando N° 00268-2020-MINAM/VMDERN/PNCB, la Coordinadora Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 002: Conservación de Bosques, responsable del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático (PNCB), informa que el importe de los descuentos realizados en el mes de junio al personal CAS comprendido en el Decreto de Urgencia N° 063-2020, asciende a la suma de S/ 3,000,00 (Tres Mil y 00/100 Soles);

Que, con Memorando N° 00615-2020-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe N° 00215-2020-MINAM/SG/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y programación Multianual de Inversiones, mediante el cual se señala que se cuenta con los créditos presupuestarios disponibles para autorizar la transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en atención a las Certificaciones de Créditos Presupuestarios N° 478 y N° 397 por los importes de S/ 31 420,00 (Treinta y Un Mil Cuatrocientos Veinte y 00/100 Soles) y S/ 3,000,00 (Tres Mil y 00/100 Soles), emitidas por la Oficina General de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General y por el Área de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002: Conservación de Bosques, respectivamente; por lo que emite opinión favorable para efectuar la transferencia financiera a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 063-2020, por los importes en mención, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de las correspondientes unidades ejecutoras del Ministerio del Ambiente;

Que, con Informe N° 00265-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable autorizar una transferencia financiera al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por el importe total de S/ 34 420,00 (Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Veinte y 00/100 Soles), proveniente de la reducción de ingresos a los funcionarios y a los servidores comprendidos en el Decreto de Urgencia N° 063-2020, correspondiente al mes de junio de 2020, dando cumplimiento a lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6 de la citada norma;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto de Urgencia N° 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Autorizar la Transferencia Financiera de del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, en la fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios hasta por la suma total de S/ 34 420,00 (Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Veinte y 00/100 Soles), a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinados a financiar lo dispuesto en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 063-2020, correspondiente al mes de junio de 2020, de acuerdo al detalle del anexo que forma parte de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Administración de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General y el Área de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora 002: Conservación de Bosques, efectúen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial.

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Copia de la presente resolución ministerial se remite al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Kirla Echegaray Alfaro
Ministra del Ambiente

ANEXO

FINANCIAMIENTO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL PLIEGO 005 MINISTERIO DEL AMBIENTE A FAVOR DEL PLIEGO 006: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


[DESCARGAR ANEXO]


[El Peruano: 01/08/2020]





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