R. M. N° 0528-2020-MTC/01.02.- Aprueban relación de Municipalidades Provinciales que realizan la entrega de escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial, así como la cantidad de escudos faciales que serán distribuidos



R. M. N° 0528-2020-MTC/01.02.- Aprueban relación de Municipalidades Provinciales que realizan la entrega de escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial, así como la cantidad de escudos faciales que serán distribuidos

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Aprueban relación de Municipalidades Provinciales que realizan la entrega de escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial, así como la cantidad de escudos faciales que serán distribuidos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0528-2020-MTC/01.02


Lima, 28 de agosto de 2020

VISTOS: El Memorando N° 960-2020-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; y, el Memorando Nº 081-2020-MTC/30 del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de servicios de transporte de alcance nacional e internacional; y, de manera compartida con los gobiernos regionales y locales, en servicios de transporte de alcance regional y local, circulación y tránsito terrestre;

Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, y modificatorias, dispone que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (en adelante, MTC), es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, siendo competente para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, prorrogado por Decreto Supremo N° 020-2020-SA, se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional hasta el 8 de setiembre de 2020 por la existencia del COVID-19; prorrogándose dicho plazo por noventa (90) días calendario, conforme a lo dispuesto por Decreto Supremo N° 027-2020-SA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, se declara el Estado de Emergencia Nacional y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, habiéndose prorrogado dicho plazo por los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM, N° 094-2020-PCM, N° 116-2020-PCM, N° 135-2020-PCM y N° 146-2020-PCM hasta el miércoles 30 de setiembre de 2020;

Que, no obstante, a través de los Decreto Supremos N° 080-2020-PCM, 101-2020-PCM y N° 117-2020-PCM, se aprueba, respectivamente, la Fase 1, Fase 2 y Fase 3 de la Reanudación de Actividades; incluyéndose dentro de esta última fase a las actividades relacionadas con los servicios de transporte terrestre de personas en los ámbitos nacional, regional y provincial;

Que, de conformidad con ello, a fin de reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria en este contexto de reanudación de actividades económicas y reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el COVID-19 en el territorio nacional, mediante Decreto de Urgencia N° 094-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para la adquisición y entrega de escudos faciales a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se autoriza, excepcionalmente, al MTC, a efectuar las contrataciones para la adquisición de escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) de uso comunitario para ser entregados a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial por las Municipalidades Provinciales determinadas por el MTC y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU);

Que, el artículo 4 del citado Decreto de Urgencia N° 094-2020 señala que el MTC, en coordinación con la ATU y el Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible - PROMOVILIDAD, según corresponda, mediante Resolución Ministerial, establece las disposiciones complementarias necesarias para la implementación de la entrega de los escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial en la provincia de Lima, en la Provincia Constitucional del Callao y en el ámbito territorial de las Municipalidades Provinciales determinadas por el MTC, según corresponda, y las disposiciones para el registro de la información de las personas a las que se les entrega los indicados escudos faciales;

Que, en esa línea, mediante Resolución Ministerial Nº 0498-2020-MTC/01.02 de fecha 22 de agosto de 2020, el MTC aprueba el "Procedimiento operativo para la distribución y entrega de los escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales)" a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial;

Que, por su parte, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 094-2020, establece que en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, el MTC determina mediante Resolución Ministerial las Municipalidades Provinciales que realizan la distribución de los escudos faciales así como la cantidad de escudos faciales a ser entregados, para lo cual todas las Municipalidades Provinciales, salvo la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial del Callao, remiten al MTC, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma, la información de los registros de los vehículos habilitados para la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial en sus respectivos ámbitos territoriales y/o demanda de viajes y/o la información estadística del servicio de transporte terrestre regular de personas;

Que, bajo ese marco, mediante Memorándum N° 960-2020-MTC/18, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal hace suyo lo expresado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial en el Informe N° 694-2020-MTC/18.01, a través del cual se sustenta y propone la Resolución Ministerial que determina las Municipalidades Provinciales que se encargarán de realizar la entrega de los escudos faciales en el ámbito territorial de competencia, así como la cantidad de escudos faciales; teniéndose en cuenta, para tal propuesta, lo señalado en el Informe N° 33-2020-MTC/30.DFPM del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible;

Que, consecuentemente, a fin de cumplir con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 094-2020, corresponde expedir la Resolución Ministerial en la que se determine las Municipalidades Provinciales y la cantidad de escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) que serán entregados a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto de Urgencia N° 094-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para la adquisición y entrega de escudos faciales a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; y, el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 959-2019 MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 094-2020, la relación de Municipalidades Provinciales que realizan la entrega de escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial, así como la cantidad de escudos faciales que serán distribuidos a las referidas Municipalidades Provinciales, de acuerdo al detalle previsto en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ESTREMADOYRO MORY
Ministro de Transportes y Comunicaciones

Anexo

[DESCARGAR ANEXO]


[El Peruano: 29/08/2020]





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